Pruebas antidopaje al borde de los derechos de los trabajadores

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"Pruebas antidopaje al borde de los derechos de los trabajadores"

Carlos Cabrera Jorge

Abogado asociado de la firma Pereyra & Asociados.

carloscabrera.jorge@gmail.com

Resumen: Se pasa revista a varias decisiones del Tribunal Constitucional (TC) dominicano, de la Suprema Corte de Justicia y de la jurisprudencia comparada en torno a la aplicación de exámenes para la detección del consumo de drogas ilícitas en las empresas, con el fin de extraer una dogmática que permita a los usuarios aplicar de manera clara los preceptos legales que regulan el tema preservando los derechos de los trabajadores sujetos a esos exámenes.

Palabras Clave: Prueba antidopaje, consumo de drogas, derecho a la intimidad, despido justificado, derechos fundamentales, Tribunal Constitucional, Suprema Corte de Justicia, Código de Trabajo, derecho del trabajo, República Dominicana.

PLANTEAMIENTO

Las pruebas antidopaje son exámenes de laboratorio que detectan la existencia de sustancias químicas determinadas en el cuerpo humano, sean estas drogas ilegales o medicamentos controlados (por prescripción médica). En el ámbito de los deportes, estas pruebas se utilizan para detectar sustancias que incrementan el rendimiento de los atletas de manera fraudulenta. En el contexto laboral, las pruebas antidopaje permiten descartar el uso de estimulantes ilegales. Dentro de los más comunes podemos mencionar la marihuana, la cocaína, el crack, así como anfetaminas, metanfetaminas, benzodiacepinas, opiáceos, etc.

Una preocupación recurrente de los gerentes de empresas, al margen de su tamaño e incluso del tipo de actividad a la que se dediquen, consiste en purgar de sus organizaciones a personas con el hábito de consumir sustancias de las ya señaladas. Diversos son los motivos expresados por los empleadores para justificar su interés en desvincular a los usuarios de drogas ilegales de sus puestos de trabajo: temor a involucrar a la empresa en una pesquisa de carácter criminal, el riesgo implícito para el propio trabajador y la empresa por la probabilidad de que la droga pueda alterar la conducta o la conciencia del trabajador, la protección de la imagen corporativa de la empresa e incluso consideraciones de tipo moral o religioso.

Dejando de lado cualquier juicio de valor sobre los indicados motivos, la realidad es que las pruebas de laboratorio antidrogas se han incorporado a los procesos de evaluación del personal de las empresas públicas y privadas, tanto como requisito para la selección del nuevo empleado, como durante la ejecución del contrato de trabajo. Para comprobar esta afirmación basta con que el lector revise el catálogo de servicios para empresas que publican en sus páginas web las principales cadenas de laboratorios clínicos que operan en nuestro país.

Las disposiciones legales que parecen justificar la atribución de los empleadores para exigir a sus trabajadores —potenciales o vigentes— que se sometan a las indicadas pruebas de laboratorio son el artículo 44 del Código de Trabajo dominicano y el artículo 7.14 del Decreto 522-06, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Por un lado, el artículo 44.1 del Código de Trabajo establece como una de las obligaciones del trabajador: "Someterse a reconocimiento médico a petición del empleador, para comprobar que no padece ninguna incapacidad o enfermedad contagiosa que lo imposibilite para realizar su trabajo". Por otra parte, el artículo 7.14 del Decreto 522-06, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, dispone que las pruebas de laboratorio podrán ser realizadas por lo menos una vez cada año, pero no establece límites máximos para la frecuencia de dichas pruebas: "El empleador garantizará a los trabajadores a su servicio, la vigilancia periódica de su estado de salud, en función de los riesgos inherentes al trabajo. Dicha periodicidad nunca excederá de un año."

Sin embargo, al examinar estas disposiciones legales y reglamentarias salta a la vista que fueron redactadas con la intención de regular la vigilancia integral de la condición de salud de los trabajadores por parte del empleador y de las enfermedades que pudieran afligirles, sin referirse al caso particular del antidopaje.

Visto lo anterior, existen juristas, dentro de los que podemos citar al maestro Lupo Hernández Rueda, que han sostenido la tesis de que los exámenes antidrogas solo...

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