Cómo valorar la prueba penal

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Cómo valorar la prueba penal

Héctor Dotel Matos

Cuando no se altera la prueba de indicios, concediéndole más importancia de la que debe tener y realmente tiene; cuando el legislador la acepta como un medio eficaz de castigar muchos delitos, que de otra suerte quedarían impunes; cuando no es como la máscara que encubre el arbitrio judicial sin freno, la preconización de las convicciones íntimas y puramente subjetivas de los tribunales de cualquier clase que sean; cuando, en una palabra, no se pretende convertirla en verdadera panacea jurídica, que torne inútiles todas las restantes pruebas, siendo como el último recurso de los juzgadores para castigar, culpables o inocentes, a todos aquellos a quienes consideren dignos de pena; cuando esto sea así, creemos, la prueba indiciaria produce excelentes resultados, siendo un enérgico auxiliar en la administración de justicia.

Es evidente que la primera condición que en ella debe concurrir es que se hallen cabalmente circunscritas las facultades de los jueces y tribunales. Si el legislador deja al Juez el poder de condenar, tiene éste en sus manos un terrible derecho de vida y muerte, que fácilmente puede resultar en peligroso abuso.

Si, por una parte, el legislador debe temer circunscribir la libre facultad del Juez en términos demasiado estrechos, yerra igualmente cundo sólo establece algunas reglas demasiado generales y no bien determinadas, que dejan al Magistrado como dueño absoluto de su decisión y le transforman en un verdadero tribunal. De este error nacen sentencias en que sólo figuran por fórmula motivos insignificantes.

“Aprobaríamos con entera voluntad la ley que, ordenada con más sabiduría, obligase al Juez, por la claridad de sus disposiciones, a decidir los motivos jurídicos de su convicción.”

Así se expresaba Mittermaier, cuya autoridad en este punto nadie considerará sospechosa.

Pero es excesivamente difícil evaluar esta prueba. Las reglas que se dicten nunca pueden ser absorbentes ni diferentes de las que la lógica señala para el buen acierto en el razonamiento. Estas leyes son múltiples; varían según las circunstancias, según los casos, y, lo que es peor aún, suelen transformarse en los individuos por el carácter, por el temperamento, por la inteligencia, sapiencia y otras muchas condiciones, eternamente varias. Casi todas las legislaciones que hasta hoy facilitaron la condena por conjeturas, han intentado señalar reglas estrechas para su valoración. La sola ocurrencia de ser...

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