Resolución Nº 159-97. Resolución que Aprueba el Contrato Suscrito Entre el Estado Dominicano y el Señor Felix Manuel Escaño Polanco, sobre la Venta de una Porcion de Terreno en el Distrito Nacional
Fecha de disposición | 17 Julio 1997 |
Número de resolución | 159-97 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1997 |
Número de registro | 3312530 |
Número de Gaceta | 9960 |
CACETA
OFICIAL
Fundada
el
2
de
judo
de
1851
Director
Administrador:
Dr.
Pedro
Romero
Confesor
Consultor
Jurfdico
del
Poder
Ejecutivo
Santo
Doming0
de
Guzmh,
D.N.,
RepCblica
Dominicana
10
de septiembre
de
1994
INDICE
ACTOS
DE
PODER
EJECUTNO
Reg].
No.
250-94
(Reglamento
Hipico)
P@.
03
c'ONSIDERANDO.
Que
el
deporte hipico
ha
sirlo
uno
de
10s
entretenimientos
preferidos
del
pueblo doniinicano
y
prbxirnamente, cuando sea inaugurado
y
puesto en
operacion
el
~OL)ROhI(?
i'
C'EN'Z7XAEU0,
este deporte
tomarh
un
pan
age
estiniulando
la
crianza de caballos pura sangre
de
carreras
en fincas especialidas,
garmti:latidg
al
publico limpieza
y
tmnsparencia en tales actividades,
a
la vez que
pnera-8
aigtiiticativos recursos
para
el
Estado Dominican0 que
podra
recuperar de
esa
manera
1;i
inversibn de tan inipoi-tante obra,
10s
cuales
el
Gohierno
Nacional puedc
destirtar
a satisfacer
newsirlades
prioritarias del pueblo doniinicaio;
c'ONSUIERANIX0~
Que
en
la
actuslidad
la
actividad hipica se rige pot.
un
Rtylanitxito
qiic por falta
de
oportunas
y
adecuadas revisiones resulta obsoleto
Gente
a
10s
asaices
que
se
hm
prociucido en el deporte hipico
y
por tanto, prhximo
a
entrar en
operacibn
e\
FITPODROMO
V
C'FN~NIIO,
se
hace
necesario dictar
un
nuevo
Rt.qlsmento
~iod~rtio,
eticw
y
funcional;
t70NS;;IPER.4NDO.
Que por
mxgo
del
Cjobieiiio Nacional
el
Patronato
del
€IIFOI?ROklc~
V
c'E?VlENtWO,
creado
niediante Decreto
No.26-92,
del
17
de enero de
1992,
lue%o
de
10s
eshidios correspondientew,
elahor6
itn
proyecto de reglamento
que
persiyc
satisfdct.r'
las
neccsidades
y
requeriinientos de
una
hipica
moderna,
di~ma
y
honcsta
En
yrcicio
de
las
ah-ihuciones
que
me
confiere
el
Articulo
SS
de
la
Constitucion
di>
la
Rrpiiblica
dicta
ei
sigirnte,
SEC'CION
I
Para
10s
prop6sitos
del
presente Reglamento,
10s
tkninos establecidos
mis
adelante
tendrhn
el
aiguiente significacio:
1.-
COMTSION
HIPICA
NACTON.41,:
Orgariismo
rector
dt.
la
hipica, nonibrado
por
c.1
Poder-
Ejtwtivo.
2.-
fl0:
Signifii
ai10
natural del calendario,
es
decir. del
1
de
enrt-o
al
31
de
dicicnibrc
ck
cada
aiio.
3.-
APODERWO:
Significa
el
representante del dueflo de caballos,
de
potreros
o
criador,
autorizado debidamente por poder autCntico
y
con
licencia
otorpia
por
la
Comisibn
pat
a
ejercer funciones como
apoderado
del dueflo.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba