Propiedad intelectual, territorialidad de la ley

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"Propiedad intelectual y territorialidad de la ley"

Orlando Jorge Mera

El pensador norteamericano Alvin Toffler, en su libro las Guerras del Futuro (1990) se refiere al actual proceso de transformación y modernización de la sociedad que se caracteriza por la globalización de los mercados y por la idea de que, aunque existen divisiones geográficas y políticas, el mundo se está convirtiendo en una sola comunidad.

Es mediante la conocida "revolución informática" que en la República Dominicana nos enteramos al segundo de la invasión de los Estados Unidos a Irak en 1991 a través de la señal de televisión, o que un estudiante dominicano puede comunicarse por el computador con un colega de Francia, o puede penetrar las bibliotecas más completas y famosas del mundo.

Se trata de la llamada "superautopista de la información", o la conexión múltiple internacional de una red de comunicación digital entrEuiiyersos puntos espaciales, que tanta controversia está ocasionado desde el punto de vista de la propiedad intelectual.

La controversia ha llegado al extremo de que mediante la utilización de la superautopista de la información, cuya ramificación primaria es el conocido "Internet", se pueden reproducir ilegalmente marcas, nombres comerciales, obras y servicios debidamente amparados por la ley sin el consentimiento de sus titulares. Y cabe preguntarse, ¿Qué ley se aplicaría por una violación a la propiedad intelectual en el espacio del "Internet"? Sobre todo en un mundo que cada vez se hace más extraterritorial.

Como bien se pregunta el jurista norteamericano David Post, de la Universidad de Georgetown, "¿Qué jurisdicción aplicar a un espacio virtual sin fronteras geográficas, cuyos vínculos terrestres -los ordenadores- pueden cambiar de lugar sin afectar a una información a menudo diseminada en la red?"

Aunque en la República Dominicana la piratería de programas de computadoras es alarmante, los litigios en esta importante área son incipientes, por lo que no existen tendencias jurisprudenciales en esta materia.

Sin embargo, en aplicación al principio de la territorialidad de la ley, las violaciones cometidas contra los derechos intelectuales a través del internet en la República Dominicana están sancionadas por la Ley No.32/86 sobre Derechos de Autor, del 4 de julio de 1986, Y sus reglamentos.

Por lo tanto, la competencia de los tribunales dominicanos está claramente definida por este texto legal así como por los principios del derecho común. Incluso...

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