Reglamento Nº 262-92. Reglamento de Aplicacion del Decreto N° 239-92 que Dispone la Ampliacion de las Funciones de la Comision para el Estudio de las Propuestas de Inversion y Desarrollo de Samana.
Fecha de disposición | 25 Agosto 1992 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1992 |
Número de registro | 3332724 |
Número de reglamento | 262-92 |
Número de Gaceta | 9841 |
-22
y dos; aiio 149O de la Independencia y 129O de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
Reglamento Procedimental
No.
262-92 de aplicacion del Decreto
No.
239-92 que
dispone la ampliacion de las funciones de la Comision para el Estudio de las
Propuestas de Inversion
y
Desarrollo de Samana.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 262-92
CONSIDERANDO: Que el Decreto No.239-92 de fecha 27 de julio de 1992,
dispone la ampliacion de las funciones de la Comision para el Estudio de las Propuestas de
Inversion y Desarrollo de Samana, creada mediante el Decreto No.405-87 del 4 de agosto
de 1987, con fines de llevar a cab0 10s trabajos adicionales especificados en dicho Decreto;
CONSIDERANDO: Que para tales fines se faculta a la susodicha Comision a
organizar un equipo de trabajo con personal tecnico calificado en las diferentes disciplinas
involucradas;
CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto por dicho Decreto, 10s trabajos,
proyectos y obras involucradas seran autofinanciados con 10s recursos generados por el
proceso de desarrollo en cuestion;
VISTO el Decreto No.239-92, de fecha 27 de julio de 1992
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de
la Republica,
REGLAMENTO PROCEDIMENTAL DE APLICACION DEL DECRETO No.239-92,
QUE DISPONE LA AMPLIACION DE LAS FUNCIONES DE LA COMISION PARA
EL ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS DE INVERSION
Y
DESARROLLO DE
SAMANA.
Articulo 1.-REGULARIZACIONES DE EXPROPIACION
Y
VENTAS.-
A) En cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 1, Parrafo I, Incisos a) y
g) del Decreto No.239-92, el Equipo Tecnico Legal procedera a obtener la cancelacion de
todos 10s Certificados de Titulo de 10s terrenos cuya expropiacion ha sido debidamente
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