Resolución Nº 174-02. Resolución que Aprueba el Acuerdo de Compra de Productos y Servcios Suscrito Entre el Estado Dominicano y la Empresa Sun Land & Rgitc, Co.. por Un Monto de Us$51,777,321.00 Con Garantia de EXPORT-IMPORT Bank (exim Bank), para Ser Destinado a los Estudios, Diseños y Construccion del Proyecto de Desarrollo Agricola Azua II-PUEBLO Viejo.

Número de registro3338132
Fecha de disposición30 Octubre 2002
Número de resolución174-02
Fecha de publicación01 Enero 2002
Número de Gaceta10178
-3-
Res. No. 174-02 que aprueba el Acuerdo de Compra de Productos y Servicios suscrito
entre el Estado Dominicano y la empresa
Sun
Land
&
RGITC, Co., por
un
monto de
US$51,777,321.00, con la garantia de Export-Import Bank (Exim Bank), para ser
destinado a 10s estudios, disenos y construccion del Proyecto de Desarrollo Agricola
Azua 11-Pueblo Viejo.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 174-02
VISTOS
10s Incisos 14 y 19 del Articulo 37 y el Inciso 10 del Articulo 55,
de la Constitucihn de la Republica;
VISTO
el
Acuerdo de Compra
de “Productos y Servicios”, con todos
sus
apendices, anexos y exhibiciones, suscrito entre el
Estado Dominicano
y la
Sun Land
&
RGITC, Co.,
con garantia financiera del
Export-Import Bank (Exim Bank),
de 10s
Estados Unidos, por la suma de Cincuentiun Millones, Setecientos Setenta y Siete Mil,
Trescientos Veintiun Dhlares de 10s Estados Unidos de America (US$51,777,321.00),
ejecutable por via de
Florida Export Finance Corporation,
de Miami, Florida, U.S.A.,
actuando este como agente financiero, para 10s estudios, diseiios y construccihn del
Proyecto de Desarrollo Agricola Azua 11-Pueblo Viejo, segun convenio entre el
Instituto
Nacional de Recursos Hidriulicos (INDRHI)
y la
Architectural Ingenieria Siglo XXI.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR
el
Acuerdo de Compra
de “Productos y Servicios”,
con todos
sus
apendices, anexos y exhibiciones, suscrito entre, por una parte, el
Estado
Dominicano,
representado por el Secretario Tecnico de la Presidencia, seiior
RAFAEL
CALDERON MARTINEZ,
y el Director Ejecutivo del
Instituto Nacional de Recursos
Hidraulicos (INDRHI),
seiior
SILVIO CARRASCO,
segh Poder Especial otorgado por
el Presidente de la Republica, en fecha veinte (20) de noviembre del aiio dos mil uno
(2001), y de la otra parte, la
SUN LAND
&
RGITC, Co.,
de Miami, Florida, Estados
Unidos de America, figurando la
Florida Export Finance Corporation,
representada por
el seiior
DANIEL MEJIA,
como coordinadora de 10s aspectos financieros del prestamo de
Cincuentiun Millones, Setecientos Setenta y Siete Mil, Trescientos Veintiun Dhlares de 10s
Estados Unidos de America (US$5 1,777,321.00), bajo garantia del
Export-Import Bank
(Exim Bank),
para 10s estudios, diseiios y construccihn del Proyecto de Desarrollo
Agricola Azua 11-Pueblo Viejo, que copiado dice asi:
-4-
ACUERDO DE COMPRA
-5-
ACUERDO DE COMPRA
El presente Acuerdo entre Sun Land
&
RGITC, Co., Corporacihn de la Florida (en lo
adelante “SL
&
RGITC”), Instituto Nacional de Recursos Hidraulicos (en lo adelante
“INDRHI”) y el Secretario Tecnico de la Republica Dominicana (en lo adelante “STP”),
siendo “SL
&
RGITC’, “INDRHI” y “STP’ en lo adelante llamados conjuntamente las
“partes” e individualmente cada una como la “parte”.
RELACION
POR CUANTO, “INDRHI” desea comprar a traves de SL
&
RGITC y exportar a la
Republica Dominicana maquinarias, equipos de ingenieria, asi como tambien materiales y
equipos de construccihn establecidos en el Apendice
“A”
(en adelantes 10s “productos”).
En adicihn, “INDRHI” desea comprar a traves de SL
&
RGITC quien debera contratar, a
nombre de “INDRHI”, la construccihn, ingenieria, arquitectura, diseiios, logisticas,
entrenamientos y servicios relacionados establecidos en el Apendice
“B’
(en lo adelante 10s
“Servicios”). Asimismo, SL
&
RGITC, contratara a una firma de consultores para estudiar,
preparar y presentar un estudio de facilidad para determinar las necesidades primarias de
aplicacihn de 10s fondos “INDRHI”.
POR CUANTO, STP sera el Prestatario para estas transacciones.
POR CUANTO, “INDRHI” y STP desean que SL
&
RGITC, en
su
nombre, obtenga el
financiamiento (en lo adelante el “Financiamiento”) necesario para comprar 10s productos
establecidos en el Apendice
“A”
y 10s servicios establecidos en el Apendice
“B’
10s cuales
se usarin para el Proyecto de Desarrollo Azua I1 Pueblo Viejo (AZUAII-LI077006XX) en
Republica Dominicana.
POR CUANTO, “INDRHI” ha decidido llamar este proyecto “Proyecto de Desarrollo
Azua II/Pueblo Viejo (AZUAII-LIO77006XX)”.
POR CUANTO, STP ha ejecutado el mandato para el financiamiento de la compra de 10s
productos y servicios establecidos en 10s Apendices A y
B.
Una copia del mandato se
anexa como Apendice “C”.
POR CUANTO, SL
&
RGITC desea proveer 10s “Productos”, “Servicios” y
“Financiamientos” que “INDRHI” y STP han requerido.
POR CUANTO, La compaiiia FLORIDA EXPORT FINANCE CORPORATION (en lo
adelante “FEFC”) debera, en nombre de SL
&
RGITC, coordinar 10s aspectos financieros
del prestamo de este Acuerdo.
POR TANTO, en consideracihn de las representaciones, acuerdos, promesas y convenios
aqui contenidos y otras consideraciones buenas y validas cuya recepcihn y adecuacihn es

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