Resolución Nº 02/2004 del Banco Central de la República Dominicana, 30-07-2004
Fecha | 30 Julio 2004 |
Emisor | Banco Central (República Dominicana) |
-DESIGNACION-
RESOLUCION JM 040729-02
-FECHA-
2004/07/29
-TITULO-
SEGUNDA RESOLUCION DE FECHA 29 DE JULIO DEL 2004 QUE AUTORIZA LA
PUBLICACIÓN DEL INSTRUCTIVO PARA LA EMISIÓN, RENOVACIÓN,
CANCELACIÓN Y CONTROL DE CERTIFICADOS FINANCIEROS, DEPÓSITOS A
PLAZO Y DEMÁS INSTRUMENTOS SIMILARES
-MODIFICACION-
-DESCRIPTORES-
AUTORIZACION; PUBLICACION; INSTRUCTIVO; EMISION DE CERTIFICADOS;
RENOVACION DE CERTIFICADOS; CANCELACION DE CERTIFICADOS;
DEPOSITOS A PLAZO; INSTRUMENTOS FINANCIEROS
-TEXTO A V I S O
Por este medio se hace de público conocimiento que la Junta Monetaria ha dictado su
Segunda Resolución de fecha 29 de julio del 2004, cuyo texto se transcribe a
continuación:
“VISTOS el literal h) del Artículo 4 y el Artículo 19 de la Ley Monetaria y
Financiera No.183-02 del 21 de noviembre del 2002;
VISTA la Primera Resolución dictada por la Junta Monetaria el 1º de mayo del
2003, mediante la cual este Organismo instruye a la Superintendencia de Bancos
a elaborar el procedimiento que utilizará para establecer controles sobre todas las
obligaciones por depósitos o cualquier otro instrumento de captación de las
entidades de intermediación financiera con el público en general;
VISTO el ‘Instructivo para la Emisión, Renovación, Cancelación y Control de
Certificados Financieros, Depósitos a Plazo y demás Instrumentos Similares’,
elaborado por la Superintendencia de Bancos;
OIDA la presentación del Superintendente de Bancos en relación al Instructivo
indicado precedentemente;
CONSIDERANDO que el Artículo 19 de la Ley Monetaria y Financiera,
establece como objetivo principal de la Superintendencia de Bancos la
supervisión de las entidades de intermediación financiera;
Por tanto, la Junta Monetaria
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R E S U E L V E:
1. Autorizar la publicación del ‘Instructivo para la Emisión, Renovación,
Cancelación y Control de Certificados Financieros, Depósitos a Plazo y
demás Instrumentos Similares’.
2. Publicar en uno o más diarios de amplia circulación nacional el ‘Instructivo
para la Emisión, Renovación, Cancelación y Control de Certificados
Financieros, Depósitos a Plazo y demás Instrumentos Similares’, el cual
copiado a la letra dice así:
ADMINISTRACION MONETARIA Y FINANCIERA
JUNTA MONETARIA
‘INSTRUCTIVO PARA LA EMISIÓN, RENOVACIÓN,
CANCELACIÓN Y CONTROL DE CERTIFICADOS
FINANCIEROS, DEPÓSITOS A PLAZO Y DEMÁS
INSTRUMENTOS SIMILARES’
Santo Domingo, D. N.
Julio, 2004
‘INSTRUCTIVO PARA LA EMISIÓN, RENOVACIÓN,
CANCELACIÓN Y CONTROL DE CERTIFICADOS
FINANCIEROS, DEPÓSITOS A PLAZO Y DEMÁS
INSTRUMENTOS SIMILARES’
I.- FINALIDAD Y AMBITO DE APLICACION DEL INSTRUCTIVO
1. FINALIDAD
El presente Instructivo tiene por finalidad establecer las normas,
procedimientos y controles internos que deberán cumplir las entidades de
intermediación financiera para la emisión, renovación, cancelación y
control de los certificados financieros, depósitos a plazo y demás
instrumentos similares de captación de recursos del público autorizados por
la Junta Monetaria, de manera que permita a la Superintendencia de Bancos
(SB) extraer oportuna y periódicamente las informaciones necesarias para
ejercer un control efectivo sobre estos instrumentos, de conformidad con las
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