La minima regulacion en el sector telecomunicaciones

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"La mínima regulación en el sector telecomunicaciones"

Pedro M. Ramírez y Brenda Villanueva

Numerosas son las definiciones que pueden encontrarse respecto de lo que es la regulación. Desde el punto de vista económico, la regulación se aprecia como el uso de restricciones que imponen los estados para incentivar o monitorear las decisiones de los agentes de mercados que no son perfectamente competitivos, es decir, en donde se producen las denominadas " fallas del mercado".

El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), en una de las resoluciones de su Consejo Directivo, acogió una definición bastante cercana a la esbozada, en virtud de la cual regulación es el "conjunto de instrumentos adoptados por los gobierno xs para establecer requerimientos sobre la libre actividad de las empresas y los ciudadanos". Agrega INDOTEL que las facultades de regulación de un determinado mercado no son sólo aquellas asociadas al dictado de normas, sino también la supervisión de su correcta implementación, el adecuado comportamiento de sus actores y el equilibrio de los intereses de las partes involucradas en el proceso1.

Esta definición es consecuente con los objetivos principales de la regulación conforme la doctrina: la protección del consumidor, de la inversión privada y el incentivo de la eficiencia económica en el sector. Estos objetivos surgen como lógica consecuencia del reconocimiento de la existencia de las fallas en los mercados, lo que motiva la búsqueda de una competencia efectiva.

Durante las últimas dos décadas, en las cuáles se produjeron la mayoría de procesos de liberalización de las telecomunicaciones en el mundo, existió un consenso casi general respecto de la imperiosa necesidad de que dichos procesos vinieran acompañados de la creación de organismos especializados que procedieran a regular los diversos procesos de desmonopolización, exclusividad o concurrencias limitadas, y finalmente las aperturas de mercados a la competencia.

La regulación aparece como la respuesta a las fallas o disfunciones del mercado y "son éstas las que constituyen las bases de su legitimidad y razonabilidad, teniendo en cuenta el interés público comprometido en la ejecución del contrato, en este caso la prestación del servicio.,,2 Si bien es cierto el consenso es casi unánime respecto de la necesidad de la regulación en los procesos de liberación y los inmediatos a la misma, diversos son los criterios y probablemente no mucho lo que se ha acordado, con respecto a la evolución que deben seguir los marcos regulatorios conforme el mercado va desarrollando su propia vida y los actores comienzan a interactuar de forma natural.

Ciertamente, esta no es una tarea simple y los tratadistas no escapan a dicha complejidad. Así, se puntualiza que "En las últimas dos décadas, quienes han estado a cargo de la elaboración de la normativa generalmente han intervenido en situaciones de regulación de monopolios estatales o privados y, por consiguiente, tuvieron un sesgo más acorde con las teorías tradicionales de regulación de servicios públicos monopólicos. Además, la propia teoría económica estaba pensada, principalmente, para el tratamiento de situaciones de monopolio natural y daba poca relevancia a las de regulación más laxa; y finalmente, las teorías económicas y del derecho aplicables a la defensa de la competencia o antitrust, no eran reconocidas por entonces como elementos de juicio en la práctica regulatoria.

Los últimos diez años nos permiten ver que el aumento de la presión competitiva, la remoción de...

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