Resolución Nº 01/2004 del Banco Central de la República Dominicana, 06-02-2004

Fecha06 Febrero 2004
EmisorBanco Central (República Dominicana)
-DESIGNACION-
RESOLUCION JM 040205-01
-FECHA-
2004/02/05
-TITULO-
PRIMERA RESOLUCION DE FECHA 5 DE FEBRERO DEL 2004 QUE APRUEBA LA
VERSION DEFINITIVA DEL REGLAMENTO CAMBIARIO
-MODIFICACION-
PRIMERA RESOLUCION DEL 16 DE OCTUBRE DEL 2003;
CUARTA RESOLUCION DEL 25 DE NOVIEMBRE DEL 2004;
DECIMOTERCERA RESOLUCION DEL 10 DE MARZO DEL 2005;
DECIMOCUARTA RESOLUCION DEL 29 DE MARZO DEL 2005;
SEPTIMA RESOLUCION DEL 23 DE MARZO DEL 2006
-DESCRIPTORES-
APROBACION VERSION DEFINITIVA; REGLAMENTO CAMBIARIO
-TEXTO-
AVISO
Por este medio se hace de pública conocimiento que la Junta Monetaria ha dictado su
Primera Resolución de fecha 5 de febrero del 2004, cuyo texto se transcribe a
continuación:
“VISTOS el literal g) del Art. 4, literal c) del Art. 9 y Arts. 28, 29 y 30 de la Ley
Monetaria y Financiera No.183-02 del 21 de noviembre del 2002;
VISTA la Primera Resolución dictada por la Junta Monetaria el 16 de octubre
del 2003, contentiva del Proyecto de Reglamento ‘Cambiario’, publicado en uno
o más diarios de amplia circulación nacional para fines de consulta con los
sectores interesados;
VISTO el Reglamento ‘Cambiario’ en su versión definitiva, elaborado por el
Banco Central de la República Dominicana con la colaboración de la
Superintendencia de Bancos, en virtud de las disposiciones del Art.15 de la Ley
No.183-02, referida;
CONSIDERANDO que el Art.9 de la Ley Monetaria y Financiera, confiere a
la Junta Monetaria la facultad de dictar los Reglamentos para el desarrollo de
la Ley;
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CONSIDERANDO que se recabaron las opiniones de los sectores interesados,
en cumplimiento de lo dispuesto en el literal g) del Art.4 de la misma Ley;
CONSIDERANDO que se han cumplido todos los requisitos establecidos en
la Ley para la aplicación del Reglamento ‘Cambiario’;
Por tanto la Junta Monetaria
R E S U E L V E:
Aprobar el Reglamento ‘Cambiario’ y autorizar su publicación, el cual, copiado
a la letra dice así:
ADMINISTRACION MONETARIA Y FINANCIERA
JUNTA MONETARIA
Reglamento
“Cambiario”
Febrero, 2004
REGLAMENTO CAMBIARIO
TITULO I
OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES.
Artículo 1. Objetivo y Alcance. El Reglamento Cambiario tiene como objetivo
establecer las normas, políticas y procedimientos que regulan las operaciones en
divisas del mercado cambiario en el territorio nacional, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Monetaria y Financiera No.183-02 del 21 de noviembre de
2002, a fin de contribuir al correcto funcionamiento del mercado, en un entorno
de competitividad y eficiencia, para preservar la estabilidad de precios y de la
balanza de pagos del país.
Las operaciones cambiarias que se originen en el extranjero, para ejecutarse en
República Dominicana, se sujetarán a la legislación dominicana. Todos los
participantes en el mercado cambiario de la República Dominicana estarán
sujetos a la presente regulación.
Artículo 2. Para los fines del presente Reglamento, los términos siguientes
tendrán los significados que se detallan a continuación:
a. Banco Central: Se refiere al Banco Central de la República Dominicana.
b. COMA: Se refiere al Comité de Operaciones de Mercado Abierto del Banco
Central.

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