Resolución Nº 28-90. Resolución que Aprueba los Contratos de Prestamos Suscritos Entre el Estado Dominicano y el Banco Interamericano de Desarrollo, Ascendentes a Us$148,800,000.00, para Ser Destinados a Financiar la Ejecucion de Un Programa de Rehabilitacion de la Corporacion Dominicana de Electricidad.

Número de resolución28-90
Número de registro3330451
Fecha de publicación01 Enero 1990
Fecha de disposición21 Abril 1990
EmisorCORPORACION DOMINICANA DE ELECTRICIDAD.
Número de Gaceta9782
-5-
Res.
No.
28-90
que aprueba 10s Contratos de Prkstamos suscritos entre el Estado
Dominicano
y
el Banco Interamericano de Desarrollo, ascendentes a
US$148,800,000.00,
para ser destinados a fmanciar la ejecucion de
un
programa de
rehabilitacion de la Corporacion Dominicana de Electricidad.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 28-90
VISTOS 10s Incisos 14
y
19 del Articulo 37 de la Constitucihn de la
Republica;
VISTOS 10s Contrato de Prestamos suscritos entre el Estado Dominicano
y
el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en fecha 13 de febrero de 1990 por las sumas
de US$101,800,000.00, US$42,000,000.00
y
US$5,000,000.00.
UNICO: Aprobar 10s Contratos de Prestamos suscritos en fecha 13 de
febrero de 1990, entre el Estado Dominicano, debidamente representado en este acto por el
seiior Roberto Martinez Villanueva, Secretario Tecnico de la Presidencia, de una parte;
y
de la otra parte, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), debidamente representado
por
su
Presidente, seiior Enrique V. Iglesias, por medio de 10s cuales dicha entidad
financiera internacional otorga a1 Gobierno de la Republica Dorninicana, sendos prestamos
por las sumas de US$101,800,000.00, US$42,000,000.00
y
US$5,000,000.00, que serin
destinados a financiar la ejecucihn de un programa de rehabilitacihn de la Corporacihn
Dorninicana de Electricidad, en
sus
aspectos de organizacihn, financieros, de ingenieria
y
operativos, a fin de mejorar la calidad
y
confiabilidad del suministro de energia electrica en
todo el pais, lo que conlleva un impacto financier0 importante para dicha empresa. Estos
Prestamos deberan ser amortizados a mas tardar el dia 13 de febrero de 2010, mediante
cuotas semestrales consecutivas
y
en lo posible iguales, la primera de las cuales debera
hacerse efectiva a 10s 5 aiios
y
6
meses contados a partir de la fecha de entrada en vigencia
de 10s Contratos
y
devengarin intereses semestrales a la tasa establecida por el BID de
acuerdo con
su
politica aplicable a partir del lro. de enero de cada aiio, pagaderos
semestralmente 10s dias 13 de agosto
y
13 de febrero de cada aiio, comenzando el 13 de
agosto de 1990; que copiados a letra dicen asi:
-6-
Prestamo No. 585/OC-DR
Resolucihn No. DE-148/89
Parte I-OC
CONTRATO DE PRESTAMO
entre la
REPUBLICA DOMINICANA
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(Programa de Rehabilitacihn de la Corporacihn
Dominicana de Electricidad
-
"CDE")
13 de febrero de 1990
RGII-DRO18-8
DR-0117
CONTRATO DE PRESTAMO
CONTRATO celebrado el dia 13 de febrero de 1990 entre la REPUBLIA
DOMINICANA (en adelante denominada "Prestatario") y el Banco INTERAMERICANO
DE DESARROLLO (en adelante denominado "Banco")
PARTE PRIMERA
ESTIPULACIONES ESPECIALES
CAPITULO I
Monto, Obieto
y
Organismo Eiecutor
Clausula 1.01.
m.
Conforme a este Contrato, el Banco se compromete a
otorgar a1 Prestatario, y este acepta, un financiamiento (en adelante denominado el
"Financiamiento") con cargo a 10s recursos del capital ordinario del Banco, hasta por una
suma de ciento un millones ochocientos mil dolares de 10s Estados Unidos de America
(US$101.800.000)
o
su
equivalente en otras monedas, except0 la de la Republica
Dorninicana, que formen parte de dichos recursos. Las cantidades que se desembolsen con
cargo a este Financiamiento constituiran el "Prestamo".
Clausula 1.02.
w.
El proposito del Financiamiento es cooperar en la
ejecucion del Programa de Rehabilitacion de la Corporacion Dorninicana de Electricidad
(en adelante denominado el "Programa"). En el Anexo A se detallan 10s aspectos mas
relevantes del Programa.
Clausula 1.03. Orranismo Eiecutor. Las partes convienen en que la
ejecucion del Programa y la utilizacion de 10s recursos del Financiamiento habran de ser
llevadas a cab0 por el Prestatario, mediante la Corporacion Dorninicana de Electricidad (en
adelante denominada indistintamente "Organismo Ejecutor"
o
"CDE"), de cuya capacidad
legal y financiera para actuar como tal deja constancia el Prestatario.
CAPITULO I1
Elementos Integrantes del Contrato
Clausula 2.0 1. Elementos Integrantes del Contrato. Este Contrato esta
integrado por esta Parte Primera, en adelante denominada las Estipulaciones Especiales,
por la Parte Segunda, denominada Normas Generales, y por 10s Anexos A, B, C y D, que se
agregan.

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