Resolución nº 003-2019 del Consejo del Poder Judicial, 13-03-2019

Fecha de la decisión13 Marzo 2019
Número de resolución003-2019
EmisorConsejo del Poder Judicial
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REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
______________________________________________________________________________________________________________
Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza,
Maimón y Estero Hondo, D. N. • Tel.: 809-533-3191 • Email: consejopoderjudicial@poderjudicial.gob.do
Resolución m. 03 /2019 que deroga y deja sin efecto la
re solución 16/20 18 , que establece el Reglamento que Organiza el
Sistema de Escalafón Judicial y el Sistema de Provisión de Cargos
Judiciales.
Dios, Patria y Libertad
República Dominicana
En Nombre de la República, el Consejo del Poder Judicial
regularmente constituido por los miembros Mariano Germán Mejía,
Presidente; Sara I. Henríquez Marín, Etanislao Radhamés Rodríguez,
Fernando Fernández Cruz, y Leonardo Recio Tineo, asistidos de Edgar
Torres Reynoso, Secretario General, en Santo Domingo de Guzmán,
Distrito Nacional, hoy trece (13) del mes de marzo de dos mil diecinueve
(2019), a los 17 años de la Independencia y 156° años de la
Restauración, dicta en Cámara de Consejo, la siguiente resolución:
VISTOS(AS):
1. La Ley No. 327-98, del 9 de julio de 1998, sobre Carrera Judicial;
2. La Ley No. 50-00, del 11 de abril del 2000, que modifica la Ley No.
821, de 1927, sobre Organización Judicial;
3. El Reglamento de Carrera Judicial, del 1ro de noviembre de 2000
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REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
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Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza,
Maimón y Estero Hondo, D. N. • Tel.: 809-533-3191 • Email: consejopoderjudicial@poderjudicial.gob.do
(Mod. Por la Res. No. 942-2004, de fecha 9 de junio del 2004);
4. La Resolución No. 1960-08, del 19 de junio de 2008, que establece
el Reglamento que organiza el Sistema de Escalafón Judicial y el
Sistema de Provisión de Cargos Judiciales;
5. Los Artículos 150 y 154, numeral 4; 155 y 156 de la Constitución de
la República;
6. Ley 28-11, del 20 de enero 2011, Orgánica del Consejo del Poder
Judicial;
7. La Resolucn No. 1-2011, del 1ro de abril de 2011, sobre medidas
para viabilizar el proceso de evaluación del desempeño de los
jueces correspondiente al año 2010;
8. La Resolución No. 03-2014, de fecha 19 de mayo de 2014, que
establece el Reglamento de Control Administrativo Interno del
Poder Judicial;
9. La Resolución No. 02/2015, de fecha 22 de enero de 2015, que
modifica los Arts. 16, 50, 56, 57, 58 y 59 de la Res. 03-2014;
TÍTULO I
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CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
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Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza,
Maimón y Estero Hondo, D. N. • Tel.: 809-533-3191 • Email: consejopoderjudicial@poderjudicial.gob.do
DEL SISTEMA DE ESCALAFÓN
JUDICIAL Y PROVISIÓN DE CARGOS
JUDICIALES
CAPÍTULO I
GLOSARIO DE TÉRMINOS
ARTÍCULO 1. Para la aplicación de este reglamento se entenderá por:
1. Antigüedad en la Categoría: Tiempo que ha permanecido un
Juez(a) en una posición determinada en la categoría judicial.
2. Ascenso: Promoción de un Juez(a) de una categoría o jerarquía a
otra superior.
3. Capacidad: Cualidad o idoneidad que posee un Juez(a) para el
ejercicio de su función.
4. Cambio: La transferencia mutua del lugar de trabajo, consensuada
entre dos o más jueces dentro de la misma jerarquía y categoría con
igual régimen salarial.
5. Carrera Judicial: Sistema instituido sobre el fundamento de valores,
principios y reglas contenidos en la Constitución, leyes,

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