Ley Nº 630-16. Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior.

Número de Ley630-16
Número de registro3379471
Fecha de disposición28 Julio 2016
Fecha de publicación01 Agosto 2016
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
Número de Gaceta10853
-3-
_________________________________________________________________________
Ley Orgánica No. 630-16, del 28 de julio de 2016, del Ministerio de Relaciones
Exteriores y del Servicio Exterior. G. O. No. 10853 del 1ro. de agosto de 2016.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 630-16
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el ejercicio de las relaciones exteriores del Estado
exige la definición de los principios en que se sustenta el fortalecimiento de su marco
institucional y el establecimiento de los lineamientos que permitan una actuación coherente
y sostenida en la defensa activa y eficiente de su soberanía e intereses nacionales.
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que los procesos de globalización e integración han
provocado una transformación de las prioridades y de los métodos con que la diplomacia
mundial ha venido operando durante las últimas décadas obligando al país a realizar sus
propias adecuaciones y a fortalecer su capacidad de coordinación y negociación, y a
coadyuvar en el incremento de sus competencias para la identificación del procesamiento y
el análisis de información confiable, útil y oportuna.
CONSIDERANDO TERCERO: Que en los asuntos internacionales el Ministerio de
Relaciones Exteriores está llamado a establecer la coordinación con otras instituciones del
Estado y la sociedad, en interés de ejecutar una política exterior integrada a los propósitos
nacionales.
CONSIDERANDO CUARTO: Que para lograr y sostener los objetivos nacionales en
materia de política exterior es necesario disponer de recursos humanos técnica y
profesionalmente competentes, motivados y comprometidos, por lo que es indispensable su
supervisión y actualización, así como dotarlos de la estabilidad y las garantías adecuadas
que proporcionan los regímenes de la carrera diplomática.
CONSIDERANDO QUINTO: Que el crecimiento e importancia de la comunidad
dominicana en el exterior y sus intereses, así como la necesidad de ampliar y fortalecer los
mecanismos de protección y asistencia que estos demandan, son elementos relevantes a ser
tomados en cuenta en el nuevo marco legal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
CONSIDERANDO SEXTO: Que ha sido importante la experiencia acumulada durante la
vigencia de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores No.314,
del 6 de julio de 1964, que instituyó la Carrera Diplomática y Consular, así como el
funcionamiento de la Escuela Diplomática y Consular.
-4-
_________________________________________________________________________
CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que la Ley No.1-12, del 25 de enero de 2012, que
establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, consagra dentro de sus líneas de
acción el diseño y puesta en funcionamiento de instancias de coordinación interinstitucional
para elevar la efectividad de las iniciativas en materia de relaciones exteriores que
contempla la misma.
VISTA: La Ley No.314, del 6 de julio de 1964, Ley Orgánica de la Secretaría de Estado de
Relaciones Exteriores, y sus modificaciones.
VISTA: La Ley No.41-08, del 16 de enero de 2008, de Función Pública y crea la Secretaría
de Estado de Administración Pública.
VISTA: La Ley No.1-12, de fecha 25 de enero de 2012, que establece la Estrategia
Nacional de Desarrollo 2030.
VISTA: La Ley Orgánica de la Administración Pública, No.247-12, del 09 de agosto de
2012.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
CAPÍTULO I
DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES
Y LA POLÍTICA EXTERIOR
Artículo 1.- Relaciones Internacionales del Estado. Las relaciones internacionales del
Estado constituyen una manifestación del ejercicio pleno de su soberanía, sustentando su
desarrollo integral como Nación en función del interés nacional.
SECCIÓN I
DE LOS PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
Artículo 2.- Principios rectores. Las relaciones internacionales del Estado se fundamentan
en la defensa, el respeto y el ejercicio de los principios:
1) Soberanía e igualdad entre los Estados, no intervención, respeto a la
autodeterminación de los pueblos, paz y justicia social, y democracia y Estado de
Derecho.
2) Defensa, promoción y protección de los intereses nacionales.
-5-
_________________________________________________________________________
3) Cumplimiento de los tratados y acuerdos internacionales.
4) Solidaridad internacional y cooperación bilateral y multilateral.
5) Derechos humanos, políticos, sociales, económicos, culturales y ambientales.
6) Derecho al desarrollo humano.
7) El diálogo, la negociación y demás mecanismos para la solución pacífica de conflictos
y el mantenimiento del clima de paz mundial, contemplados en el Artículo 33 de la
Carta de la Organización de las Naciones Unidas.
Artículo 3.- Objetivos. Los objetivos de la política exterior del Estado, sin que sean
limitativos, son los siguientes:
1) Defender la soberanía, la integridad territorial, la nacionalidad, la identidad nacional,
el patrimonio histórico, científico, cultural, natural, social y económico de la
República en el ámbito internacional.
2) Proteger los intereses nacionales y asistir a los dominicanos y dominicanas en el
exterior en la defensa de sus derechos fundamentales y adquiridos.
3) Apoyar los esfuerzos de la comunidad internacional en la promoción de la vigencia de
los derechos humanos, en el marco de un clima de bienestar social, equidad y respeto
a la dignidad, que conduzcan al fortalecimiento de la democracia y a la consolidación
del estado de derecho en favor de las sociedades nacionales.
4) Promover la aplicación de las normas del derecho internacional.
5) Defender y ejercer el derecho de participación en los organismos, foros y eventos
internacionales, así como en la elaboración de los instrumentos jurídicos y de otros
mecanismos que, en conjunto, constituyan los medios para la consecución de los
propósitos de cooperación e intercambio en un ambiente de equidad, dignidad y
respeto.
6) Impulsar la cooperación y la solidaridad internacionales como principios para el logro
de los objetivos de desarrollo, paz y seguridad.
7) Promover el desarrollo sostenible de la Nación, mediante el fortalecimiento de las
relaciones internacionales, con una visión de Nación de largo plazo.
8) Propiciar medidas para la defensa y el manejo racional de los recursos naturales y del
medio ambiente, en consonancia con los intereses nacionales y de la comunidad
internacional.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR