Registro Mencartir

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"Registro Mencartir"

José Luis Taveras

Una ley exquisitamente .

En el año 2002 se votó en República Dominicana la Ley 3-02 sobre Registro Mercantil que trató de adecuar esta entidad a las realidades y tendencias legislativas e institucionales modernas. La Ley No. 5260 sobre establecimiento de Empresas Comerciales o Industriales, Registro Mercantil e Inscripción Industrial del 30 de noviembre de 1959, la cual sustituyó la No. 36 30 de septiembre de 1953, instauró el Registro Mercantil. Esta Ley fue un instrumento normativo precario, ya que e apena seis artículos pretendía agotar y reglamentar una institución como ésta, tan compleja y valiosa en la organización de la vida comercial dé s 1, un país. Durante mucho tiempo la República Dominicana se vio privada de un Registro Mercantil funcional, confiable, actualizado y ordenado, constituyendo, esta situación, una seria limitación a la articulación e implementación de ciertas políticas de planificación económica y organización comercial.

La obsolescencia de la ley y la infuncionalidad del Registro, más las crecientes demandas de la vida empresarial empujaron a una nueva iniciativa legislativa que se expresó oficialmente en la Ley 3-02 del 2002, una pieza mucho más acabada que su predecesora en términos regulatorios y organizativos. Sin embargo, en esta nueva propuesta legal subyace una visión fragmentaria del derecho comercial que le sustrajo eficacia y coherencia.

No existen estándares uniformes que permitan valorar la calidad de una ley, pero si midiéramos cualitativamente la norma positiva en función de la cobertura de su ámbito reglamentario, su perspectiva previsora, su unidad o equilibrio interno o la claridad de su texto, debemos ineludiblemente convenir en que la Ley 3-02 es mala. Esta apreciación se sustenta en valoraciones estrictamente objetivas, porque felizmente desconozco las personas que trabajaron en su formulación.

Muchos podrían acusarnos de ser cáusticos, severos o soberbios, al usar un calificativo tan ácido o franco como éste, pero creo que es el más apropiado, habida cuenta la oportunidad legislativa desperdiciada que representó este esfuerzo. No le niego a la ley sus méritos, pero, sin conocer el contexto de su aprobación, entiendo que debió presentarse o someterse algo mejor.

La ley hace omisiones inexcusables, crea algunas dispersiones sistémicas y suscita innecesarias confusiones interpretativas por las ambigüedades de algunas de sus disposiciones. A seguidas realizaré algunas ponderaciones valorativas con relación a estos aspectos.

OMISIONES DOLOROSAS:

  1. Ausencia de un Registro Nacional:

    La Ley 3-02 instituye un Registro Mercantil local llevado por las Cámaras de Comercio y Producción y no crea un registro central que ordene, clasifique y concentre todas las informaciones de los registros provinciales.

    En la mayoría de las legislaciones del mundo, en materia de Registro Mercantil, existe un repertorio central o nacional que permite el acceso a la información mercantil suministrada por los Registros Mercantiles locales o provinciales.

    En algunos países como España, la publicidad formal suministrada por el Registro Mercantil Central tiene un carácter informativo, ya que para obtener una certificación o nota simple del contenido total de los asientos regístrales, se debe acudir al Registro Mercantil provincial correspondiente. En Francia, el Instituto Nacional dela Propiedad Industrial es el órgano encargado de conservar y administrar el Registro Nacional, que se nutre de las informaciones derivadas de los registros locales que son llevados por el "greffier", que es el Secretario del tribunal de comercio, entidad judicial encargada de la tenencia y gestión de cada registro local.

    Este registro central tiene un valor inestimable, ya que en materia económica constituye un rico banco de datos que forman las bases de estudios estadísticos empresariales o societarios y en materia fiscal permite obtener informaciones confiables relativas al estatus general y patrimonial de cada negocio o sociedad comercial. A través del...

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