La protección de datos personales en la era digital

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"La protección de datos personales en la era digital"

Carimer Guzmán

Abogada senior y directora del Departamento de Propiedad Intelectual de la firma Castillo y Castillo; miembro de la Junta Directiva de Adopi.

c.guzman@castillo.com.do

Resumen: Se analiza la protección de datos en la era digital, la situación actual de protección de datos personales y sus principios y garantías. También se incluye un breve análisis de la situación del marco jurídico actual de la República Dominicana.

Palabras claves: Privacidad, protección de datos, identidad digital, era digital, ciberespacio, comercio electrónico, perfil digital, República Dominicana.

INTRODUCCIÓN

Los avances tecnológicos de hoy en día no son para nadie un secreto. Todos, de una u otra forma, exponemos nuestra información en las distintas plataformas sociales de comunicación y mediante las distintas actividades que realizamos a través del internet.

Estos avances, además de incluir aspectos positivos para los individuos, las organizaciones, los países y el comercio en general, también traen consigo, muy especialmente en el aspecto de la privacidad, situaciones de peligro y vulnerabilidad respecto de los datos que se comparten.

Esto da lugar a que la protección de datos tome un rol importante. Nos encontramos inmersos en una era digital a través de la cual desarrollamos la mayoría o, me atrevería a decir, casi la totalidad de nuestras actividades cotidianas. Los propios avances tecnológicos nos obligan a hacerlo, pues de lo contrario seríamos considerados como desfasados, en una época en la que la tecnología de información y comunicación se mueve a grandes pasos y en una época en la que muchas veces no somos conscientes de qué tan expuestos estamos.

En vista de esto, no podemos obviar la necesidad de que la protección de datos se encuentre enmarcada por un sistema regulatorio adecuado y ajustado a las necesidades actuales, con el fin de salvaguardar nuestra intimidad.

PRIMERAS SEÑALES DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Desde el año 1948, en el momento en que la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos, fue consagrado el derecho a la privacidad.

Es en el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos donde se reconoce el derecho a la vida privada como un derecho humano:

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

De igual forma, el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966, estipula lo siguiente respecto de la privacidad:

  1. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación.

  2. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.

Como hemos podido comprobar, el derecho a la privacidad fue consagrado desde hace más de setenta años, y sin pensar en el importante rol que jugaría hoy día. Con el reconocimiento de este derecho se inician las primeras señales de salvaguarda de los datos personales, al estimarse la facultad que tenemos las personas de mantener la intimidad de nuestra información.

Es evidente que el derecho fundamental a la privacidad, entendido como el derecho que los individuos poseemos para separar aspectos de nuestra vida íntima del escrutinio público, se mantiene vigente y va tomando fuerza en las diferentes legislaciones a nivel internacional, puesto que cada día nos vemos más expuestos y, por ende, amenazados con los desarrollos y avances tecnológicos.

La mayoría de los países han optado por establecer la protección de la vida privada como un derecho de rango constitucional. A partir de tal configuración se ha iniciado la redacción de proyectos de leyes específicos. Sin embargo, se mantiene la necesidad de ofrecer una regulación integral de carácter internacional que contenga mecanismos preventivos que consideren el desarrollo tecnológico para poder completar la tutela que ya ofrecen la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

GENERALIDADES SOBRE LA PROTECCIÓN DE DATOS: CONCEPTOS, PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS

Luego de haber identificado de dónde nace el derecho a la privacidad, veamos algunos conceptos básicos relacionados a la protección de datos, con el fin de adentrarnos en el contexto de este derecho fundamental y la protección de la información de carácter personal.

Como se ha planteado, la realidad actual es que el mundo digital es predominante y que las relaciones laborales, interpersonales, educativas, etc., están siendo llevadas a cabo en dos espacios de manera concomitante. Uno denominado espacio físico, en el que las relaciones entre las personas y las organizaciones se desarrollan en el plano presencial, y un espacio virtual, mayormente conocido como "ciberespacio". Este último tiene gran preponderancia e incidencia en todas las actividades que realizamos.

Mucho se habla sobre el ciberespacio...

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