Ley Nº 622. Liquidacion de las Deudas por los Consejos Provinciales

Número de registro3269519
Fecha de publicación01 Enero 1927
Fecha de disposición08 Abril 1927
Número de Ley622
Número de Gaceta3848
1
-27-
GOBIERNO
MILITAR
DE
SANTO
DOMING0
.
Orden
Ejecutiva
.No.
5%
G.
0.
No.
3193.
Ejercicia
$e
Debcr
2;
dn:-a;..tc
Vncaciones
.
TWBUNAL
DG
%IERRAS
.
En
virtud de
10s
poderes
de
que esta investido
el
Gobierno
Militar
de
Santo Domingo,,
se
promulga
la
siguiente
Orden;
Articulo
1.
Con arreglo a lo dispuesto en el parrzfo 30.
del
Articulo
20.
de
la
“Ley de Ilegistro de Tisrras’, se
designa
a1
Xagistrado
31.
de
J.
Tronmo
.de
la Concha para
permanecer
en
el
ejercicio de
SUY
deberes
durante
las vacaciones
del
co-
rriente
aiio.
TIIONAS
SNOWDEN,
Estados Unidos .
Contra-Almirante, Aimada de
10s
Gobernador
Militar de
Santo
Domingo.
Santo Domnigo,
R.
D.,
3
de
Febrero
de
1921.
GOBIERi\TO
MILITAR
DE
SAXTO
DOMIKG0
Orden
Ejecutiva
No.
599.
G.
0.
No.
3194.
Asunto:
Enniienda
a
la
Ley
de
?resupuesto para el aAo.1921.
En
virtud de
10s
pdwes
de
quc
se
halla investido
e!
Gobier-
no
Militar
de
Santo
Domicgo,
se
dicta
y
promulga la siguier?te
Orden Ejecutiva ennid.ando
la
Ley
de
Presupuesto para
el
aiio
1921.
CAPITULO
m.
Poder
E
jecutivo
Articulo
304.
$13,800.00.
$150,540.00.
El total
del
Articdo
304
yueda
cambiado
y
debe
lcersc
El total
del
Capitulo
111
queda
cambiadn
y
deLe
leerse

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