Resolución Nº 10/2006 del Banco Central de la República Dominicana, 20-01-2006

Fecha20 Enero 2006
EmisorBanco Central (República Dominicana)
-DESIGNACION-
RESOLUCION JM 060119-10
-FECHA-
2006/01/19
-TITULO-
DECIMA RESOLUCION DE FECHA 19 DE ENERO DEL 2006, QUE APRUEBA EL
REGLAMENTO DE PROTECCION AL USUARIO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS
-MODIFICACION-
NINGUNA
-DESCRIPTORES-
APROBACION; VERSION DEFINITIVA; REGLAMENTO DE PROTECCION AL USUARIO
DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS
-TEXTO-
A V I S O
Por este medio se hace de público conocimiento que la Junta Monetaria ha dictado
su Décima Resolución de fecha 19 de enero del 2006, cuyo texto se transcribe a
continuación:
“VISTA la comunicación No.2124 del 18 de enero del 2006, dirigida al
Gobernador del Banco Central y Presidente de la Junta Monetaria, por el
Gerente de dicha Institución, mediante la cual remite para ser sometida a la
consideración de este Organismo, sus comentarios en relación con la
aprobación definitiva del Proyecto de Reglamento de Protección al Usuario
de los Servicios Financieros;
VISTA la comunicación No.0190 de fecha 18 de enero del 2006, dirigida a la
Secretaria de la Junta Monetaria por el Superintendente de Bancos, mediante
la cual somete a la consideración de este Organismo, el Proyecto de
Reglamento de Protección al Usuario de los Servicios Financieros;
VISTO el Artículo 53 de la Ley No.183-02, Monetaria y Financiera del 21 de
noviembre del 2002;
VISTA la Cuarta Resolución adoptada por la Junta Monetaria en fecha 28 de
abril del 2005, mediante la cual se autoriza la publicación del Proyecto de
Reglamento de Protección al Usuario de los Servicios Financieros, a los fines
de recabar la opinión de los sectores interesados;
2
CONSIDERANDO que dicho Proyecto de Reglamento fue elaborado en
virtud de las disposiciones del Artículo 53 de la Ley Monetaria y Financiera,
y tiene como objeto establecer los criterios que se utilizarán para determinar
los supuestos de contratos abusivos y asegurar que los contratos financieros
reflejen de forma clara los compromisos contraídos por las partes y los
derechos de las mismas, así como crear un servicio para recibir reclamaciones
en la Superintendencia de Bancos;
CONSIDERANDO que la Junta Monetaria sometió a consulta el referido
Proyecto de Reglamento, en virtud de las disposiciones del literal h) del
Artículo 4 de la Ley No.183-02 Monetaria y Financiera y, en consecuencia
recibió la opinión de los sectores interesados, incluyendo la Asociación de
Bancos Comerciales de la República Dominicana (ABA), quienes expresaron
su opinión al respecto del mencionado Proyecto;
CONSIDERANDO que las Consultorías Jurídicas del Banco Central y de la
Superintendencia de Bancos ponderaron y analizaron las observaciones
presentadas por el Sector Financiero y el público en general, a la luz del
ordenamiento jurídico vigente y de las disposiciones legales bajo las cuales se
ampara el antes indicado Proyecto de Reglamento y, con base a sus
recomendaciones, se modificaron aquellos aspectos que se consideraron
atendibles;
Por tanto, la Junta Monetaria
R E S U E L V E:
Aprobar la versión definitiva del ‘Reglamento de Protección al Usuario de los
Servicios Financieros’ y autorizar su publicación, el cual copiado a la letra dice
así:
REGLAMENTO DE PROTECCION AL USUARIO
DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
OBJETO, ALCANCE Y AMBITO DE APLICACION
Artículo 1. Objeto. El objeto de este reglamento es establecer los criterios que se utilizarán
para determinar los supuestos de contratos abusivos y asegurar que los contratos
financieros reflejen de forma clara los compromisos contraídos por las partes y los derechos
de las mismas, así como crear un servicio para recibir reclamaciones en las entidades de

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