Normas prudenciales y las subprime

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Normas prudenciales y las subprime

En las últimas décadas los mercados financieros a nivel mundial han logrado niveles de desarrollo como nunca antes en su historia. Una de las principales razones de esta preponderancia y relevancia de lo financiero en el mundo actual ha sido el proceso de liberalización o desregulación a que los mismos están sometidos a raíz de las políticas neoliberales fomentadas por gobiernos y organismos internacionales a finales del siglo pasado, una tendencia que evidentemente derrumbaba la tradicional intervención estatal surgida a partir del crack financiero de finales de la década de 1920.

Este proceso del laissez faire financiero trajo consigo una importante interrelación entre los mercados de todo el mundo, lo que algunos autores denominan como la “internacionalización de los mercados financieros”. Desde el punto de vista económico este proceso produjo grandes beneficios: mayores posibilidades de inversión, mayor y mejor flujo de capitales, mayor acceso al crédito, unificación de estándares mundiales de inversiones, entre otras. Estos beneficios económicos o financieros, en muchos países, también originaron bienestar social. Sin embargo, para nadie es un misterio que la internacionalización en un contexto de liberalización, no sólo de flujos de capitales, sino de normas prudenciales financieras, es una fórmula que aumenta significativamente el riesgo a que se someten las diferentes economías. Dentro de estos riesgos se destacan: el mayor margen para actividades de lavado de activos y financiación del terrorismo, el mayor trasiego y ocultamiento de fondos; mayor evasión fiscal, así como una indudable incidencia en la globalización de las crisis financieras. Precisamente sobre la globalización de las crisis financieras y la posibilidad de su limitación mediante normas internas centraremos nuestro análisis.

La regulación financiera tiene como objetivo central la búsqueda de reglas que logren la estabilidad de los mercados. Esta estabilidad se logra mediante una conjunción de niveles adecuados de solvencia, liquidez y gestión de las entidades financieras, como lo establece el artículo 2.b de la Ley No. 183-02, de fecha 21 de noviembre de 2002, Ley Monetaria y Financiera. De manera básica estos niveles óptimos de solvencia, liquidez y gestión se logran mediante el cumplimiento de las normas prudenciales o dispositivo de normas preventivas:conjunto de disposiciones legislativas o administrativas que establecen los...

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