Resolución Nº 0064. Resolucion del P.E. que Autoriza el Matrimonio de la Menor Angela Maria Teresa Paradas Con Horacio Garcia.

Fecha de disposición24 Diciembre 1913
Número de resolución0064
Número de registro3361596
Fecha de publicación01 Enero 1913
Número de Gaceta2463
-276-
trece (13) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y seis,
aiio
153 de la
Independencia y
134
de la Restauracih.
Enrique Pujals
Secretario
Amable Aristy Castro
Presidente
Rafael Octavio Silverio
Secretario
LEONEL
FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55
de la
Constitucih de la Repdblica.
PROMULGO la presente Resoluci6n y mando que sea publicada
en
la
Gaceta Oficial, para
su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la
Repdblica Dominicana, a 10s tres
(3)
dias del mes de abril del
aiio
mil novecientos noventa
y
siete, aiio 154 de la Independencia y 134 de la RestauraciQ.
Leone1 Fernhndez
Ley General de Educacihn,
No.
66-97
(G.
0.
No.
9951, del 10 de abril de 1997).
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No.
66-97
HA
DADO
LA
SIGUIENTE
LEY:
-277-
TITULO I
CONSIDERACIONES GENERALES
CAPITULO I
DEL OBJETO Y ALCANCE DE LA LEY
Articulo
1.-
La
presente ley garantiza el derecho de todos
10s
habitantes del
pais a la educaci6n. Regula, en el campo educativo, la labor del Estado
y
de
sus
organismos
descentralizados
y
la de 10s particulares que recibieren autorizaci6n
o
reconocimiento
oficial a 10s estudios que imparten. Esta ley, ademh, encauza la participacih de 10s
distintos sectores en el proceso educativo nacional.
P6rrafo.-
Los
asuntos especificos relacionados con la educaci6n superior
son objeto de leyes especiales, complementarias a la presente ley.
Articulo
2.-
A
partir de la promulgaci6n de la presente ley, la Secretaria de
Estado de Educacibn, Bellas Artes
y
Cultos se denominara Secretaria de Estado de
Educaci6n
y
Cultura.
Articulo
3.-
Esta ley regula
las
atribuciones de la Secretaria de Estado de
Educacidn
y
Cultura como representante del Estado en materia de la educacidn, de la
cultura
y
del desarrollo cientifico
y
tecnol6gico del
pais
en el imbito de su jurisdicci6n.
CAPITULO I1
PRINCIPIOS
Y
FINES DE LA EDUCACION DOMINICANA
Articulo
4.-
La
educaci6n dominicana se fundamenta en 10s siguientes
principios:
a)
La
educaci6n es
un
derecho permanente e irrenunciable del ser humano. Para
hacer efectivo su cumplimiento, cada persona tiene derecho a una educacidn
integral que le
pennita
el desarrollo de su propia individualidad
y
la
realizaci6n de una actividad socialmente 6ti1, adecuada a su vocaci6n
y
dentro de las exigencias del interis nacional
o
local,
sin ningiin tip0 de
-278-
h)
k)
discriminaci6n por raz6n de raza, de sexo, de credo, de posici6n econ6mica
y
social
o
de cualquier otra naturaleza;
Toda persona tiene derecho a participar de la vida cultural y
a
gozar de 10s
beneficios del progreso cientifico
y
de sus aplicaciones;
La educacidn estari basada en el respeto a la vida, el respeto
a
10s derechos
fundamentales de la persona, a1 principio de convivencia democrktica y a la
bhqueda de la verdad
y
la solidaridad;
La educaci6n dominicana se nutre de la cultura nacional y de 10s mh altos
valores de la humanidad y est5 a su servicio para enriquecerlos;
Todo el sistema educativo dominicano se fundamenta en 10s principios
cristianos evidenciados por el libro del Evangelio que aparece en el Escudo
Nacional y en el lema “Dios, Patria y Libertar”.
El patrimonio histbrico, cultural, cientifico
y
tecnol6gico universal,
y
el
propio del pais, son fundamentos de la educacidn nacional;
La familia, primera responsable de la educacidn de sus hijos, tiene
el
deber
y
el derecho de educarlos. Libremente, decidirfi el tipo y la forma de educaci6n
que desea para sus hijos;
La educacibn, como medio del desarrollo individual y factor primordial del
desarrollo social, es un servicio de inter& piiblico nacional, por lo que es
una responsabilidad de todos. El Estado tiene el deber y la obligaci6n. de
brindar igualdad de oportunidad de educaci6n en cantidad y calidad,
pudiendo ser ofrecida por entidades gubernamentales y no gubernamentales,
con sujeci6n a 10s principios y normas establecidos en la presente ley;
LA
educaci6n dominicana se fundamenta en 10s valores cristianos, Cticos,
esteticos, comunitarios, patribticos, participativos y democrkicos en la
perspectiva de amonizar las necehidades colectivas con las individuales;
Es obligaci6n del Estado, para hacer efectivo el principio de igualdad de
oportunidades educativas para todas las personas, promover politicas y
proveer
10s
medios necesarios
al
desarrollo de la vida educativa, a travCs de
apoyos de tip0 social, econ6mico y cultural a la familia y a1 educando,
especialmente de proporcionar a 10s educandos las ayudas necesarias para
superar las carencias de tip0 familiar
y
socio-econ6mico;
La
libertad de educaci6n es un principio fundamental del sistema educativo
dominicano, de conformidad con las prescripciones de
la
Constituci6n;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR