Resolución Nº 231-06. Resolución que Aprueba el Acuerdo para la Promocion y Proteccion Reciproca de las Inversiones, Suscrito Entre la Republica Dominicana y la Republica de Panama.

Fecha de disposición19 Junio 2006
Número de resolución231-06
Fecha de publicación01 Enero 2006
Número de registro3340172
Número de Gaceta10371
-41
Res. No. 231-06 que aprueba el Acuerdo para la Promocion
y
Proteccion Reciproca de
las Inversiones, suscrito entre la Republica Dominicana
y
la Republica de Panama.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 231-06
VISTO
el inciso
14
del Articulo 37 de la Constitucihn de la Republica;
VISTO
el Acuerdo para la Promocihn
y
Proteccihn Reciproca de las
Inversiones, suscrito en fecha
6
de febrero del aiio 2003 10s gobiernos de la Republica
Dorninicana
y
la Republica de Panama.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR
el Acuerdo para la Promocihn
y
Proteccihn Reciproca
de las Inversiones, suscrito en fecha
6
de febrero del aiio 2003, entre el Gobierno de la
Republica Dorninicana representado por el seiior
HUGO TOLENTINO DIPP,
Secretario
de Estado de Relaciones Exteriores;
y
la Republica de Panama, representada por el seiior
JOAQUIN JACOME DIEZ,
Ministro de Comercio e Industrias.
El objetivo de este acuerdo es intensificar la cooperacihn en beneficio de
ambas partes contratantes, con la intencihn de crear
y
de mantener condiciones favorables a
las inversiones de inversionistas de una parte contratante en el territorio de la otra parte, que
impliquen transferencias de capitales, reconociendo que el foment0
y
la proteccihn
reciproca de las inversiones bajo un acuerdo bilateral, estimula el movimiento del capital
privado
y
las iniciativas en ese campo,
y
aumentando la prosperidad de ambas naciones,
que copiado a la letra dice asi;
ACUERDO PARA LA PROMOCION
Y
PROTECCION RECIPROCA
DE LAS INVERSIONES ENTRE LA REPUBLICA DOMINICANA
Y
LA REPUBLICA DE PANAM
El Gobierno de la Republica Dorninicana
y
el Gobierno de la Republica de
Panama (en lo adelante referidos como las Partes Contratantes);
Deseando intensificar la cooperacihn en beneficio de ambas Partes
Contratantes;
Con la intencihn de crear
y
de mantener condiciones favorables a las
inversiones de inversionistas de una Parte Contratante en el territorio de la otra Parte

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