Resolución Nº 173-01. Resolución que Aprueba el Contrato Suscrito Entre la Republica Dominicana y el Fortis Bank, N.V., de Belgica, por Un Monto de Us$30,000.000.00, para la Construccion de Cuatro Pequeñas Hidroelectricas en San Juan, Nagua, Peravia y en el Cibao Central.

Fecha de disposición03 Septiembre 2001
Número de resolución173-01
Fecha de publicación01 Enero 2001
Número de registro3335377
Número de Gaceta10107
-66-
Res. No. 173-01 que aprueba el contrato suscrito entre la Republica Dominicana
y
el
Fortis Bank, N.V., de Bklgica, por
un
monto de US$30,000.000.00, para la
construccion de cuatro pequenas hidroelktricas en San Juan, Nagua, Peravia
y
en el
Cibao Central.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 173-01
VISTOS
10s Incisos 14
y
19 del Articulo
37
de la Constitucion de la
Republica.
VISTO
el contrato de prestamo suscrito el 13 de julio del 2001, entre la
Republica Dominicana
y
el Fortis Bank, N.V., de Belgica, por un importe de
US$30,000.000.00 (Treinta Millones de Dolares de 10s Estados Unidos de America).
RESUELVE:
UNIC0.-
APROBAR el contrato de prestamo, suscrito el 13 de julio del
2001, entre la Republica Dominicana, representada por el seiior Rafael Calderon Martinez,
Secretario Tecnico de la Presidencia, de una parte;
y
de la otra parte, el Fortis Bank N.V.
de Belgica, representado por
su
Gerente seiior Frederic Duque, por un importe de
US$30,000.000.00 (Treinta Millones de Dolares de 10s Estados Unidos de America). Este
credit0 sera utilizado por el Estado Dominican0 a traves de la Corporacion Dominicana de
Electricidad, para el financiamiento de cuatro (4) pequeiias hidroelectricas en las
comunidades de Jose Joaquin Puello, provincia de San Juan; Canal Bob% en Los Jengibres,
provincia Maria Trinidad Sanchez; Las Barias, en Nizao, provincia Peravia
y
el Cibao
Central, en el Embalse de Bao, provincia de Santiago; que copiado a la letra dicen asi:
-67-
CONTRATO DE PRESTAMO
Este CONTRATO DE PRESTAMO (en lo adelante el "Contrato de Prestamo") se lleva a
cab0 a 10s trece (13) dias de julio de 2001, entre la Republica Dominicana (en lo adelante
"la Republica Dominicana"), actuando en y a traves de la Secretaria Tecnica de la
Presidencia como Prestatario (en lo adelante el "Prestatario"), y Fortis Bank N.V., una
compaiiia organizada y existente de conformidad con las leyes del Reino Unido de Belgica,
como "Prestamista" (en lo que sigue, el "Prestamista").
CONSIDERANDOS:
POR CUANTO, la Republica Dominicana, actuando en y a traves de la Corporacihn
Dominicana de Electricidad (el "Comprador") trata de procurarse bienes y servicios para el
diseiio y construccihn de cuatro (4) pequeiias hidro-plantas, incluyendo en dos (2)
instancias el diseiio y construccihn de lineas de transmisihn de 12
!an.
de longitud cada una,
a ser ubicadas en Canal Boba, Jose Joaquin Puello, Las Barias y Cibao Central (en lo
adelante, "el Programa") por Treinta Millones de Dhlares de 10s Estados Unidos de
America (US$30,000,000.00) (en lo adelante "el Precio del Contrato") compradas a
Dessau-Soprin Inc. (en lo adelante "el Suplidor"), de conformidad con un convenio de
ventas entre el Comprador y el Suplidor (en lo que sigue "el Acuerdo de Ventas").
POR CUANTO, en relacihn con la adquisicihn de bienes y servicios para el Programa por
parte del Comprador, el Prestatario le ha requerido a1 Prestamista tener disponible para el
Prestatario prestamos (en lo que sigue denominados individual y colectivamente el
"Prestamo" 10s "Prestamos", respectivamente) en una cantidad principal total de hasta
Trece Millones Ochocientos Dieciseis Mil Cuatrocientos Noventa y Ocho Dhlares de 10s
Estados Unidos de America con 04/100 (US$13,816,498.04) (en lo que sigue la "Cantidad
Consignada") representando el ochenta y cinco por ciento
(85%)
de la porcihn del
Programa a ser comprada en 10s Estados Unidos de America (en lo que sigue, 10s "Bienes y
Servicios Canada") aumentada hasta el cien por ciento (100%) por una prima de seguro;
POR CUANTO, una condicihn del Prestamista para ampliar 10s Prestamos bajo este
Contrato de Prestamo es la disponibilidad de una garantia, en terminos y condiciones
satisfactorios para el Prestamista, con el Export Development Corporation of Canada
("EDC"), una agencia del Gobierno de Canada;
POR CUANTO, el Prestamista esta dispuesto a tener 10s Prestamos disponibles para el
Prestatario, de conformidad con 10s terminos de este Contrato de Prestamo para la compra
de 10s Bienes y Servicios Canada a ser entregados para el Programa.
POR CUANTO, el Prestatario ha solicitado a1 Fortis (USA) Finance LLC ("Fortis USA")
firmar un contrato de prestamo por separado, garantizado por Export-Import Bank of the
United States ("Eximbank") para financiar el ochenta y cinco por ciento
(85%)
de la
porcihn del Programa a ser comprado en Canada; dicho contrato de prestamo ofrecera un
prestamo del Fortis USA a1 Prestatario, en la suma de Siete Millones Ochocientos
-68-
Veinticuatro Mil Setecientos Treinta
y
Cinco Dhlares de 10s Estados Unidos de America
con 38/00 (US$7,824,735.38) (en lo que sigue el "Prestamo Garantizado Eximbank").
POR CUANTO, el Prestatario ha solicitado a Fortis USA firmar contrato de prestamo
comercial por separado para proveer a1 Prestatario 10s fondos de la porcihn del Programa
que no sera financiada ni por el presente contrato ni por el Prestamo Garantizado
Eximbank; esos contratos de prestamo comerciales ofreceran un prestamo a Fortis USA
para el Prestatario en la cantidad de Ocho Millones Trescientos Cincuenta
y
Ocho Mil
Setecientos Sesenta
y
Seis Dhlares de 10s Estados Unidos de America con 58/00
(US$8,358,766.58) (en lo que sigue, el "Prestamo Comercial");
POR TANTO,
y
en consideracihn a las observaciones anteriores
y
a las mutuas promesas
entre las partes del presente, reconociendo por este medio
su
suficiencia, se ha convenido lo
siguiente:
1.
Los
Prkstamos.
(a). De conformidad con 10s terminos
y
condiciones de este Contrato de Prestamo, el
Prestamista por este medio acuerda tener prestamos disponibles para el Prestatario para la
adquisicihn por el Comprador de 10s Bienes
y
Servicios Canada relacionados con el
Programa,
y
el Prestatario por este medio acuerda pagar la cantidad en principal de 10s
prestamos que serin desembolsados, tal como se preve en el presente, mas intereses
y
otras
sumas, de conformidad con 10s terminos
y
condiciones de este Contrato de Prestamo
y
ademas conviene en expedir una serie de diecisiete (17) pagares (en lo adelante, 10s
"Pagares", sustancialmente en la forma del Anexo A del presente, en la suma total principal
que no exceda 10s Trece Millones Ochocientos Dieciseis Mil Cuatrocientos Noventa
y
Ocho Dhlares de 10s Estados Unidos de America con 04/00 (US$13,816,498.04).
(b). Sujeto a1 cumplimiento de las condiciones precedentes en la Seccihn 6 del presente
contrato, respecto a 10s desembolsos del Prestamo, para cada Prestamo, el Prestamista
desembolsara en beneficio del Comprador,
y
a cuenta del Prestatario, a EDC una cantidad
igual a US$1,651,864.55 como honorario de la Garantia (como se define en la Seccihn 2).
(c). Las partes acuerdan que no sera hecho ningun desembolso bajo el Contrato de
Prestamo despues de 3 1 de marzo de 2004 (en lo que sigue, la "Fecha de Terminacihn del
Compromiso")
y
las obligaciones del Prestamista sobre desembolso de 10s prestamos, tal
como preve el presente, serin consideradas totalmente cumplidas
y
exoneradas despues de
esa fecha, sin tomar en consideracihn la cantidad de desembolsos hechos, a menos que
acordado expresamente por escrito entre las partes del presente
y
consentido por escrito por
el EDC.
2.
Garantia
El pago de 10s Prestamos por el Prestatario sera asegurado bajo el Acuerdo de Garantia
No.865-DOMR-11954 (en lo que sigue, "la Garantia"), bajo terminos
y
condiciones
satisfactorios para el Prestamista. Cada pago de 10s honorarios de la Garantia sera hecho
por el Prestamista a EDC como desembolso de un Prestamo en la Fecha Efectiva.

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