Tesis Jurisprudencial de 18 de Marzo de 1977 sobre MATERIA SUMARIA.

Fecha de Resolución18 de Marzo de 1977

MATERIA SUMARIA.-"El demandado puede constituir abogado inmediatamente despúes de recibir la demanda y perseguir la audiencia cuando no sea obligatoria la notificación de defensexistencia de dos clases de matrimonio: el Civil y Canónico; atribuye a ambos matrimonios los mismos efectos jurídicos, y después de conferir a los contrayentes un derecho de opción, consagra textualmente que "el hecho de haber celebrado el matrimonio civilmente no obsta para que los mismos contrayentes puedan celebrarlo también religiosamente"; que, además, el artículo 3, inciso 3, letra c), de la citada ley, admite esa posibilidad al expresar que "cuando el matrimonio civil haya precedido al matrimonio canónico, el párroco queda siempre obligado a enviar copia textual del acta matrimonial al Oficial del Estado Civil para qUe sea transcrita en los registros del Estado Civil"; que la transcripción de dicha acta es una formalidad sustancial que no puede ser sustituida por una simple anotación al margen de la inscripción del acta del matrimonio civil correspondiente; Por tales motivos, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, después de haber deliberado,.... RESUELVE: Primero: DECLARAR que las leyesesión de estado de esposos legítimos; d) que los hijos hayan tenido la posesión de estado de hijos legítimos y e) que la posesión de estado de...

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