La propiedad industrial en la Republica Dominicana de oruga, mariposa

Páginas23883160

"La propiedad industrial en la República Dominicana: de "oruga" a "mariposa"

Alejandro Linares Villegas

Abogado de la firma Jorge Mera & Villegas.

RESUMEN:

Se analizan los cambios en la legislación dominicana sobre propiedad industrial a partir de la entrada en vigencia del DR-CAFTA.

PALABRAS CLAVES:

Propiedad Industrial, progreso, Ley 20-00, Ley 424-06, metamorfosis de “oruga” a “mariposa”, DR-CAFTA, República Dominicana.

Uno de los principales fundamentos de la Propiedad Industrial radica en la idea de progreso. Esta idea adquiere mayor aplicación en las sociedades desarrolladas, donde las exigencias que eso conlleva son ejecutadas planificadamente. De ahí que el progreso de dichas naciones es exaltado en su máximo grado por las invenciones o las creaciones, y si se quiere que estas se multipliquen debe naturalmente recompensarse a sus autores, otorgándoles el monopolio temporal y exclusivo de explotación, lo cual se deriva de los derechos de propiedad industrial. De ahí que esos derechos constituyan una ventaja social, por el impulso dado al progreso de la industria.

La existencia de naciones que han tenido como fuente principal de su economía la industria y la innovación permite establecer una correlación entre industria y desarrollo. Los Estados que poseen una capacidad industrial y tecnológica logran un alto desarrollo debido a la comercialización de sus productos en todo el mundo. En consecuencia, es prioridad gubernamental que los derechos de propiedad industrial adquieran una doble dimensión:

  1. Una debida protección nacional, mediante una legislación adecuada y armónica con el orden económico mundial; y,

  2. Una protección a nivel internacional, mediante tratados que garanticen los derechos fuera de las fronteras de origen.

Resulta sensato concluir que mientras más desarrollado se encuentre un país, más avanzadas deben ser sus leyes sobre propiedad industrial.

Independientemente de que la Organización de las Naciones Unidas haya definido a la República Dominicana como un “país en vías de desarrollo”, nos preguntamos: ¿cómo es posible que la República Dominicana, sin haber pasado por un proceso de industrialización como lo han hecho Estados Unidos, Inglaterra, España, Alemania, etc., ofrezca una protección de los derechos de propiedad industrial, comparable solamente con países como los antes mencionados?

Ante esta aparente contradicción entendemos que la “apertura comercial” a la que nos hemos avocado nos obliga a realizar un activo intercambio de bienes y servicios con el resto del mundo, lo que nos obliga a ajustar nuestra legislación a los parámetros internacionales.

Entre los beneficios ligados a esa apertura se cuentan el uso más eficiente de los recursos, la mayor competencia, el aumento del flujo de conocimiento y de la productividad y la mejora de las instituciones y políticas gubernamentales, lo cual se torna en una herramienta útil contra la inflación al estimular la inversión. Por lo tanto, un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR