Resolución nº 02-2024 del Consejo del Poder Judicial, 28-06-2024

Fecha de la decisión28 Junio 2024
Número de resolución02-2024
EmisorConsejo del Poder Judicial
.
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
Reglamento disciplinario aplicable a los(as) servidores(as)
judiciales administrativos(as)
Resolución núm. 02-2024
Av. Enrique Jiménez Moya, esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, República
Dominicana. Código postal 10101. Apartado post al 1485 I Tel.: 809-533-3191 secretariageneralcpj@poderjudicial.gob.do I www.poderjudicia l.gob.do
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El Consejo del Poder Judicial, órgano constitucional permanente de administración y
disciplina del Poder Judicial, debidamente constituido por los jueces Luis Henry Molina
Peña, presidente; Blas Rafael Fernández Gómez, Modesto Antonio Martínez Mejía,
Bionni Zayas Ledesma y Octavia Carolina Fernández Curi; asistidos de Gervasia
Valenzuela Sosa, secretaria general, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional; hoy día 28 de mayo de 2024, año 181º
de la Independencia y 161º de la Restauración, dicta en Cámara de Consejo la siguiente
resolución:
Vistos(as)
2. La Ley núm. 821 de 1927, de Organización Judicial y sus modificaciones.
3. La Ley núm. 28-11 de fecha 20 de enero de 2011, Orgánica del Consejo del Poder
Judicial.
4. La Ley núm. 327-98 del 9 de julio de 1998, de Carrera Judicial.
5. La Ley núm. 41-08, del 25 de enero de 2008, de Función Pública y crea la Secretaría
de Estado de Administración Pública.
6. La Ley núm. 107-13, de fecha 6 de agosto de 2013, sobre Derechos de las Personas en
sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
7. La Ley núm. 247-12, de fecha 14 de agosto de 2012, Ley Orgánica de la
Administración Pública.
8. La Ley núm. 13-07, de fecha 6 de febrero de 2007, que crea el Tribunal Contencioso
Tributario y Administrativo.
9. La Ley núm. 1494 que instituye la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
10. La Resolución 22/2018 de fecha 06 de junio de 2018, Reglamento de Carrera
Administrativa Judicial.
11. La Resolución núm. 016-2020, de fecha 24 de noviembre 2020, que modifica los
artículos 97 y 98 de la Resolución núm. 22-2018 sobre el Reglamento de Carrera
Administrativa Judicial.
12. La Resolución núm. 3-2011 del 6 de mayo de 2011, que aprueba el Reglamento del
Comité de Comportamiento Ético del Poder Judicial.
13. El Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial de fecha 26 de junio de 2006.
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CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
Reglamento disciplinario aplicable a los(as) servidores(as)
judiciales administrativos(as)
Resolución núm. 02-2024
Av. Enrique Jiménez Moya, esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, República
Dominicana. Código postal 10101. Apartado post al 1485 I Tel.: 809-533-3191 secretariageneralcpj@poderjudicial.gob.do I www.poderjudicia l.gob.do
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14. El Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial, aprobado por la Suprema
Corte de Justicia en diciembre de 2021.
En consideración a que:
1. La Constitución de la República, en su artículo 156, atribuye al Consejo del Poder
Judicial, entre otras funciones, la de ejercer el control disciplinario sobre jueces(zas),
funcionarios(as) y empleados(as) del Poder Judicial, con excepción de los
integrantes de la Suprema Corte de Justicia.
2. En cumplimiento del mandato constitucional establecido en el artículo 155, fue
promulgada la Ley núm. 28-11 Orgánica del Consejo del Poder Judicial, que regula
su funcionamiento, especialmente las atribuciones disciplinarias. Dicha facultad
disciplinaria tiene su origen en la Ley núm. 327-98 de Carrera Judicial, la cual sentó
las bases del sistema disciplinario actual y también le otorgó en ese momento a la
Suprema Corte de Justicia facultad reglamentaria en dicha materia.
3. En ese sentido, en el año dos mil ocho (2008) fue aprobada la Resolución 3471-2008
contentiva del Reglamento de la Carrera Administrativa Judicial, que
posteriormente fue derogado con la aprobación de la Resolución 22/2018, la cual
tiene por objeto regular la carrera judicial administrativa, a los fines de incorporar
personal idóneo, garantizar su permanencia, asegurar su desarrollo, reglamentar sus
deberes y promover su realización personal, en el desempeño del servicio que
presta al Poder Judicial, tal como establece el artículo 2. Esta resolución se
complementa con la Ley núm. 41-08 sobre Función Pública.
4. Esta resolución, además, contiene el procedimiento disciplinario de los
servidores(as) judiciales administrativos(as), el cual se encuentra escasa e
insuficientemente regulado.
5. En tales circunstancias, es de rigor y procedencia reestructurar el procedimiento
disciplinario seguido a los servidores administrativos judiciales a los fines de que se
adapte plenamente al debido proceso y las garantías constitucionales.
Por tales motivos, el CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
RESUELVE:
PRIMERO: APRUEBA el Reglamento disciplinario aplicable a los(as) servidores(as)
judiciales administrativos(as), el cual establece lo siguiente:

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