Ley Nº 568-05. Ley que Eleva la Comunidad Doña Emma Balaguer Vda. Vallejo y la Seccion las Clavellinas, Pertenecientes Al Municipio de Azua, a la Categoria de Distritos Municipales.

Fecha de disposición30 Diciembre 2005
Número de registro3339976
Fecha de publicación01 Enero 2005
Número de Ley568-05
Número de Gaceta10351
COLECCION DE LEYES, DECRETOS
&.-1884
95
Num. 2249.-RESOLUCION del
C.
N.
concediendo
a1
ciudadano
Federico Lithgow la autorizaci6n para establxer una
fa-
brica de jabdn en el Cibao.
__
___
-
-
__
___~.
*
Dios, Patria
y
Libertad.-Rapublica
Dominicans.-El
Con-
greso Nacional, en nombre de la Republica.
Por cuanto el ciudadano Federico Lithgow, en instancia
dirigida
a1
Ministro de
lo
Interior, pide
la
concesih de
una
fabrica de jabdn por veinte afios;
y
considerando que esta
in-
Aiistria
llevada
5
la practica seria de utilidad pGblica, prochi
ciendo la baratez de un artimlo de gran cor~sumo
por
la
clast.
pobre,
RESUELVE
:
Conceder autorizaci6n, por t6rmino de veinte afios, contados
desde el dia diez de Junio del presente aiio, a1 ciudadano Fede-
rico Lithgow, para que por
si
6
quienes le representen, pueda
establecer una fhbrica de jab6n en las provincias del Cibao con
las siguientes clausulas
:
1:'
Serhn libres de todo derecho.-l* las materias primas
siguientes
:
sebo, pezrubia, soda cbustlca
y
sal soda.-Z', Las pai-
las, fondos, cubillas, cajones
6
envases desarmados para el jabdn
y
demh utiles necesarios para fundar
6
sostener dicho estable-
cimiento durante el tkrmino de
la
concesih.
2.1
El
derecho de traspasar parte
6
el todo de esta concesi6n
con anuencia del Gobierno.
3
Exenci6n del servicio militar
5
10s operarios ocupados
en la fabrica, except0 en
10s
casos de guerra interior
6
exterior.
4" Si un aiio despuks de la fecha de esta concesi6n no hu-
bieren principiado
10s
trabajos de esta fbbrica, la presente
serj
nula, de ningun valor ni efecto.
Dada
en
la sala
de
sesiones en Santo Domingo, Capital de
la
Republica, el dia
11
del
mes
de Junio de
1883,
aiio
41
de
!a
Independencia
y
21 de la Restauracih.-El Presidente,
A.
Deet-
jen.-Los Secretarios
:
J.
Santiago de Castro, Federico Perdomo.
E
jecutese, comuniqaese por
la
Secretaria correspondiente,
pub!icandcse en todo el territorio de
12
Republica para su cum-
plimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de
la Republica,
a
10s
27 dias del mes de Junio de
1884,
aiio 41 de
I

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