Reglamento Nº 1353. Reglamento para la Compra de Bienes Mobiliarios por Parte del Estado.

Número de reglamento1353
Fecha de disposición03 Diciembre 1941
Número de registro3274847
Fecha de publicación01 Enero 1941
Número de Gaceta5675
4&
hgda~ehta
gam
Is
compra
de
bknes
tmbiliarioe
por
.parte
del
ht&+
6.
0.
NQ
W76,
del
6
&
Xkkk&me
de
194.
M.
DE
J.
TRONCOGO
Db:
LA
CONCHA,
Presidente
de
la
RcpiibIia
DaaiRicuc
4
NmmRO
1358.
del
articulo
49
de
la
Constituci5n de
la
RepGblica;
mayo
de
1929,.
NQ
1113,
En
ejercicio de la atribucih que me confiere
el
hciso
39
Visto
el
articulo
14
de
la
Ley
de
Hacienda,
de
feeha
3
de
He
dictado
el siguiente
-0
PARA
LA
OOaaPRA
DE
BE%ES
MOBIUARJOS
POI3
PARm
DBL
ISTAW.
Art.
1
.-
Toda compra de Menes
mabilisrios
dispueda
par
el
Gobierno, que represente un egreso en
total
de
msS
de
QUI-
NTENTUS
PESOS
($500.00)
deberii
ser
efectuda
.mediante
concurso,
Ilenhdose
10s
requisitos que
se
establecen
en
el pre-
sente
Beglamento.
Art.
2.-
Dispuesta
o
autorizada
la
compra,
la
Oficina
de
Suministros-harii
fijar
en iablillas colqCadas en dieha oficina,
en un lugar de libre acceso a1 p~blico,-un aviso anunciando la
apertiira
de un concurso
para
la adquisicibn del articulo
o
a&i-
culos
de que se trate, debiendo
figurar
en dicho aviso
tdas
las
especihciones del articulo
o
ck
10s
articulos
sdicitahs'cn
comprs,
la
indicaci6n del
plazo
,para
la
presentaci6n de
ofer-
tas,
asi
como
todos
10s
detalles que puedan
ser
de
utilidad
para
10s CoIPcurrentes.
Art.
3.-
Una capia del aviso indicado en el articulo ante-
rior deberii ser enviada por
la
Oficina
de
Suministros
a
cads
una
de
las
personas
o
cas85
comercialets
que
habieren
inscri-
to
BPS
nombres
en
la mmcionada
Oficina,
mmo
interesado
en
la
venta
de mercancias
o
efectos
para
us0
del Gobierno, de
Is,
clase que se bate en el
concurso.
Tambi6n deberii
enviarse
una
copia de dicho aviso
a
cada una de
las
Secretarias de
las
Ciima-
ras
de Cmercio, Industria
y
Agricultula
oficiales.
Art.
4.-
hs
interesados derberh remitir
sus
proposicio-
nes por escrito, bzjo soibre
cerrado
y
krado,
al
fkmttuio
de
Estado
del Tesoro
y
Comercio, quien,
al
vencimiento del
plazo
que
se
hubiere fijado
para
la
recepCi6n de
las
mismas,
las
en-
tregarii
al
Presidente de
la
Comisih
de
BtEministros
creada
por
el
presente
Reghcpto~
la
cual
procederti
a
laapertunr
de

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