Resolución Nº 02/2005 del Banco Central de la República Dominicana, 11-02-2005

Fecha11 Febrero 2005
EmisorBanco Central (República Dominicana)
1
-DESIGNACION-
RESOLUCION JM 050210-02
-FECHA-
2005/02/10
-TITULO-
SEGUNDA RESOLUCION DEL 10 DE FEBRERO DEL 2005, QUE DISPONE QUE LA
COMPENSACION Y LIQUIDACION DE LAS OPERACIONES DE PAGO REALIZADAS A
TRAVES DE TARJETA DE CREDITO, TARJETAS DE DEBITO Y CUALQUIER OTRO
MEDIO DE PAGO ELECTRONICO, SE EFECTUE EN EL BANCO CENTRAL
-MODIFICACION-
NINGUNA
-DESCRIPTORES-
COMPENSACION Y LIQUIDACION DE OPERACIONES DE PAGO; MEDIO DE PAGO
ELECTRONICO; TARJETAS DE CREDITO; TARJETAS DE DEBITO; ENTIDADES DE
INTERMEDIACION FINANCIERA; BANCO CENTRAL
-TEXTO- A V I S O
Por este medio se hace de público conocimiento que la Junta Monetaria ha dictado su
Segunda Resolución de fecha 10 de febrero del 2005, cuyo texto se transcribe a
continuación:
VISTA la comunicación No.3475 de fecha 7 de febrero del 2005, dirigida
al Gobernador del Banco Central y Presidente de la Junta Monetaria por el
Gerente de dicha Institución, contentiva de solicitud de autorización para
realizar en el Banco Central el proceso de compensación y liquidación de las
transacciones realizadas por vía electrónica a través de las entidades de
intermediación financiera, según las disposiciones de la Ley No.183-02,
Monetaria y Financiera del 21 de noviembre del 2002;
VISTO el Artículo No.27 de la Ley Monetaria y Financiera, el cual define
el sistema de pagos y compensación de cheques y demás medios de pago del
mercado interbancario;
VISTO el Artículo 2 de la Norma General No.6-04 de fecha 26 de octubre
del 2004, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos, el cual
define como compañías de adquirencia a cualquier institución, organismo o
empresa que sirva de enlace entre una institución bancaria-financiera
(emisora de tarjetas de crédito y/o débito) y el establecimiento donde se
registra la operación de pago a través de la tarjeta de crédito o débito;

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