Teoría de la nulidad absoluta del acto administrativo: el caso Bahía de las Águilas

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"Teoría de la nulidad absoluta del acto administrativo: el caso Bahía de las Águilas"

Sigmund Freund

Socio de la firma de abogados Staff Legal Abogados-Consultores. Profesor de Derecho Administrativo, Impuestos y Telecomunicaciones en la PUCMM.

sfreund@stafflegal.com.do

RESUMEN:

El Estado dominicano intentó legalizar recientemente, través de un contrato de transacción con particulares, el fraude inmobiliario de Bahía de las Águilas. La presión de la opinión pública obligó al Estado a dar marchar atrás. El Estado puede resolver el problema de Bahía de la Águilas en beneficio de la sociedad dominicana invocando la nulidad absoluta de los actos administrativos carentes de validez jurídica.

PALABRAS CLAVES:

Bahía de las Águilas, nulidad absoluta, acto administrativo, principio de legalidad, derechos registrados, inexistencia del acto, derecho administrativo, República Dominicana.

Según el profesor Eduardo Ortiz Ortiz, el acto administrativo ¨suele definirse como una manifestación unilateral de voluntad dirigida a producir un efecto de derecho emanada normalmente de la Administración en uso de una potestad administrativa¨.

Tal y como lo establecen esta y otras definiciones, el acto administrativo se ejerce en virtud de la potestad que se le confiere a las administraciones públicas, ya sea a través de la Constitución o de normas adjetivas. Esta potestad tiene como finalidad el permitir que la administración pueda expresar su voluntad a través de esta herramienta y ejerza su papel de regulador y de proveedor de servicios públicos en una sociedad.

Sin embargo, la administración pública no está de manos libres en el ejercicio de la potestad de emitir actos administrativos, sino que debe sujetarse a los límites que le imponen la Constitución y las leyes, esto es lo que definimos como el principio de legalidad de la administración. En este sentido, la Constitución dominicana establece en su artículo 138 que:

La Administración Pública está sujeta en su actuación a los principios de eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico (resaltado nuestro) .

El gran doctrinario español del derecho administrativo Eduardo García de Enterría, hablando sobre el principio de legalidad que rige la actuación de la administración expresa que:

Conforme al planteamiento originario del principio de legalidad, la Administración, primero no puede actuar por propia autoridad...

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