Resolución Nº 144-15. Resolución que Aprueba el Adendum No. 1, del 4 de Agosto del 2014, Al Convenio de Apertura de Credito para el Financiamiento del Plan Sierra, Suscrito Entre el Estado Dominicano y la Agencia Francesa de Desarrollo.

Fecha de disposición12 Agosto 2015
Número de resolución144-15
Fecha de publicación01 Enero 2015
Número de registro3374388
Número de Gaceta10810
-99-
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Res. No. 144-15 que aprueba el Adendum No. 1, del 4 de agosto del 2014, al Convenio
de Apertura de Crédito para el Financiamiento del Plan Sierra, suscrito entre el
Estado dominicano y la Agencia Francesa de Desarrollo. G. O. No. 10810 del 20 de
agosto de 2015.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 144-15
VISTO: El Adendum No.1, de fecha 4 de agosto de 2014, entre la Agencia Francesa de
Desarrollo (AFD) y la República Dominicana, al Convenio de apertura de Crédito No.CD
3004.01H/No.CDO3004.02J, suscrito el 15 de julio de 2009.
R E S U E L V E:
ÚNICO: APROBAR el Adendum No.1, de fecha 4 de agosto de 2014, suscrito entre la
Agencia Francesa de Desarrollo, representada por el señor Gilles GENRE-
GRANDPIERRE, Director de la AFD en Santo Domingo, y la República Dominicana,
representada por el LIC. SIMÓN LIZARDO MÉZQUITA, Ministro de Hacienda, al
Convenio de Apertura de Crédito de fecha 15 de julio de 2009, por un monto de nueve
millones doscientos mil euros (U$€9,200.000.00) y una subvención de un millón de euros
(U$€1,000.000.00), por medio del cual las partes acuerdan modificar el Convenio de
Crédito No.CDO 3004.01 H/ No.CDO3004.02 J, para el funcionamiento de la ampliación
del apoyo al Programa de Desarrollo del Plan Sierra, ejecutado por el Ministerio de
Agricultura (MA), que copiado a la letra dice así:
-100-
_________________________________________________________________________
Danilo Medina
Presidente de la República Dominicana
P. E. Núm.: 91-14
PODER ESPECIAL AL MINISTRO DE HACIENDA
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, y de conformidad con las disposiciones de la Ley No.1486, del 20 de marzo del
1938, sobre la Representación del Estado en los Actos Jurídicos, por el presente
documento, otorgo PODER ESPECIAL al MINISTRO DE HACIENDA, para que, a
nombre y en representación del Estado dominicano, suscriba con la AGENCIA
FRANCESA DE DESARROLLO (AFD), el Addéndum No.l, al Convenio de Apertura de
Crédito No. CDO 3004.01 H / CDO 3004.02 J, del 15 de julio de 2009, suscrito entre la
AFD y la República Dominicana, por un monto de nueve millones doscientos mil euros con
00/100 (EUR€9,200,000.00), y una donación de un millón de euros con 00/100
(EUR€l,000,000.00), para ser utilizados en el financiamiento de la Ampliación del Apoyo
al Programa de Desarrollo del Plan Sierra, el cual fue aprobado por el Congreso Nacional,
mediante la Resolución No.325-09, del 21 de octubre de 2009, publicada en la Gaceta
Oficial No. 10544, del 28 de octubre de 2009.
El Addéndum No.l, al Convenio de Apertura de Crédito citado, consiste en las
modificaciones siguientes: (i) el objeto de la Subvención (CDO 3004.02 J) y las
condiciones suspensivas para su utilización, (ii) las cláusulas relativas a las condiciones de
desembolso de los fondos de la Subvención y (iii) las disposiciones relativas a la
prevención contra el lavado de activo y el financiamiento del terrorismo, los actos de
corrupción y la adjudicación de contratos conforme a la legislación en vigor.
DADO en Santo Domingo de Guzmán. Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diez ( 10 ) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014).
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
Danilo Medina

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