Resolución Nº 2-94. Resolución que Acoge la Solicitud de Denuncia del Convenio N° 89 de la Organizacion Internacional del Trabajo (oit), sobre el Trabajo Nocturno de la Mujer

Fecha de disposición15 Enero 1994
Número de resolución2-94
Fecha de publicación01 Enero 1994
Número de registro3331808
Número de Gaceta9878
-17-
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a
10s tres (3) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y tres; aiio 150 de la
Independencia y 131 de la Restauracion.
Luis Angel Jazmin
Secretario
Jose Osvaldo Leger Aquino
Presidente
Porfirio Veras Mercedes
Secretario Ad-Hoc.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para
su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s treintiun (31) dias del mes de diciembre del aiio mil
novecientos noventa y tres; aiio 150 de la Independencia y 131 de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
Res.
No.2-94
que acoge la solicitud de denuncia del Convenio
No.89
de la
Organizacion Internacional del Trabajo (OIT), sobre el Trabajo
Nocturno
de la
Mujer.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No.2-94
CONSIDERANDO: Que el nuevo Codigo de Trabajo de la Republica
Dominicana, Ley No. 16-92 del 29 de mayo de 1992, derogo todas las prohibiciones que

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