“Neyba: de la acción libertaria a la constitucionalidad”

Páginas723-750
AutorMag. Wilson Gómez Ramírez
BAHORUCO
“Neyba: de la acción libertaria
a la constitucionalidad”
Mag. Wilson Gómez Ramírez
Juez del Tribunal Constitucional
11 de mayo de 2018
EL TRIBUNAL QUE DA LA CARA AL PUEBLO - VOL. II
Conferencia pronunciada por el Mag. Wilson Gómez Ramírez
Juez del Tribunal Constitucional
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Provincia
Bahoruco
La provincia de
Bahoruco forma
parte de la región
de Enriquillo del
país. Un 29.71%
de su superficie
territorial ha sido declarado
como área protegida dividi-
da en área de manejo de hábi-
tat/especies, monumento natural, parque
nacional y reserva natural. De igual manera,
una gran parte de su territorio se encuentra
ocupado por la actividad agrícola, especial-
mente la agricultura mixta, arroz, caña, cítri-
cos y pasto. Uno de los principales ríos de la
República Dominicana nace en la provincia
de Montecristi: el Yaque del Sur.
La provincia fue constituida en 1943.
Sin embargo, antes de su instauración, el
territorio de Bahoruco formaba parte de
la provincia de Barahona. Así
pues se le otorgó el nombre de
Bahoruco, dado que
el sur de su terri-
torio se encon-
traba ocupado por
la Sierra de Bahoruco
y al establecerse la provin-
cia Independencia, la provincia
Bahoruco quedó alejada de la Sierra
de Bahoruco pero conservó su nombre.
Está constituida por 5 municipios, a
saber: Neiba (cabecera), Galván, Tamayo, Villa
Jaragua y Los Ríos. Limita al norte con la pro-
vincia de San Juan, al este con Azua, al sur
con Barahona, y al oeste con Independencia.
Cuenta con una extensión territorial de
1,284.90 km2 y una población de 97,313
habitantes.1
1 Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Ba-
horuco, visto en fecha 3 de marzo de 2021, disponible
en https://ambiente.gob.do/informacion-ambiental/
informacion-provincial/bahoruco/
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El Centro Cultural de Neyba acogió a los jue-
ces Milton Ray Guevara, presidente del TC; Víctor
Gómez Bergés, Justo Pedro Castellanos Khoury,
Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Wilson Gómez
Ramírez e Idelfonso Reyes, y al secretario del tribu-
nal, Julio José Rojas Báez, para esta presentación
que contó con la asistencia de autoridades provin-
ciales y miembros de la sociedad civil.
El magistrado Gómez Ramírez dictó la confe-
rencia magistral titulada “Neyba: de la acción liber-
taria a la constitucionalidad”, en la que describió
cómo el Tribunal Constitucional ha fortalecido la
vida institucional del país, preservando la sobera-
nía nacional y contribuyendo con el libre ejercicio
de la vida misma de cada persona, a través de la
protección de sus derechos fundamentales.
El juez resaltó el rol del tribunal como limi-
tante de las actuaciones de la administración y de
los estamentos privados, que le ha permitido dar
respuesta oportuna a las personas que han acu-
dido a él en procura de restablecer determinados
derechos conculcados.
El magistrado Gómez Ramírez destacó que
con el surgimiento de esta alta corte, a raíz de la
Constitución política de la República Dominicana
del año 2010, cobró fuerza en la conciencia públi-
ca la necesidad de ejercer el control del poder de
la administración, así como la de hacer efectivo el
cumplimiento de los derechos fundamentales que
dicho texto consagra.
En su discurso, el magistrado Gómez Ramírez
ofreció datos relevantes sobre la historia jurídica de la
provincia, la vida legislativa y constitucional de Neyba
y la provincia Bahoruco, y el destacado papel desarro-
llado por la gente de esta región en la lucha indepen-
dentista y la consolidación de nuestra nación.
“Esta región asumió con determinación cada
una de las acciones libertarias para consolidar la
independencia nacional en el período de 1844 a
1856: 12 años de lucha, 28 encuentros, combates
y batallas, de las cuales 6 tuvieron lugar en el norte
y 22 en este sur, y de estas acciones por lo menos
6 las protagonizaron los hombres de esta zona
bahoruqueña”, subrayó.
Resaltó las facilidades que permiten a los resi-
dentes de la provincia acudir a un tribunal local, a
reclamar la protección de sus derechos sin nece-
sidad de pagar ningún tributo y sin trasladarse a
Santo Domingo.
El acto de presentación de jueces incluyó la
proyección de dos audiovisuales: el infodocumen-
tal “Por la supremacía de la Constitución” y otro con
las semblanzas de los miembros del Pleno del TC.
Reconocimientos. Al concluir el acto, el Pleno
del Tribunal Constitucional recibió reconoci-
mientos como visitantes distinguidos de la
Alcaldía Municipal y la Oficina Senatorial, la
Gobernación Provincial y el Subcentro de la
Universidad Autónoma de Santo Domingo
recinto Neyba. El Subcentro UASD también
entregó un reconocimiento individual al
magistrado Gómez Ramírez.
Presentación de jueces del Tribunal Constitucional
en la provincia Bahoruco, con la disertación
del magistrado Wilson Gómez Ramírez
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Esta provincia toma su nombre de la sierra de
Bahoruco, la cual incluía la vertiente norte de
esta, que ahora pertenece al territorio de la pro-
vincia Independencia. Fue un nitainato del cacicazgo
de Jaragua, el más grande de la isla.
En los tiempos de la conquista española, estas
tierras se convirtieron en el escenario ideal de la
lucha por la libertad; su zona montañosa y el carác-
ter abrupto de su relieve acogieron las acciones
libradas por la raza indígena y los negros cimarro-
nes, antiguos esclavos que se alzaron y se fueron a
la montaña, esfuerzo libertario que supo liderar el
cacique Enriquillo.
Los tratadistas de nuestra historia hablan de
que este cacique escogió la isla Cabritos, ubicada en
esta zona de Bahoruco, como el lugar para firmar el
tratado de paz con el militar y encomendero español
Francisco de Barrionuevo.
El reputado investigador Carlos Esteban Deive,
en la introducción a su libro titulado “Los cimarrones
del Maniel de Neiba” (Historia y Etnografía), dice lo
siguiente: “Desde 1503, año en que varios esclavos
ladinos huyeron a montes y parajes solitarios para
librarse del agotador trabajo de las minas, hubo negros
cimarrones en la Isla española o de Santo Domingo.
Magistrado Wilson Gómez Ramírez,
conferencista central del encuentro.
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Esas fugas, al principio llevadas a cabo individualmente o en reducidos grupos
y de manera esporádica, fueron creciendo poco a poco en número e intensidad
hasta que los cimarrones empezaron a concentrarse en palenques, cumbres o
manieles, pequeños poblados generalmente montañosos donde, además de
burlar el acoso de sus perseguidores, trataron de reconstruir con relativo éxito
los valores y patrones de conducta propios de sus antepasados”.
El tratadista Deive, agrega: “En La Española, uno de los lugares preferidos
por los negro-africanos para levantar sus manieles fue la Sierra de Bahoruco, al
sur del Lago Enriquillo”.
Los manieles eran lugares alejados, de difícil acceso, donde se ubica-
ron los negros cimarrones para sobrevivir y protegerse de la explotación;
contaban con un líder. Los manieles fueron una constante durante todo el
período colonial.
Es oportuno precisar que este estudio sobre los cimarrones del maniel
de Neiba tiene base en documentos manuscritos, y el grueso de estos
figuran en el legajo correspondiente a la Audiencia de Santo Domingo, del
Archivo General de Indias, Sevilla, España.
En lo que concierne a la población de Bahoruco, el periodista y escri-
tor Oscar López Reyes, en su trabajo bibliográfico “Historia del Desarrollo
de Barahona”, refiere que entre sus primeros pobladores se registran en
1606, figurando los nombres de los señores Genaro Pérez, Ramón Medina y
Juanito Matos.
La provincia Bahoruco limita al norte con San Juan de la Maguana; al
noreste, con Azua; al sureste con Barahona; y al sur y al oeste con la provincia
Independencia.
La expresión Neiba, de acuerdo con el escritor francés Moreau de Saint
Méry, en su obra “Descripción de la Parte Española de Santo Domingo”,
apunta que es una palabra taína, que traducida a nuestro idioma significa
“tierra blanca”. Se recuerda que este escritor residió en nuestra isla en siglo
XVIII; este consignó, además, que Neiba es de voz nativa y era utilizada para
identificar el valle, la sierra, el río y la bahía.
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El pueblo de Neiba históricamente sufrió de distintas formas las embes-
tidas haitianas, de ahí que Dessalines, en 1804 nos invadió, pero no pudo
entrar a la ciudad de Santo Domingo, y en la amargura de retornar a Haití
con las manos vacías, se desplazaba con sus hombres destruyendo todo, y a
su paso, incendió el poblado de Neiba.
Neiba, entonces en la geografía política era parroquia de Azua. Se pro-
nunció en apoyo a la batalla de Palo Hincado, y cuando el coronel francés
Ausenac ocupa militarmente a Neiba, se producen acciones de sus revolu-
cionarios que no alcanzan éxito en ese momento, aunque pronto la ciudad
fue recuperada del control extraño.
Consumada la Reconquista tras la derrota de las fuerzas francesas, se
promovió una reunión conocida como la Asamblea de Bondillo, el 12 de
diciembre de 1808. En esta se daría a conocer el nuevo gobernador de la
nueva colonia de España. Varias poblaciones se hicieron representar por
delegados especiales, y le correspondió representar a Neiba, en dicha asam-
blea, a don Francisco García.
El cargo de gobernador recayó sobre Juan Sánchez Ramírez, quien
incluyó la creación y puesta en funcionamiento del cabildo de Neiba, en
1810. El ayuntamiento estaba integrado por tres regidores y un síndico.
Entre sus atribuciones estaba el abasto público, la higiene y el ornato de
la ciudad.
Luego, entre 1810 y 1811, Neiba erige un templo católico y se establece
como sacristán mayor a Fray Andrés Ruiz.
En 1844, Neiba, a través de Fernando Tavera, se pronuncia a favor de
la proclamada Independencia. Luego, esta colectividad quedó establecida
como común de Azua.
Tomás Bobadilla y Briones, intelectual y político nativo de Neiba, y aun-
que él no tuvo en su accionar la fe y la doctrina duartiana, pues formó parte
del grupo conservador, jugó valiosos roles, figurando entre los redactores
y encabezando la lista de firmantes del Manifiesto de los pueblos de la parte
Este de la Isla antes Española o de Santo Domingo, del 16 de enero de 1844,
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y presidiendo la primera Junta Gubernativa, que
tres días después de proclamada la Independencia
Nacional, envió la goleta “Leonor” a Curazao, en la
búsqueda del Padre Fundador de la República, Juan
Pablo Duarte, quien arribó de manera triunfal al país
doce días después. Desde la goleta “Leonor” ondeó
por vez primera sobre las aguas jurisdiccionales e
internacionales la Bandera Nacional.
Tras producirse la incursión a nuestro territorio
del general haitiano Souffront, se produjeron con-
frontaciones con las fuerzas dominicanas, coman-
dadas por Fernando Tavera, y luego, en la cabecera
de Las Marías, los nuestros fueron vencidos por la
superioridad numérica del invasor.
Sin embargo, el 11 de marzo de 1844, las armas
dominicanas se cubrieron de gloria aquí, en Neiba,
constituyéndose en la primera acción armada de
importancia entre la República Dominicana y Haití;
fue la llamada batalla de Fuente del Rodeo. Las
tropas haitianas, comandadas por Augusto Brouat,
fueron abatidas, aunque resultó herido el coronel
Fernando Tavera, razón por la cual pasaron a coman-
dar a los dominicanos los tenientes Vicente Noble y
Dionisio Reyes, quienes también sobresalieron por
su bravura y heroísmo.
Luego, el 19 de marzo se produjo la batalla de
Azua. Numerosos hombres de Neiba participan y se
destacan, se alcanzó otro resonante triunfo de las
armas dominicanas.
En 1845, el gobierno dominicano dispone el
establecimiento permanente de un cuerpo de infan-
tería en la plaza de Neiba, con la finalidad de contro-
Fachada del Centro Cultural de Neyba.
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lar y defender la frontera. Al año siguiente se crean las escuelas oficiales en
esta localidad.
Las acciones armadas fueron una constante. Los haitianos asomaban la
cabeza por todas partes, y fue necesario emprender una vigorosa campaña
en ese año 1845, para arrojar del suelo patrio a los haitianos, y sobresalió
una vez más el patriotismo y valentía del ya general Fernando Tavera, quien
dirigía las fuerzas que componían la llamada retaguardia del Valle.
El 6 de marzo de 1849, el presidente haitiano Faustín Solouque invade
nuestro territorio con una fuerza militar superior a 18 mil hombres, y se apo-
deran de Azua; pero pronto son derrotados en la batalla de El Número, por
los hombres comandados por el general Antonio Duvergé; no obstante, los
haitianos siguen… y caen derrotados definitivamente en el lugar conocido
como Las Carreras. Por los nativos se destacaron, en la acción, Francisco
Sosa, Fernando Tavera, el coronel Miguel Suberví y otros integrantes del
renombrado ejército del sur.
La difícil situación en la frontera provocó que Francia, Inglaterra y
Estados Unidos de América hicieran esfuerzos orientados a la suscripción de
un tratado de paz o, por lo menos, una tregua por diez años entre nuestro
país y Haití; pero los haitianos no cesaban de hostilizar las avanzadas domi-
nicanas y atropellar a la población civil.
Así en 1851, una columna bajó por la loma de Los Pinos, ocupó La
Descubierta y pasó a La Caleta, y en Postrer Río los adversarios fueron derro-
tados. Esto forzó la presencia del presidente dominicano Buenaventura
Báez, quien inspeccionó las fuerzas de Neiba.
El 15 de febrero de 1853, vuelve a la presidencia el general Pedro
Santana, y en ese proceso electoral alcanza la senaduría por la provincia de
Azua uno de los hombres de las acciones libertarias de Neiba, el general
Francisco Sosa.
Solouque planificó otro ataque contra la República Dominicana, con
un ejército de 30 mil hombres. Comenzó sus actividades el 10 de diciembre
de 1855, y en Azua, las fuerzas dominicanas, que estaban atentas, fueron
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divididas en dos cuerpos, uno que accionaría desde San Juan de la Maguana
y otro que realizaría sus operaciones desde Neiba, al mando del general
Francisco Sosa.
Pequeños triunfos alcanzaron los haitianos en Los Saladillos, Tierra
Nueva y Boca de Cachón. El 19 de diciembre, los invasores ocupan a Neiba,
y esto provoca la reñida batalla de Cambronal. El general Francisco Sosa
emplea su táctica, pone en marcha acciones vigorosas y el enemigo cede
terreno: deja más de 350 hombres muertos, entre estos el general Pierre
Rivere Garat (Duque de Leogane), un considerable número de heridos,
varios prisioneros, así como el abandono de fusiles, municiones, cartuchos
y otros objetos.
Así, el 22 de diciembre de 1855, los hombres de esta parte del sur le
ofrendaron a la patria este resonante triunfo militar. El historiador baraho-
nero José A. Robert, al respecto dice: “Si Marañón es el nombre más glorioso
de la historia helénica, y si la célebre batalla que llevó a efecto en ese lugar
es la más ilustre de las hazañas de los griegos, Cambronal representa para
nuestra República su mejor timbre de gloria, y la victoria obtenida allí sobre
los haitianos será uno de los mejores galardones que pueden ofrecerle sus
hijos, puesto que gracias a ella le fue cortado el vuelo al águila altanera de
occidente, de tal modo que jamás se volvió a aventurar por esta tierra de Dios
con nuevas invasiones”.
Esta región asumió con determinación cada una de las acciones liber-
tarias para consolidar la Independencia Nacional en el período de 1844 a
1856: 12 años de lucha, 28 encuentros, combates y batallas, de las cuales seis
tuvieron lugar en el norte, y veintidós en este sursur, y de estas acciones por
lo menos seis las protagonizaron los hombres de esta zona bahoruqueña.
El 18 de marzo de 1861, el dictador Pedro Santana, de manera incon-
sulta, anexa nuestro país a España, y así nos convierte de República en una
provincia de ultramar de aquella nación europea.
Como consecuencia de lo anterior, a finales de 1862, crece la tensión.
El clima de malestar que reinaba en todo el territorio se agrava, los oficia-
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El magistrado Wilson Gómez encabezó la ofrenda floral ante el busto del Juan Pablo Duarte.
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El magistrado Milton Ray Guevara recibió placa en nombre de los jueces.
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les españoles que ocupaban nuestro territorio advertían con claridad la
inminencia de un estallido social, pero lucían convencidos de que este se
produciría en el norte del país, en la región del Cibao. Pero, como siempre el
inmenso sur tenía lo suyo…
Y así, en la primera semana de febrero de 1863, el comandante Cayetano
Velázquez se rebela contra la Comandancia de Armas de Neiba, se escenifica
una revuelta contra el gobierno español anexionista, y la gloriosa Neiba, con
esta acción armada vuelve por sus fueros y este acontecimiento, no obstante
haber sido controlado por las tropas españolas, se constituye en el histórico
hecho que marcó el inicio de una intensa carrera de acciones libertarias en
procura alcanzar la restauración de la Independencia Nacional que habían
proclamado los trinitarios y duartianos, cuestión lograda la gloriosa noche
del 27 de febrero de 1844.
Entonces, le cabe la gloria al pueblo Neiba, enclavado en el corazón de
esta región sur, el haber protagonizado la referida acción de la Fuente del
Rodeo, que fue primera confrontación con las fuerzas haitianas después de
proclamarse la Independencia; también le correspondió a este pueblo esce-
nificar la primera rebelión armada contra las fuerzas anexionistas españolas,
que ciertamente eran superiores en armamento y número de soldados, pero
jamás en coraje, valentía y determinación.
Esta colectividad ha estado presente en todas las acciones libertarias
del pueblo dominicano. Así, sus gentes se involucraron en el llamado movi-
miento conspirativo de los sargentos, aquella acción del 24 de octubre de
1958 que tuvo lugar en el seno de la Fuerza Aérea Dominicana que quiso
poner fin a la tiranía del dictador Rafael Trujillo. En el Estado Mayor del movi-
miento estaban hombres de Bahoruco, como los sargentos Amable Reyes y
su hermano Rafael Reyes, Rafael Román Vargas, Juan Bautista Méndez Pérez,
Gonzalo Pérez Cuevas y Raymundo Sena Cuevas.
Estos últimos, Gonzalo Pérez Cuevas y Raymundo Sena Cuevas, vol-
vieron a exhibir su coraje cuando se alzaron en diferentes frentes armados
con ocasión de la guerrilla que encabezara el inolvidable y carismático líder
político Manuel Aurelio Tavárez Justo (Manolo).
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Los hombres de Bahoruco vuelven por sus fueros en pro de las acciones
libertarias, en 1965. Los sargentos Fermín Roque Herasme Batista, Nelson
William Méndez Batista, José Altagracia Méndez Herasme, Rafael Batista
Matos y Mario Rivas Medina, participaron en el apresamiento del Jefe del
Estado Mayor del Ejército Nacional, actuando bajo las órdenes del capitán
sureño Mario Peña Taveras.
En la difícil década de los 70, la juventud de aquí también mostró su
bravura. Se recuerdan los casos de Roberto Matos Vallejo y Francisco Escoto
Díaz, quienes, presos por sus ideas, solo pudieron salir de la cárcel de La
Victoria y escapar de las torturas tras el secuestro del agregado militar aéreo
de la Embajada de los Estados Unidos en el país, Donald Joseph Crowley.
Se recuerda en la década del 70 a una figura política de leyenda, que
en un momento determinado encarnó el sentimiento de un importante
segmento del pueblo dominicano que reclamaba respeto a la vida y a la
libertad. Su inesperada detención en un local de la calle El Conde produjo
gran pesar entre la juventud de la época: nos referimos al también hijo de
esta provincia, Dr. Plinio Matos Moquete.
También, esta provincia suroestana sobresale por haber aportado
al país una verdadera cantera de comunicadores, muchos de los cuales
han alcanzado trascendencia nacional, como los casos de los hermanos
Eurípides, Emilio y Silvio Herasme Peña, quienes fueron directores, columnis-
tas y editorialistas de importantes medios de comunicación colectiva, tales
como “Noti-tiempo”, de Radio Comercial; los periódicos “Listín Diario” y “La
Noticia”, respectivamente. Estos medios hicieron importantes aportes a favor
de la vida democrática y las libertades públicas del país. También es digno
de resaltar el comunicador Osvaldo Santana, considerado como el periodista
dominicano que ha dirigido el mayor número de periódicos: ha sido director
“El Siglo”, “Listín Diario”, “Ultima Hora” y en la actualidad, es el director del
periódico “El Caribe”.
Otros periodistas destacados, oriundos de esta provincia, son: Rafael
Méndez, quien fuera presidente del Colegio Dominicano de Periodistas y es,
en la actualidad, un activo diputado que bien representa su provincia; Tomás
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Aquino Méndez, Jefe de Información y columnista del
“Listín Diario”; Pedro Caro, quien fuera director del
periódico “El Nuevo Diario” y diputado al Congreso
Nacional; Lito Santana, del staff de “El Caribe”; Carlos
Santana, periodista y locutor destacado en impor-
tantes medios capitalinos; Nelson William Méndez,
quien fuera director de prensa del presidente Antonio
Guzmán; y Príamo H. Medina, conocido hombre
público, columnista de periódicos nacionales y pro-
ductor de programas.
Otras personalidades trascendentes son: Hugo
Arias Fabián, abogado de intenso ejercicio y expre-
sidente de la Cámara de Cuentas de la República;
las maestras de tradición Patria Sosa Leyba, Ramona
Pérez, Emelinda Herasme Peña, Ernestina González
Méndez, Nina Pérez González, Deyanira Herasme
Peña, Altagracia Acosta Herasme, Bélgica María
Vásquez Peña y Elíxiva María Vásquez de Díaz.
También son figuras sobresalientes de aquí el
compositor y cantante Cheo Zorrilla; el también can-
tante y compositor Fernando Arias, quien fue uno de
los integrantes del trío “Los Juglares”; Adib Melgen,
integrante de emblemático Conjunto Quisqueya;
Enrique Féliz, compositor y cantante que ha dedica-
do su arte al trabajo social y religioso, y que como
compositor, ha nutrido artistas y agrupaciones como:
Gilberto Santa Rosa, Olga Tañón, Johnny Ventura, El
Gran Combo de Puerto Rico, Tito Nieves, Sophy, Kinito
Méndez y Los Toros Band, entre otros.
Cómo olvidar entre los hijos distinguidos de
esta provincia, a Emmanuel González, quien paseó
su talento por nuestro país, Venezuela, Nueva York y
Monumento al cacique taíno Enriquillo en Bahoruco,
con la bandera de la República Dominicana.
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el mundo del merengue, con el nombre artístico de Benny Sadel, quien en
su carrera formó parte de las principales agrupaciones musicales popula-
res del país.
Rafael Díaz Vásquez, un hombre de estudio y acción, “cultor del correc-
to uso de nuestro idioma”, como lo describe Bonaparte Gautreaux Piñeyro,
puso en marcha el Instituto para el Desarrollo del suroeste (INDESUR), fue
un alto ejecutivo de la Oficina Nacional de Desarrollo (ONAPLAN) y juez de
la Junta Central Electoral.
Su hermano, doctor Carlos Duarte Díaz Vásquez, fue un consagrado
profesional de la medicina que ejerció con intensidad en este, su lar nativo,
distinguiéndose por hacer del juramento hipocrático su norte.
Santos Sena Pérez, secretario general de la Liga Municipal Dominicana
durante el gobierno constitucionalista de Francisco Alberto Caamaño Deñó,
en 1965.
Con la figura de Apolinar Perdomo, dueño absoluto de una singu-
lar lírica que ilumina la pasión amorosa, Neiba enriqueció el parnaso
nacional. Cómo olvidar su libro “Cantos de Apolo”, una antología de sus
mejores versos.
Pero también esta generosa provincia nos ofrendó la obra poética de
Armando Arturo Sosa Leyba, el autor de Poema Tierra Sur, quien, además,
fue un patriota y tuvo una participación en la contienda bélica del 65, y pro-
curó la solidaridad latinoamericana a través de su poema “24 de abril”.
Las letras nacionales tienen en Manuel Matos Moquete un fino
cultor de amplia proyección nacional, otra figura relevante de esta pro-
vincia. Su actitud política resuelta le llevó a un largo exilio europeo, y
en la Universidad de París VIII, obtuvo el doctorado en Literatura; en
la Universidad París III, la licenciatura en Letras Modernas, así como la
licenciatura en la enseñanza del francés. Manuel Matos Moquete obtuvo
el Premio Nacional de Novela en el país, en 1984; y en 1991, su trabajo
titulado “Las teorías literarias en América Hispana” le mereció el “Premio
de Ensayo Pedro Henríquez Ureña”.
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Hemos visto la acción libertaria, la heroicidad de la provincia Bahoruco,
sus cantores de fecundo trajinar, sus plumas brillantes, sus educadores
consagrados; en fin, los aportes de los neiberos y neiberas, gentilicio que
comparten con el de bahoruqueños y bahoruqueñas los hombres y mujeres
de aquí.
Ahora, apreciados amigos, distinguido auditorio, haremos un apretado
recorrido alrededor de la vida legislativa y constitucional de Neiba y la pro-
vincia Bahoruco.
Tras producirse la oprobiosa ocupación haitiana, el 9 de febrero de
1822, Neiba alcanza la categoría de común, así como el derecho a contar con
representación congresual como parte del Departamento Oeste, resultando
su diputado el señor José Ignacio Espejo, y suplente, el señor León Aybar.
En las elecciones de 1826, la común de Neiba eligió como diputado
a don Juan Bautista Berryer; en tanto que, en las elecciones del año 1832,
estuvo representada por el señor Manuel Montes de Oca.
En las elecciones del 15 de junio de 1843, resultó electo diputado por la
común de Neiba el sacerdote de la parroquia, Santiago Díaz de Peña.
En agosto de 1844, se realizan las elecciones de las personas que debían
integrar la Asamblea Constituyente que se reuniría el 20 de septiembre, con
el fin de votar la primera Constitución de la República, y Neiba eligió diputa-
do a Bernardo Secundino Aybar.
En 1858, se aprueba la Constitución de Moca, Neiba presenta como su
diputado representante al señor J. N. Pérez.
En las reformas constitucionales de 1865 a 1942 no figura ninguna
representación de Neiba en las asambleas y congresos revisores.
El 18 de marzo de 1943, mediante la Ley núm. 299, se crea la provincia
Bahoruco, y Neiba se convierte en su capital o municipio cabecera.
La provincia Bahoruco es mencionada por vez primera en el texto supre-
mo de la Nación proclamado el 10 de enero de 1947, figurando como sus
representantes los señores Pedro Carlos Curiel y Frank Parra.
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En fecha 1º. de diciembre de 1955 se realiza una nueva Asamblea
Revisora y la provincia Bahoruco es representada por los señores Elpidio
Eladio Mercedes y Alcibíades Alburquerque.
El 7 de noviembre de 1959 esta provincia tuvo el privilegio de ser repre-
sentada en el Congreso por dos intelectuales de gran prestigio, Lic. Vetilio
Alfau Durán, reputado historiador, también compilador del ideario de Padre
de la Patria, Juan Pablo Duarte; y, el doctor Carlos Federico Pérez y Pérez,
escritor, poeta y diplomático de gran trascendencia.
El 28 de junio de 1960, se vuelve a proclamar un nuevo texto supremo y
las voces de los hombres y mujeres de esta provincia quedaron bajo la repre-
sentación de los ciudadanos Néstor Febles y Arturo Despradel.
Unos cinco meses después, el 2 de diciembre de 1960, se revisa y refor-
ma la Constitución Política del Estado, la provincia Bahoruco se hace repre-
sentar a través de los ciudadanos Federico Fiallo, Manuel Emilio Andújar y
Néstor Febles.
Al siguiente año, 1961, la Carta Sustantiva es revisada y concurren
por Bahoruco Eurípides Herasme Peña (Don Yiyo), Manuel Emilio Castillo y
Paulino Vásquez hijo.
En la Asamblea Nacional Revisora del 29 de abril de 1963, texto liberal
de extraordinaria repercusión política y social, esta provincia contó con
sus representantes ciudadanos Alcibíades Féliz Díaz y Manuel de los Reyes
Rivas Batista.
El 28 de noviembre de 1966 se proclama un nuevo texto constitucional,
y la representación de la provincia Bahoruco recae sobre los ciudadanos
Jacinto Pérez Acosta, Renato Arias y Juan Esteban Olivero Féliz.
En la reforma constitucional que se proclamó 14 de agosto de 1994,
representaron a esta provincia Luis José González Sánchez y Manuel
Reyes Santana.
En la Asamblea Revisora que dio lugar al texto dado y proclamado el 25
de julio de 2002, los ciudadanos Rafael Méndez, Fátima del Rosario Rodolí y
Francisco Jiménez Reyes, fueron los asambleístas por esta provincia.
“NEYBA: DE LA ACCIÓN LIBERTARIA A LA CONSTITUCIONALIDAD”
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Los reconocimientos al esfuerzo de los jueces por la labor de abrir puertas como amigo de los ciudadanos.
EL TRIBUNAL QUE DA LA CARA AL PUEBLO - VOL. II
Conferencia pronunciada por el Mag. Wilson Gómez Ramírez
Juez del Tribunal Constitucional
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En la profunda y democrática reforma constitucional de 2010, ostenta-
ron la representación congresual de Bahoruco: Diego Aquino Acosta Rojas,
Pedro Antonio Caro Pérez, Luis José González Sánchez.
En 2015, la provincia Bahoruco volvió a contar con la misma representa-
ción que tuvo en la Asamblea Revisora de 2010.
El Tribunal Constitucional fue uno de los frutos que brotó del surco fértil
que abonó el país con el texto magno de 2010. Su aparición en la estructura del
Estado dominicano como un órgano extrapoder, es decir con existencia propia
autónoma, sin dependencia de la trilogía de poderes tradicionales (Ejecutivo,
Legislativo y Judicial), ha fortalecido la vida institucional del país, preservando
la soberanía nacional, ha protegido los derechos fundamentales de todas las
personas en general, y ha puesto límites a las actuaciones de la administración y
de estamentos privados, pudiendo resarcir a las personas que han acudido a él
en procura de restablecer determinados derechos conculcados.
Como establece nuestra Carta Suprema, en su artículo 184: “Habrá un
Tribunal Constitucional para garantizar la supremacía de la Constitución, la
defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales.
Sus decisiones son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculan-
tes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado (…)”.
Por su parte, el artículo 185 de nuestra Constitución, expresa: “El Tribunal
Constitucional será competente para conocer en única instancia, es decir, sin que la
decisión pueda ser objeto de ningún otro recurso, de las acciones directas de incons-
titucionalidad contra leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y ordenanzas:
1) a instancia del Presidente de la República, de una tercera parte de los
miembros del Senado y la Cámara de diputados y de cualquier perso-
na con interés legítimo y jurídicamente protegido;
2) El control preventivo de los tratados internacionales antes de su ratifi-
cación por el congreso;
3) Los conflictos de competencia entre los poderes públicos, a instancia
de uno de sus titulares;
4) Cualquier otra materia que disponga la ley.
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Bahoruco | 11 de mayo de 2018
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En su artículo 53, la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los procedimientos constitucionales, otorga potestad a este tribunal
para hacer la revisión de las decisiones jurisdiccionales; es decir, revisa aque-
llas sentencias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente
juzgada, después del 26 de enero de 2010, fecha en la cual fue proclamado
el texto que creó nuestro tribunal.
Esta ley establece el procedimiento que permite al ciudadano hacer
valer sus derechos fundamentales mediante la acción de amparo.
Como ustedes pueden notar, el Tribunal Constitucional ha venido a
contribuir con el libre ejercicio de la vida misma de cada persona, con su
derecho a la libertad y a la seguridad, su derecho a la salud, a la alimen-
tación, a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad, a la intimidad
y el honor personal, derecho a la libertad de conciencia y de cultos,
libertad de tránsito, de reunión y asociación, de expresión e información,
derecho de propiedad, a la libre empresa, al acceso a la vivienda, entre
otros.
Como denominador común de estos derechos y prerrogativas está el
elevado derecho a la dignidad humana, pues cuando esta es respetada,
también son respetados y garantizados los demás derechos humanos y
fundamentales.
En nuestro país, con el surgimiento de esta alta corte, con la Constitución
política del Estado de 2010, cobró fuerza y gran nitidez en la conciencia
pública la necesidad de ejercer el control del poder de la administración, así
como hacer efectivo el cumplimiento de los derechos fundamentales que
dicho texto consagra.
Ustedes podrían preguntarse: ¿Mediante cuáles mecanismos podemos
hacer valer esos derechos fundamentales?
Ahí radica la diferencia entre la realidad de la vida constitucional domi-
nicana de antes y la vida constitucional dominicana de hoy. Hoy existen
alternativas que hacen posible que frente a un derecho conculcado, frente a
un derecho constitucional violado, cualquier persona, por sí misma o repre-
EL TRIBUNAL QUE DA LA CARA AL PUEBLO - VOL. II
Conferencia pronunciada por el Mag. Wilson Gómez Ramírez
Juez del Tribunal Constitucional
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“NEYBA: DE LA ACCIÓN LIBERTARIA A LA CONSTITUCIONALIDAD”
Bahoruco | 11 de mayo de 2018
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sentada por otra, puede acudir al tribunal local mediante una acción de
amparo, en interés de proteger su derecho, sin necesidad de pagar ningún
tipo de tributos, es decir, impuestos, tasas o contribuciones especiales, pues
la justicia constitucional es absolutamente gratuita; allí, en el tribunal, hará
valer sus argumentos en procura de que se haga una buena administración
de justicia, y si la decisión que adopte ese tribunal no le resulta correcta
o idónea, entonces puede pedir la revisión de dicha sentencia al Tribunal
Constitucional; esa solicitud de revisión se hace en la secretaría del tribunal
que dictó la sentencia, en un plazo de cinco (5) días, a partir de la notifica-
ción de tal decisión.
No es necesario que el interesado se traslade a Santo Domingo, sede
del Tribunal Constitucional. Lo puede mandar a depositar, y este conocerá
la revisión y, luego de valorar los argumentos de las partes, emitirá una
sentencia que no será objeto de ningún recurso y deberá ser obligatoria-
mente cumplida.
Ahora, tratándose de la acción directa de inconstitucionalidad, porque
se acciona contra una ley, decreto, reglamento, resolución u ordenanza,
todavía hoy precisa de trasladarse a Santo Domingo; en este orden, no
abrigo la menor duda de que la matrícula actual de jueces de este Tribunal
Constitucional, que encabeza el magistrado Ray Guevara, se planteará
oportunamente la necesidad de establecer delegaciones regionales de
esta Alta Corte.
Estas delegaciones regionales facilitarán las tramitaciones a la secretaría
del tribunal, apoyándose en la división organizacional de los departamentos
establecidos por el Poder Judicial; en el caso, en lugar de hacer el depósito
en Santo Domingo, bien podría hacerse válidamente en el Departamento
Judicial de Barahona.
Se beneficiarían con ello las personas residentes en Bahoruco, en
Pedernales e Independencia, provincias que integran el referido depar-
tamento judicial. Así, un día se hablará de otro de los frutos que cose-
chados tras la siembra de estas importantes presentaciones del Tribunal
Constitucional en toda la geografía dominicana.
Bote pequeño en el lago Enriquillo
en República Dominicana
EL TRIBUNAL QUE DA LA CARA AL PUEBLO - VOL. II
Conferencia pronunciada por el Mag. Wilson Gómez Ramírez
Juez del Tribunal Constitucional
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Nuestro tribunal es el más joven del Continente Americano. Hace seis
años que era desconocido por todas y todos, de ahí que su labor no ha
podido ser únicamente la producción de sentencias predominantemente
rutinarias, como generalmente ocurre; no, este tribunal también ha tenido
que decidir casos complejos y atizar la cultura constitucional, despertar la
conciencia colectiva por medio de los contenidos doctrinarios a través de
la impresión de nuevos libros y la reimpresión de obras clásicas de esta
materia, la producción de literatura constitucional en versiones populares:
folletos, cartillas, separatas, constitución de bolsillo, publicaciones perio-
dísticas, etc.
El Tribunal Constitucional dominicano ha hecho un sentido esfuerzo
innovador al difundir, cada año, 104 emisiones audiovisuales, a través de
canales de televisión convencionales de alcance nacional, y 52 emisiones
para los estados norteamericanos de Nueva York y Nueva Jersey; en tanto
que transmite 52 emisiones de su programa de radio y televisión difundidos
a través de la televisión nacional y la frecuencia modulada.
Acciones como “Me gradúo con el TC”, las olimpíadas constitucionales,
las jornadas de formación dirigidas a abogados, periodistas y otros profesio-
nales, las conferencias que imparten nuestros jueces y el cuerpo de letrados,
son acciones que impactan a la juventud no solo propiciando el conoci-
miento de la Constitución, sino también fomentando la vocación gregaria,
el trabajo en equipo y el sentido de pertenencia.
La labor jurisprudencial ha sido el aporte creador de mayor fecundi-
dad hecho por este tribunal, y el pueblo dominicano ha podido entender
perfectamente el trascendente rol este organismo; así lo ha dicho nuestro
presidente, magistrado Ray Guevara: “En sus sentencias, el Tribunal ha esta-
blecido precedentes vinculantes que permiten impulsar los cambios sociales e
institucionales, para vivir en Constitución. Hemos realizado importantes con-
tribuciones, estableciendo garantías para sectores vulnerables, en el caso de:
feminicidios, violencia intrafamiliar, uniones consensuales, cuotas afirmativas,
parceleros de la reforma agraria, expropiación, derecho a la educación, defensa
del patrimonio ecológico nacional y de los bienes del dominio público, el debido
“NEYBA: DE LA ACCIÓN LIBERTARIA A LA CONSTITUCIONALIDAD”
Bahoruco | 11 de mayo de 2018
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proceso, derechos de los envejecientes, autonomía de los órganos constitucio-
nales, regulación migratoria y perfiles de la nacionalidad dominicana, respeto
de los procedimientos constitucionales, equidad de género, recursos naturales,
patrimonio de la nación y seguridad social, entre otros. Esa jurisprudencia ha
impactado positivamente las decisiones de nuestros tribunales y la doctrina
constitucional. La creación del TC revolucionó la jurisprudencia dominicana”.
Nuestros legisladores son parte esencial de la carpintería constitucional,
y corresponde a estos viabilizar la materialización de las llamadas reservas
de leyes establecidas por la Constitución de la República, que se producen
cuando la norma constitucional manda al legislador expresamente a pro-
ducir una ley para la regulación de una determinada materia. Por tanto, es
oportuno que, desde esta tierra prodigiosa, enclavada en el corazón del
suroeste, reclamemos la elaboración y aprobación definitiva de las leyes
reservadas, privilegiando el artículo 10, numeral 2, que señala: 1) La Ley
sobre el Régimen de Adquisición y Transferencia de la Propiedad Inmobiliaria
en la Zona Fronteriza, que estará sometido a requisitos legales específicos, que
privilegien la propiedad de los dominicanos y dominicanas y el interés nacional”.
Privilegiando también el mandato del texto supremo contenido en el artí-
culo 36, que hace reserva de la Ley sobre los Símbolos Patrios de la República
Dominicana.
Otras acciones del tribunal en importantes direcciones las omitiremos
por razones de tiempo; no obstante, hay que destacar la materialización de
estas presentaciones ante las diferentes provincias del país; estos encuen-
tros colocan generosamente este tribunal al alcance del pueblo… hoy, justa-
mente hoy, abierto de par en par ante un pueblo que ha hecho del heroísmo
su pasión, un pueblo digno de mejor suerte, un pueblo que en medio de las
carencias que genera el olvido o ausencia en las agendas oficiales, levanta su
ejemplo de dignidad pura como su razón misma de existencia y su fe firme
en el porvenir.
Pero, señoras y señores, Bahoruco, además de sobresalir por sus luchas
y el coraje de sus hombres y mujeres, también se destaca por su natural
hermosura, que se expresa en sus ríos, balnearios y sus bosques; por sus
EL TRIBUNAL QUE DA LA CARA AL PUEBLO - VOL. II
Conferencia pronunciada por el Mag. Wilson Gómez Ramírez
Juez del Tribunal Constitucional
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nutridas plantaciones de uva, que cubren generosamente las tierras de Los
Ríos, Jaragua, Galván, El Estero y otros puntos de su geografía.
Bahoruco muestra cómo se recuesta candorosamente sobre sus espal-
das el Lago Enriquillo, la más importante reserva natural de agua del país y
el mayor de Las Antillas; exhibe con sano orgullo las acciones libertarias de
sus hombres, la contribución educativa de sus mujeres, y su historia que nos
habla claro de la tradición de lucha de pueblo de heroicidad que se identifica
plenamente con la defensa soberana y estamos seguros de que preservará
por siempre el contenido del artículo 3 del texto sustantivo vigente que dice:
“Inviolabilidad de la soberanía y principio de no intervención. La soberanía
de la Nación dominicana, Estado libre e independiente de todo poder
extranjero, es inviolable. Ninguno de los poderes públicos organizados
por la presente Constitución puede realizar o permitir la realización de
actos que constituyan una intervención directa o indirecta en los asuntos
internos o externos de la República Dominicana o una injerencia que
atente contra la personalidad e integridad del Estado y de los atributos
que se le reconocen y consagran en esta Constitución. El principio de la no
intervención constituye una norma invariable de la política internacional
dominicana”.
¡Viva la República Dominicana! ¡Viva la Constitución!
¡Muchas gracias!

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