Resolución Nº 207-19. Resolución que Aprueba el Contrato Entre el Estado Dominicano y el Señor Jangle M. Vásquez Rodríguez, por Medio del Cual el Primero Traspasa Al Segundo, una Porción de Terreno de 979.00 Mts², Dentro de la Parcela No. 264, del D.C. No. 32, Sección Andrés, Lugar Boca Chica.

Fecha de disposición04 Julio 2019
Número de resolución207-19
Fecha de publicación05 Julio 2019
Número de registro3393876
Número de Gaceta10946
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
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DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de julio del año dos mil diecinueve (2019); años
175 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Res. No. 207-19 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Jangle
M. Vásquez Rodríguez, por medio del cual el primero traspasa al segundo, una
porción de terreno de 979.00 Mts², dentro de la parcela No. 264, del D.C. No. 32,
sección Andrés, lugar Boca Chica. G. O. No. 10946 del 5 de julio de 2019.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 207-19
VISTO: El contrato de venta suscrito en fecha 30 de diciembre de 1993, entre el
INGENIO BOCA CHICA y el señor JANGLE M. VASQUEZ RODRIGUEZ.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 30 de diciembre de 1993, entre
el Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el Director Ejecutivo del
Consejo Estatal del Azúcar (CEA), señor Ing. Juan A. Hernández Kunhardt, de una parte,
y de la otra parte, el señor JANGLE M. VASQUEZ RODRIGUEZ, por medio del cual el
primero traspasa al segundo una porción de terreno con una extensión superficial de 979.00
metros cuadrados, dentro de la parcela No.264, del Distrito Catastral No. 32, del Distrito
Nacional, Boca Chica, sección Andrés, lugar Boca Chica, valorada en la suma de
RD$220,275.00., que copiado a la letra dice así.
ENTRE:CONTRATO No.
De una parte, el INGENIO BOCA CHICA, organismo estatal, autónomo, organizado y
creado de acuerdo con la Ley No.7, de fecha 19 de agosto de 1966, válidamente
representado por el Director Ejecutivo del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), señor ING.
JUAN A. HERNÁNDEZ KUNHARDT, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario
estatal, portador de la Cédula de Identificación Personal No.154243, Serie 1ra. sello hábil,
domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, actuando en virtud del Poder que
le fuere otorgado por el presidente de la República, en fecha 3 de junio de 1993, por las
recomendaciones adoptadas por el Consejo Directivo del Consejo Estatal del Azúcar (CEA)

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