Política de competencia en la República Dominicana: prioritaria en los años noventa, vital en los veinte

AutorFederico Alberto Cuello Camilo
CargoDoctor en Economía de la Universidad de Illinois en Urbana-Champaign, profesor investigador de Política Económica y Economía del Desarrollo en la PUCMM, embajador de carrera, actualmente en el Estado de Catar; negociador sobre comercio de servicios, política de competencia, inversiones y comercio electrónico durante 1993-2008
Páginas38-45
38 |GACETA JUDICIAL Α∇Ο 24, Ν∨Μ. 395, ΑΓΟΣΤΟ 2020
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COMPETENCIA
Doctor en Economía de la Universidad de Illinois en Urbana-Champaign, profesor investigador de Política
Económica y Economía del Desarrollo en la PUCMM, embajador de carrera, actualmente en el Estado de
Catar; negociador sobre comercio de servicios, política de competencia, inversiones y comercio electrónico
durante 1993-2008. Coordinador de las reformas derivadas del ingreso a la OMC durante 1993-1999.
fcuello@runbox.com
Federico Alberto Cuello Camilo, Ph.
La corporación británica International Airlines Group (IAG)
es propietaria de British Airways e Iberia. Juntos controlan la
práctica totalidad del flujo de pasajeros que nos visita desde
el Reino Unido en vuelos regulares, flujo que al 2019 supera-
ba las 155 000 personas. Con el anuncio de su adquisición por Air
Europa por mil millones de euros, IAG tendrá una posición más
que dominante en el transporte de pasajeros desde España en vue-
los regulares hacia América Latina y el Caribe. En 2019 recibimos
unos 165 000 pasajeros desde España1.
Si bien las autoridades británicas y españolas no han objetado
todavía la adquisición de Air Europa por parte de IAG, será Mar-
grethe Vestager, comisaria de competencia de la Comisión Euro-
pea, quien tendrá la última palabra.
Si su enfoque se concentrara exclusivamente en el área econó-
mica europea (AAE) como mercado relevante para su análisis, el
1 Φυεντε: Βανχο Χεντραλ δε λα Ρεπβλιχα ∆οµινιχανα, ηττπσ://ωωω.βανχεντραλ.γοϖ.δο/α/δ/2537−σεχτορ−τυρισµο
2 ΙΑΓ. Αγρεεµεντ φορ τηε αχθυισιτιον οφ Αιρ Ευροπα φορ 1 βιλλιον. Λονδρεσ: νοτα δε πρενσα δισπονιβλε ελεχτρ⌠νιχαµεντε εν λα διρεχχι⌠ν ηττπσ://ωωω.ιαιργρουπ.χοµ/εν/νεωσροοµ/πρεσσ−ρελεασεσ/νεωσροοµ−
λιστινγ/2019/ιαγ−αιρ−ευροπα, 2019.
efecto de esta fusión sobre nuestro país y nuestra región no sería
tomado en cuenta.
Prevalecería así el enfoque promovido por IAG, de que esta
fusión solo busca “convertir a Madrid en un verdadero rival de
los cuatro hubs (centros logísticos o de trasbordo) de Europa:
Ámsterdam, Frankfurt, Londres Heathrow y París Charles de
Gaulle”2 (IAG 2019).
Pero si nuestras agencias de competencia en la República
Dominicana y el resto de América Latina lograran que la evalua-
ción del mercado relevante incluyera los efectos de esta fusión
sobre el precio de los billetes aéreos que pagarían en lo adelan-
te los viajeros desde España, la decisión de la Comisión muy bien
podría evaluar si el incremento en la competencia entre hubs
europeos justifica la posición dominante que adquiriría IAG en
el mercado latinoamericano y sus consecuencias para el costo de
RESUMEN:
En los años noventa era prioritario contar con una política de competencia que complementara la apertura comercial en el marco de la
globalización, que nos dotara de reglas para combatir las prácticas anticompetitivas con efectos locales pese a ser cometidas por actores
externos y que nos permitiera asegurar el pleno aprovechamiento de los derechos adquiridos en el acuerdo sobre los Aspectos de los
Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC). La prioridad se
hacía inevitable también ante las obligaciones adquiridas en tratados sobre libre comercio ya negociados y en vías de negociación. El autor
reconstruye el proceso vivido para llegar al marco legal e institucional que tenemos, el cual tiene pendiente, en esta década de los 20, satisfacer
las expectativas que le dieron origen.
PALABRAS CLAVES:
Globalización, competencia, prácticas anticompetitivas, efectos transfronterizos, derechos adquiridos, marco legal, Organización Mundial de
Comercio (OMC), Pro Competencia, Pro Consumidor, Código de Ordenamiento del Mercado, Espacio Económico Europeo, Comisión Europea,
República Dominicana.
POLÍTICA DE COMPETENCIA EN
LA REPÚBLICA DOMINICANA:
PRIORITARIA EN LOS AÑOS
NOVENTA, VITAL EN LOS VEINTE

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