Resolución Nº 03/2014 del Banco Central de la República Dominicana, 19-09-2014

Fecha19 Septiembre 2014
EmisorBanco Central (República Dominicana)
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-DESIGNACION-
RESOLUCION JM 140918-03
-FECHA-
2014/09/18
-TITULO-
TERCERA RESOLUCION DE FECHA 18 DE SEPTIEMBRE DEL 2014 QUE APRUEBA
LA PUBLICACION DEL PROYECTO DE MODIFICACION AL REGLAMENTO
RIESGO DE LIQUIDEZ, QUE TIENE POR OBJETO ESTABLECER LA NORMATIVA
Y METODOLOGÍA QUE DEBERÁN APLICAR LAS ENTIDADES DE
INTERMEDIACIÓN FINANCIERA PARA UNA ADECUADA INFRAESTRUCTURA Y
GESTIÓN DEL RIESGO DE LIQUIDEZ
-MODIFICACION-
CUARTA RESOLUCION 29 DE MARZO 2005
-DESCRIPTORES-
APROBACION PUBLICACION PARA CONSULTA PUBLICA; PROYECTO DE
MODIFICACION REGLAMENTO; RIESGO DE LIQUIDEZ; LEY NO.183-02
MONETARIA Y FINANCIERA; BANCO CENTRAL; SUPERINTENDENCIA DE
BANCOS; SUPERVISION BASADA EN RIESGO; PLAN DE CONTINGENCIA; PRUEBAS
DE ESTRÉS; PROGRAMA DE EVALUACION DEL SECTOR FINANCIERO; FSAP;
FONDO MONETARIO INTERNACIONAL; FMI; BANCO MUNDIAL; BM;
CONTINGENCIAS DE LIQUIDEZ; UNIDAD DE RIESGO; COMITÉ DE ACTIVOS Y
PASIVOS; ALCO
-TEXTO-
JUNTA MONETARIA
ADMINISTRACION MONETARIA Y FINANCIERA
A V I S O
Por este medio se hace de público conocimiento que la Junta Monetaria ha dictado su
Tercera Resolución de fecha 18 de septiembre del 2014, cuyo texto se transcribe a
continuación:
“VISTA la comunicación No.14887 de fecha 17 de septiembre del 2014, dirigida
al Gobernador del Banco Central y Presidente de la Junta Monetaria por el Gerente
de dicha Institución, mediante la cual solicita la autorización para consulta pública
del proyecto de modificación del Reglamento Riesgo de Liquidez;
-2-
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VISTA la comunicación No.160 de fecha 30 de abril del 2013, dirigida al
Gobernador del Banco Central y Presidente de la Junta Monetaria por el
Superintendente de Bancos, mediante la cual remite la propuesta de modificación
del Reglamento Riesgo de Liquidez y solicita la designación de una comisión para
la revisión de dicha propuesta;
VISTA la Ley No.183-02, Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del
2002;
VISTO el Reglamento Riesgo de Liquidez, aprobado por la Junta Monetaria
mediante la Cuarta Resolución de fecha 29 de marzo del 2005;
CONSIDERANDO que la Superintendencia de Bancos presenta la propuesta de
modificación del Reglamento Riesgo de Liquidez fundamentado en la necesidad
de su adecuación, tanto al nuevo enfoque de Supervisión Basada en Riesgo como
a las mejores prácticas a nivel internacional que han surgido sobre la materia y a
los cambios que se han generado por la dinámica propia de las entidades de
intermediación financiera, desde que dicho Reglamento fue aprobado el 29 de
marzo del 2005;
CONSIDERANDO que asimismo, señala la Superintendencia de Bancos que el
borrador propuesto incorpora elementos adicionales a la normativa actual sobre
riesgo de liquidez, entre los cuales se citan:
a) Que las entidades de intermediación financiera cuenten con un marco de
gestión de riesgo de liquidez robusto;
b) Que la gestión de liquidez de las entidades de intermediación financiera sea
acorde a su naturaleza, tamaño, complejidad y perfil de riesgo;
c) Requerimiento de pruebas de estrés y plan de contingencia; y,
d) Análisis de liquidez tomando en consideración la concentración de las fuentes
de fondeo, así como el horizonte de permanencia de la entidad en situaciones
de estrés.
CONSIDERANDO que la propuesta de modificación al referido Reglamento
presentada por la Superintendencia de Bancos, fue sometida a revisión y estudio
por parte del personal técnico del Banco Central, cuyas observaciones fueron
ponderadas por dicho Organismo Supervisor, sometiéndose a un proceso de
discusión de manera conjunta, lográndose un consenso de las modificaciones que

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