Resolución Nº 163-07. Resolución que Aprueba el Acuerdo de Prestamo Suscrito Entre la Republica Dominicana y el Banco Nacional de Desenvolvimiento Economico y Social (bndes), de Brasil, por Un Monto de Us$71,258,178.18, para Ser Destinado a la Construccion del Acueducto de Samana.

Fecha de disposición04 Julio 2007
Número de resolución163-07
Fecha de publicación05 Julio 2007
Número de registro3347119
Número de Gaceta10422
-107-
Res. No. 163-07 que aprueba el Acuerdo de Prkstamo suscrito entre la Republica
Dorninicana
y
el Banco Nacional de Desenvolvimiento Economico
y
Social (BNDES),
de Brasil, por un monto de US$71,258,178.18, para ser destinado a la construccion del
Acueducto de Samana.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 163-07
VISTO:
El inciso 19 del Articulo 37 de la Constitucion de la Republica.
VISTO:
El Acuerdo de Prestamo, suscrito entre la Republica Dorninicana
y
el Banco
Nacional de Desenvolvimiento Economico
y
Social (BNDES), de Brasil, por un monto
total de hasta US$71,258,178.18 (setenta
y
un millones doscientos cincuenta
y
ocho mil
ciento setenta
y
ocho dolares de 10s Estados Unidos de America con 18/100).
RE SUELVE:
UNICO: APROBAR
el Acuerdo de Prestamo, suscrito entre la Republica Dorninicana,
representada por el Lic. Vicente Bengoa Albizu, Secretario de Estado de Hacienda
y
el
Banco Nacional de Desenvolvimiento Economico
y
Social (BNDES), de Brasil, por un
monto total de hasta US$71,258,178.18 (setenta
y
un millones doscientos cincuenta
y
ocho
mil ciento setenta
y
ocho dolares de 10s Estados Unidos de America con 18/100); el cual
tiene como objetivo financiar la porcion final del Acuerdo Comercial suscrito entre el
Instituto Nacional de Aguas Potables (INAPA)
y
la constructora brasileiia Norbert0
Odebrecht,
S.
A,, para la construccion del Acueducto de Samana, que copiado a la letra
dice asi:
-108-
C.P.F.
NO: 024.672.837-04
I.S.S. NO: 556.265-00
I.N.S.S. NO: 10920947538
JUCERJA
NO: 42
Av. Almirante
Barroso,
90
-
~11116
Centro
-
Rio de Janeiro
-
RJ
CEP
20031-002
-
BRASIL
Tel.:
2240-0604
-Fax:
2262-0898
J
O
S
E
A
L
V
E
S
TRADUCTORPUBLICO NRADO E INTERPRETE COMERCIAL
Profesor
-
Bachiller
y
Licenciado
en
Letras Neolatinas
Miembro de
la
Asociacidn Profesional de Traductores Pliblicos
e
Intdrpretes
Comerciales Jurados del Eslado do Rio de
Jmeiro
-
ATP
-
RIO
El infrascrito Traductor Publico e Interprete Comercial, en ejercicio en la Ciudad de Rio de
Janeiro, Capital del Estado del Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil, segh Orden
"P" No. 32, del 13-09-1974, firmada por el Presidente de la Junta Comercial del entonces
Estado de Guanabara, CERTIFICA que se le ha exhibido una materia en portugues, a fin de
traducirla a1 espaiiol, lo que cumple en virtud de
sus
funciones
y
a solicitud verbal de parte
interesada:
TRADUCCION No
31.989/07
NdT.: Se trata de un CONTRATO extendido sobre treinta (31) hojas foliadas, solo frente
SE LO TRADUCE:
CONTRATO DE FINANCIAMIENTO
Por el presente instrumento particular ("CONTRATO DE FINANCIAMIENTO")
celebrado, por una parte, por "BANCO NACIONAL DE DESENVOLVIMENTO
ECONOMIC0 E SOCIAL
-
BNDES", una empresa publica federal brasileiia, con sede
en Brasilia, Distrito Federal,
y
oficina de servicios en la Ciudad de Rio de Janeiro, Estado
de Rio de Janeiro, en la Avenida Republica de Chile, No 100, en la Republica Federativa de
Brasil ("Brasil"), inscrito en CNPJ/MF bajo el No 33.657.248/0001-89, por
sus
representantes legales que subscriben ("BNDES")
y,
por otra parte, por la REPUBLICA
DOMINICANA, por intermedio de la
Secretaria de Estado de Hacienda de
la
Republica
Dorninicana,
representada, en este acto, por el Sr. Vicente Bengoa Albizu, debidamente
autorizado segun Poder Especial expedido por el Presidente de la Republica Dominicana
("REPUBLICA"), con la intervencion de la CONSTRUCTORA NORBERT0
ODEBRECHT S/A, sociedad anonima, con sede en Praia de Botafogo, No 300, Piso 11,
Botafogo, en la ciudad de Rio de Janeiro, Estado de Rio de Janeiro, Brasil, inscrita en
CNPJ/MF bajo el No 15.102.288/0001-82, por
sus
representantes legales quienes firman a1
final ("INTERVENTOR EXPORTADOR"), conjuntamente denominados partes
("PARTES");

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