Registros del estado civil

AutorRaúl Reyes Vásquez
Páginas199-208
199
TÍTULO II
REGISTROS DE ESTADO CIVIL
Los registros, conocidos más corrientemente como libros, son los
instrumentos materiales donde se asientan las actas. Fueron catalogados, desde
sus orígenes, como “depósitos sagrados”; están “bajo la guarda de los oficiales
civiles, pero no a su discreción”210. Se llaman registros de estado civil porque
su objeto directo es la constatación del estado de la persona desde el punto de
vista del derecho civil211. La ley enumera cinco clases de registros: matrimo-
nios (civiles y canónicos), nacimientos (oportunos y tardíos), reconocimien-
tos, divorcios y defunciones. En los últimos tiempos han sido incorporados el
Registro de Adopciones y el Libro de Extranjería. Los registros son suministra-
dos por la JCE. El oficial del estado civil no puede hacerlos confeccionar por
su cuenta ni destinarlos a un fin distinto.
A pesar de esa diversidad en este orden, el derecho ha sido desbor-
dado por los hechos. El desarrollo social, la multiplicación de las institu-
ciones y las realidades nuevas han hecho acto de presencia en nuestro
entorno, han venido aparejadas de demandas impostergables para regis-
trar hechos no comprendidos en los inicios de la ley, cuya notoriedad no se
210 En el país de orige n de nuestra legis lación sobre la mate ria, los regist ros fueron estab lecidos por la ord enanza de 1736.
211 AUBRY, C. et RAU, C. Cours de Droit Civil Francais: Paris, Librairie Marchal & Billard, Tome premier, 1936, p. 32, nota 2.
Registro de Estado Civil.indd 199 4/10/15 2:34 PM

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR