Resolución Nº 1399. Exequatur de la Ley Sr. Rafael Alfonso Aguayo como Ingeniero Civil.
Fecha de disposición | 29 Diciembre 1941 |
Número de resolución | 1399 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1941 |
Número de registro | 3276864 |
Número de Gaceta | 5690 |
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590
COLECCION
DE
LEYES,
DECRETOS
&--1854.
candose en todo
el
territorio de la para
su
cumpli-
miento
y
observancia.
Dado en
el
Palacio Nacional
a
10s
diez
y
seis dias del mes
de Agosto de
1854,
aiio once
de
la
Patria.-Santana.-Refren-
dado
:
El
Ministro de
lo
Interior, Policia
y
Agricultura,-Domin-
go
de la Rocha.
Republica
Nilm.
345.-(')
DECRETO del C.
N.
erijiendo en puesto
nuli-
tar el pueblo de Jarabacoa.
Dios, Patria
y
Libertad.-RepGblica
Dominicans.-El
Se-
nado
y
CAmara de Represlentantes reuFidos en Congreso,
prc-
z7ias las tres lecturas Constitucionales. Republica
exije que,
a
proporcion del acrecentarniento
de
:as polslaciones,
se
vayan
&as erijiendo en cornunes
y
puestos militares, para
facilitar
6
aquelias secciones
que
se
encuentran distantes
de
las
cornunes
a
que
pertenecen,
la
cornodidad
dle
ocurrir con pronti-
tud,
sin enormes gastos
y
sin
que tengan que abandonar sus
agricolas tareas, para reclamar
su
derecho
en casos particula-
res,
teniendo inmiediatas las autoridades
para
el
mantenimiento
del &den
y
demas garantias sociales.
Considerando
:
que
la
poblacion de Jarabacoa,
seccion
de las
Sierras, perteneciente
A
la comun de la
Vega,
se encuentra muy
distante;
que
hoy
contiene dos mil almas
y
cuarenta casas
6
bo-
hios,
fundada con una Hermita, segun lo expresan
los
habitan-
tes del lugar
y
es die notoriedad pcblica,
corn0
lo testifican en
su
peticion dirijida a1 Congreso Nacional, apoyada por la honora-
ble Diputacion Provincial de
la
Vega.
Vista la 20a. atribucion Idel articulo
68
de nuestro Pacto
fundamental, en nombre de la Rep6blica Dominicana.
Considerando
:
que
el engrandecimiento
de
la
DECRETAN
:
\
Articulo linico. Queda, desde 'la publicacion
del
presente,
erijido en puesto militar el pueblo de Jarabacoa, que Antes
era
seceion
de
las Sierras
y
segun
10s
limites establecidos
en
su
te-
rritorio. En consemencia,
al
Poder
E
jecutivo corresponde
nombrar las autoridades civiles
y
militares de dicho
hgar
se-
gun
lo
previsto por
la
Constitucion. Quedando en lo demas
sujeto
a
la capital de Provincia de la Vega.
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