Ley Nº 5772. Ley que Condona el Pago de las Obligaciones por Concepto de Cotizaciones de Seguros, Adeudadas Hasta el 31 de Diciembre de 1961

Fecha de disposición31 Diciembre 1961
Número de Ley5772
Fecha de publicación01 Enero 1961
Número de registro3323055
Número de Gaceta8637
-1
082-
JOAQUIN
BALAGUER
Preeidente de
la
Republica Dorninicana
Eh
ejrrcicio de
€a
atribuci6n que me confiere
el
articulo
5
I
incjso
29,
de la Constitucih de la Republica;
PROMULGO
la
presente Ley,
y
mando que sea publicada
CL
la Gaceta Oficial para
su
conocimiento
y
cumplimiento.
DADA en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de
la
R:
Iublica Dominicana,
a
10s
treintiim dias del mes de diciem-
I
del mil novecientos sesenta
y
uno, afios
1180
de la InCe-
jepcia
y
990
#de
la Restauracihn.
JOAQUIN
BA1,AGUER
Ley
N'?
5772, que condona
el
pago de
las
obligaciones
por concept0
de
rotizpciones
de
seguros, adeudadas
hasta
el
31
de diriembre de 1961.
(G.
0.
NP
8637, del
11
de Enero de 1962)
EL
CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Repfiblica
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
NUMERU
5772
Art.
1.-Se
condona
el
pago de todas las obligacio'nes que.
por
cqncepto de cotizaciones del Seguro Social, adeuden
10s
pa-
tronoq
&.e
empresas agricolas
y
pecuarias hasta el
31
de diciem-
hie
de
1961.
Art.
2.-&
excepthan
de
dicha condonaci6n las empresas
ay
;colas
y
pecuarias que realicen actividades industriales rela-
civnadas con el product0 de sus cultivos, asi como aquellas que
EE
encuentran
o
que puedan encontrarse bajo el control de la

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