Reglamento Técnico Ambiental para la Transportación Terrestre de Sustancias y Materiales Peligrosos.

Fecha de publicación02 Marzo 2023
Año2023
Tipo de documentoReglamentos

La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio del 2015 dispone en su artículo 67 que “constituyen deberes del Estado prevenir la contaminación, proteger y mantener el medio ambiente en provecho de las presentes y futuras generaciones. En consecuencia toda persona tiene derecho, tanto de modo individual como colectivo, al uso y goce sostenible de los recursos naturales; a habitar en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo y preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y de la naturaleza; y el Estado promoverá, en el sector público y privado el uso de tecnologías y energías alternativas no contaminantes.”

Dentro de los Principios que guían el Derecho Ambiental se encuentra: Principio de Prevención, que se refiere a los daños o riesgos en los que es posible conocer las consecuencias derivadas del desarrollo de un determinado proyecto, obra o actividad, de modo que la autoridad competente pueda adoptar decisiones antes de que el riesgo o el daño se produzcan, para reducir sus repercusiones o evitarlas.

La Ley No.64-00, General Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales de fecha 18 de agosto de 2000 tiene por objeto establecer las normas para la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales, asegurando su uso sostenible. Así mismo, crea el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales como organismo rector de la gestión del medio ambiente, los ecosistemas y de los recursos naturales, para que cumpla con las atribuciones que de conformidad con la legislación ambiental en general, corresponden al Estado, con el fin de alcanzar el desarrollo sostenible.

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, como responsable del sector ambiental, debe procurar el mejoramiento progresivo de la gestión, administración e instrumentos para reglamentar y normar la contaminación del aire, suelo y agua, para la protección y mejoramiento de la calidad ambiental. En ese sentido, también es el encargado de regular las acciones, actividades o factores que puedan causar deterioro o degradación, a fin de disminuir la contaminación sobre el medio ambiente y la salud humana.

La Ley No. 64-00, dispone en su Artículo 77 que todos los organismos del Estado y las instituciones privadas desarrollarán acciones de...

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