Ley Nº 81-05. Ley que Concede Sendas Pensiones del Estado por la Suma de Rd$8,000.00 Mensuales, Cada Una, a los Señores Altagracia Jimenez Gonzalez, Dimas Suarez y Amparo Perez.

Número de Ley81-05
Fecha de publicación01 Enero 2005
Número de registro3345423
Fecha de disposición23 Febrero 2005
Número de Gaceta10311
-23-
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para
su
conocimiento y cumplimiento.
DADA
en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintitres (23) dias del mes de febrero del aiio
dos mil cinco (2005); aiios 161 de la Independencia y 142 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Ley No.
81-05
que concede sendas pensiones del Estado por la suma de RD$8,000.00
mensuales, cada una, a 10s senores Altagracia Jimknez Gonzalez, Dimas Suarez y
Amparo Pkrez.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No.
81-05
CONSIDERANDO:
Que 10s seiiores Altagracia Jimenez Gonzalez,
Dimas Suarez y Amparo Perez han laborado en la adrninistracion publica por mas de 40
aiios.
CONSIDERANDO:
Que dichos seiiores han sido pensionadas con la
suma de mil seiscientos pesos (RD$1,600.00) mensualmente para cada uno, despues de
haberle dado
sus
mejores aiios de servicio a1 Estado Dominicano.
CONSIDERANDO:
Que 10s seiiores Jimenez Gonzalez, Suarez y Perez
no disponen de 10s recursos necesarios para cubrir
sus
necesidades basicas, ya que la
pension que reciben cada uno de ellos les resulta insuficiente.
VISTO
el Articulo 10 de la Ley No. 379, del 11 de diciembre de 1981,
sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

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