Medios de comunicación, medidas de prevención, sación en del código de menor

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"Medios de comunicación, medidas de prevención, sación en del código de menor"

María Hernánedez.

Parece que será con el devenir de los años que nos daremos cuenta de la transcendencia de ias normas contenidas en el Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, conocido como Código del Menor.

El mayor obstáculo que esta nueva legislación ha encontrado es la inexistencia, cuatro años después de su promulgación, de tribunales encargados de interpretar y aplicar su contenido, lo que equivale a decir, convertirlo en derecho vivo y en desarrollo.

Las obligaciones surgidas del código

Son múltiples las obligaciones que para la sociedad, la familia y la comunidad surgen del código, a los fines de brindarle la protección adecuada a los niños, niñas y adolescentes.

Particularmente resulta significativa la disposición de tipo general que considera como un deber del Estado garantizar la protección a los niños, niñas y adolescentes de los derechos relativos a la vida, la salud, la alimentación, el deporte, la recreación, la cultura, el respeto de su dignidad y de su libertad y a la convivencia familiar y comunitaria.

El código exige del Estado garantizar el cumplimiento de estos derechos con "absoluta prioridad y efectividad", para lo cual deberá:

- Considerar a los menores de edad como objetivo prioritario en la formulación y ejecución de las políticas sociales efectivas.

- Destinar de manera preferencial los recursos públicos a los planes y programas relacionados con la familia y la juventud.

- Darle preferencia para recibir atención en los servicios públicos o privados.

- Darle preferencia a los menores de edad para recibir protección y socorro en todas las circunstancias.

Las medidas de prevención

El marco anterior nos posibilita comprender la importancia que a los fines de los objetivos del Código del Menor tienen las medidas de prevención contenidas en él.

El criterio general del Código es que constituye un deber del Estado asegurar la prevención de situaciones que propicien la violación de los derechos, de que son depositarios los menores de edad.

Organiza en su articulado una serie de obligaciones para los poderes públicos y para los medios de comunicación, con cuyo cumplimiento se busca proteger a los menores de edad de actividades que resulten inadecuadas para su edad ylo madurez. Comprende medidas de prevención para los espectáculos públicos, los medios de comunicación, publicaciones escritas, la divulgación de propaganda, los...

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