Resolución nº 04-2024 de Dirección General de Contrataciones Públicas, 16-07-2024

JurisdicciónRepública Dominicana
Fecha16 Julio 2024
Año2024
Número de resolución04-2024
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Resolución Núm. PNP-04-2024 que establece pautas generales para identificar ofertas no
sustentables por presentar precios anormalmente bajos en los procedimientos de contratación
pública y establece rangos porcentuales mínimos permitidos.
La Dirección General de Contrataciones Públicas, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la
Ley Núm. 340-06 de fecha 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes,
Servicios y Obras y sus modificaciones, dicta la siguiente
RESOLUCIÓN:
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado implementar políticas que aseguren la máxima
eficiencia en el uso de los fondos públicos, para lo cual las contrataciones públicas son un eje
fundamental que permite aumentar la competencia, dinamizar la economía y crear mecanismos que
promuevan la igualdad de oportunidades.
CONSIDERANDO: Que la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, crea la Dirección General de
Contrataciones Públicas, que funge como Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y
Contrataciones Públicas (SNCCP), y, en consecuencia, es titular de la competencia técnica específica
en materia de compras y contrataciones públicas, la cual tiene a su cargo la centralización de las
políticas y normas, con el fin de procurar la excelencia y transparencia en la contratación pública y el
cumplimiento del marco jurídico vigente.
CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Contrataciones Públicas, tiene entre sus funciones
básicas la atribución de emitir las políticas, instructivos, manuales, guías u orientaciones normativas
necesarias para la aplicación de las disposiciones contenidas en la referida Ley y su reglamento de
aplicación, aprobado mediante el Decreto Núm. 416-23 de fecha 14 de septiembre de 2023.
CONSIDERANDO: Que conforme las disposiciones del párrafo IV del artículo 130 del referido
reglamento de aplicación, la Dirección General
“podrá emitir manuales, instructivos y guías para
identificar ofertas no sustentables o temerarias por presentar precios anormalmente bajos, así como
establecer mínimos de rangos porcentuales permitidos, según se trate de la prestación de un servicio,
la construcción de una obra o la entrega de un bien”
.
CONSIDERANDO: Que dichas cláusulas han sido incorporadas en los pliegos de condiciones
estándar emitidos por esta Dirección General, en el apartado relativo al contenido de la oferta
económica, en el literal respecto al precio de la oferta.
CONSIDERANDO: Que la identificación de ofertas económicas no sustentables o temerarias en el
marco de los procedimientos de co ntratación pública, tiene como propósito prevenir o evitar el

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