Resolución Nº 02/2000 del Banco Central de la República Dominicana, 10-03-2000

Fecha10 Marzo 2000
EmisorBanco Central (República Dominicana)
-DESIGNACION-
RESOLUCION JM 000309-02
-FECHA-
2000/03/09
-TITULO-
SEGUNDA RESOLUCION DE FECHA 9 DE MARZO DEL 2000 QUE DISPONE EL
ESTABLECIMIENTO, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2000, DE UN TOPE AL SALDO
DE LA CARTERA DE CRÉDITOS DE LOS BANCOS MÚLTIPLES PRIVADOS AL SECTOR
PÚBLICO CONSOLIDADO
-MODIFICACION-
NINGUNA
-DESCRIPTORES-
CARTERA DE CREDITOS; BANCOS MULTIPLES
-TEXTO-
Para los fines correspondientes, tengo a bien informarle que la Junta Monetaria ha dictado
Segunda Resolución de fecha 9 de marzo del 2000, cuyo dispositivo expresa lo siguiente:
"1. Disponer el establecimiento, hasta el 31 de diciembre del 2000, de un tope al saldo de la
cartera de créditos de los bancos comerciales y de servicios múltiples privados al sector
público consolidado, al nivel registrado el 29 de febrero del año 2000, en el entendido de que
las violaciones al tope establecido estarán sujetos a los cargos previstos en el Artículo 23 de
la Ley General de Bancos No.708 del 14 de abril de 1965.
2. Las referidas instituciones podrán ajustar el mencionado tope, en el caso exclusivo de que
hayan contraído compromisos con el sector público con obligatoriedad de desembolsos que
están pendientes de entrega, a la fecha de publicación de esta Resolución, en cuyo caso
deberán notificarlo al Banco Central con las documentaciones que avalen dichas operaciones,
para lo cual contarán con un plazo de quince (15) días laborables, a partir de la fecha indicada.
3. Las disposiciones a que se refiere el Ordinal 1 que antecede, podrán ser revisadas al finalizar
el primer semestre de su aplicación.
4. La Gerencia del Banco Central deberá establecer los mecanismos que estime necesarios para
la aplicación de esta disposición y velará por el fiel cumplimiento de la misma.
5. Esta Resolución, que deberá ser publicada en uno o más diarios de amplia circulación
nacional, deja sin efecto cualquier otra disposición de la Junta Monetaria en el (los) aspecto(s)
que le sea(n) contrario(s)."
-END-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR