Resolución Nº 191-15. Resolución que Aprueba el Contrato Entre el Estado Dominicano y el Señor Carlos Eduardo Pérez Pinales, en Relación Al Traspaso por Parte del Primero Al Segundo, de una Porción de Terreno Dentro de la Parcela No. 115-REF. (parte), D.C. No. 6, Sector los Trinitarios Ii, D.N.

Fecha de disposición18 Septiembre 2015
Número de resolución191-15
Fecha de publicación02 Octubre 2015
Número de registro3374509
Número de Gaceta10813
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
-98-
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PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil quince (2015);
años 172 de la Independencia y 153 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Res. No. 191-15 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Carlos
Eduardo Pérez Pinales, en relación al traspaso por parte del primero al segundo, de
una porción de terreno dentro de la parcela No. 115-Ref. (parte), D.C. No. 6, sector
Los Trinitarios II, D.N. G. O. No. 10813 del 2 de octubre de 2015.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 191-15
VISTO: El contrato de venta de terreno entre el Estado dominicano y el señor CARLOS
EDUARDO PÉREZ PINALES.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el contrato de venta de terreno suscrito en fecha 10 del mes de enero
del año 2003, entre el Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el
Administrador General de Bienes Nacionales, señor BIENVENIDO BRITO, de una parte,
y de la otra parte, el señor CARLOS EDUARDO PÉREZ PIÑALES, por medio del cual el
primero traspasa al segundo, a título de venta, una porción de terreno con una extensión
superficial de doscientos cuarenta metros cuadrados (240.00 Mts2), dentro de la parcela
No.115-Ref. (Parte), del D.C. No.6, del Distrito Nacional, ubicada en el sector Los
Trinitarios II, valorada en la suma de RD$240,000.00 (doscientos cuarenta mil pesos
dominicanos con 00/100), que copiado a la letra dice así:
CONTRATO CONDICIONAL DE VENTA DE TERRENOS
ENTRE: CONTRATO No.009811
De una parte, EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el
titular de la Administración General de Bienes Nacionales, institución del Estado
dominicano, organizada y existente de conformidad con la Ley No. 1832 de fecha 3 de

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