Resolución Nº 2917. Resolución del C. N. Facultando Al Instituto Profesional a Dar Titulo de Licenciados en Medicina, Derecho y Farmacia, a Aquellos Medicos, Abogados y Farmaceuticos que Hayan Adquirido Esos Titulos en Virtud de Leyes Especiales por Poder Competente
Fecha de disposición | 21 Junio 1890 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1890 |
Número de resolución | 2917 |
Número de registro | 3264159 |
494
COLECCION
DE LEYES, DECRETOS
&.-1890.
-
El Presidente.4.
M.
Mo1ins.I-s
Secretaries.-A.
An-
dreu.-Natalio Redondo.
E
jecbtese, comuniquese por
la
Secretaria correspondiente,
publicbndose en todo el territorio de la Republica para su cum-
plimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de
la
Repbblica,
d
10s
21
dias del mes de Junio de
1890;
aiio 47 de
la Independencia y 27 de la Restauraci6n.
El Presidente de la Rspliblica,
U. HEUREAUX.
Refrendado
:
El
Ministro de Justicia
6
Instrucci6n Pliblica
interino.-A.
W.
y Gil.
Nlim. 2917.-(l)-RESOLUCION del
C.
N.
facultando
a1
Ins-
tituto Profesional d dar titulo de Licenciados en Medicina,
Derecho y Farmacia,
A
aquellos mbdicos, abogados
y
far-
macduticos que hayan adquirido esos titulos en virtud de le-
yes especiales por Poder competente.
Dios, Patria y Libertad.-Repdblica
Dominicans.-El
Con-
greso Naciona1.-En nombre de la Reptiblica.
Vista la instancia dirigida a1 Congreso Nacional por un n6-
mer0 respetable de Abogados, Mddicos
y
FarmacQuticos de la
Facultad Nacional, en la que piden se autorice a1 Instituto Pro-
fesional
5
expedirles titulo de Licenciado en Derecho, Medicina
y
Farmacia, sin llenar para el efecto
mhs
formalidsd que
la
pre-
sentacih de
sus
titulos
d
dicho Instituto;
Considerando: que la Ley General de Estudins vigente a1
establecer la forma para obtener el titu!o de Licenciado en De-
recho, Medicina
y
Farmacia en el Instituto Profesional, no ex-
pres6
las
condiciones en que quedaban
10s
que habian obtenido
anteriormente titulos legales, ya en la Suprema Corte de
Jus-
ticia, ya en otros Institutos facultados
31
efecto;
q__
(1)
Modificada por Resoluci6n de fecha
11
de Septiembre
del mismo aiio.
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