Resolución Nº 0004-2025 de Ministerio de Medio Ambiente, 2025

Número de resolución0004-2025
Año2025
Fecha28 Febrero 2025
Tipo de documentoResoluciones
T
n
-
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
MEDIO
AMBIENTE
RESOLUCIÓN
NÚM.
0004/2025
QUE
DISPONE
LA
CLAUSURA
Y
EL
CIERRE
TÉCNICO
DEL
VERTEDERO
DEL
DISTRITO
MUNICIPAL
DE
BOCA
DE
YUMA,
PROVINCIA
LA
ALTAGRACIA,
DE
CONFORMIDAD
CON
LAS
DISPOSICIONES
DE
LA
RESOLUCIÓN
NÚM.
0036-2021
SOBRE
LOS
PLANES
DE
REGULARIZACIÓN
DE
LOS
SITIOS
DE
DISPOSICIÓN
FINAL
DE
RESIDUOS
SÓLIDOS
URBANOS
DEL
MINISTERIO
DE
MEDIO
AMBIENTE
Y
RECURSOS
NATURALES.
CONSIDERANDO:
Que,
el
artículo
65,
acápite
1,
de
la
Constitución
estipula
que
constituyen
deberes
del
Estado
prevenir
la
contaminación,
proteger
y
mantener
el
medio
ambiente
en
provecho
de
las
presentes
y
futuras
generaciones,
y
en
consecuencia
todas
las
personas
tienen
derecho,
tanto
de
modo
individual
como
colectivo,
al
uso
y
goce
sostenible
de
los
recursos
naturales,
y
a
habitar
en un
ambiente
sano,
ecológicamente
equilibrado
y
adecuado
para
el
desarrollo
y
preservación
de
las
distintas
formas
de
vida,
del
paisaje
y
de
la
naturaleza.
CONSIDERANDO:
Que
el
artículo
66 de
la
Constitución
reconoce
la
protección
del
medio
ambiente
como
uno
de
los
derechos
colectivos
y
difusos
que
el
Estado
debe
garantizar
para
la
conservación
del
equilibrio
ecolágico,
la
fauna
y la
flora
que
permita
la
vida
y la
salud
de
las
personas,
así
como
el
desarrollo
sostenible
de
las
sociedades.
CONSIDERANDO:
Que
de
conformidad
con
el
artículo
67 de
la
Constitución,
constituye
un
deber
del
Estado
prevenir
la
contaminación,
proteger
y
mantener
en
provecho
de
las
presentes
y
futuras
generaciones
el
medio
ambiente.
Debiendo
procurar
el
hábitat
en un
ambiente
sano,
ecológicamente
equilibrado
y
adecuado
para
el
desarrollo
y
preservación
de
las
distintas
formas
de
vida,
del
paisaje
y la
naturaleza.
CONSIDERANDO:
Que
la
Ley
Núm.
64-00,
General
sobre
Medio
Ambiente
y
Recursos
Naturales,
establece
las
directrices
para
la
conservación,
protección,
mejoramiento
y
restauración
del
medioambiente
y
los
recursos
naturales,
facultando
al
Ministerio
de
Medio
Ambiente
y
Recursos
Naturales
como
el
organismo
encargado
de
coordinar
y
ejecutar
políticas
ambientales
que
aseguren
la
gestión
sostenible
de
los
recursos
y el
cumplimiento
de
las
normativas
ambientales.
CONSIDERANDO:
Que,
la
Ley
General
sobre
Medio
Ambiente
y
Recursos
Naturales
núm.
64-00,
dispone
en su
artículo
8
que
el
criterio
de
prevención
prevalecerá
sobre
cualquier
otro
en
la
gestión
pública
y
privada
del
medio
ambiente
y
los
recursos
naturales,
y
no
pudiendo
alegarse
la
falta
de
una
certeza
cientifica
absoluta
como
razón
para
no
adoptar
medidas
preventivas
y
eficaces
en
todas
las
actividades
que
impacten
negativamente
el
medio
ambiente,
conforme
al
principio
de
precaución.
CONSIDERANDO:
Que
la
Ley
núm.
1-12
que
establece
la
Estrategia-Nacional
de
Desarrollo
2030,
del
12
de
enero
de
2012,
definió
como
meta,
en
el
cuarto,
estratégico,
procurar
“una
sociedad
con
cultura
de
producción
y
consumo
sostenible;
ue_gestiona
E:Qn
equidad
y
eficacia
los
riesgos
y la
protección
del
medioambiente
y
lo:
/'r,
Curs
una
adecuada
adaptación
al
cambio
climático”;
ese
y
otros
ejes
cóp
específicas
relacionadas
con
el
tema
de
los
residuos,
su
imp%égg
en
E
Página
1
de
6
Avenida
Cayetano
Germosén
esquina
Gregorio
Luperón
El
Pedregal
SantoDomingo
República
Dominicana
TELÉFONO
809
567
4300
-
LINEA
VERDE
(WHATSAPP)
89
356
6400
809 200
6400
AMBIENTECOB.DO

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR