Resolución Nº 3359. Resolución del P.E. Concediendo Indulto Al Ciudadano Julio Acosta, para que Pueda Regresar Al Pais, Debiendo Efectuar su Entrada por el Puerto de Esta Capital.

Número de resolución3359
Fecha de publicación01 Enero 1893
Fecha de disposición25 Noviembre 1893
Número de registro3264024
Nbm.
3359.-RESOLUCION del
p.
E.
concediend9 indulto
a1
ciudadano Julio Acosta, psa
qve
gueda regresar
a1
Pds,
debiendo efectuar su enkada por el puerto
de
esta
Capital.
Dim,
Patria
y
Libertad.-Repbblica Doulinicana.-Ulises
Heureaux.-General de Divisih en Jef e del
E
jhrcito Nacional,
Pacificador
de
la
Patria
y
Presidente Constitucional de
la
Re-
phblica.
Vista
la
23- atribucidn del Articulo
51
de la Constitucidn
del
Estado, en us0
de
las
facultades que
c1?a
confiere;
Oido
el
parecer
del
Consejo de Secretarios de Estado,
RESUELVE
:
19
Se
concede indulto a1 ciudadano Julio Acosta, para que
pueda
regrew
al
Pais,
debiendo efeciuar su regreso por
el
Pueg-to de
esta
Capital, donde deberh hacer su presentacidn
a1
Gobierno.
0
El
Ministro de lo Interior
y
Policia queda encargado de
comunicar
la
presente Resolucidn.
Dada
en
el
Palacio Nacional de Santo
Domingo,
Capital de
la
Repbblica,
6
10s 25
dias
del mes de Novienibrc
de
1893
;
aiio
50
de
la
Independencia
y
31
de
la
RestauraciOn.
c’.
HEUHEAUX.
Refrendada:
El
Ministro de
lo
Intsrior
y
Po1icia.-P.
A.
Refrendada
:
El
Ministro de Relaciones Eateriores.-Enri-
Lluberes.
que Henriquez.
WQm. 3360.-RESOLUCION del
P.
E.
disponiendo que mientras
dependa de
la
Comhn del Seybo
la
Sercidn de
la
“Romana,”
corresponder6 a1 Ayuntamiento de dicha Comiin,
la
inter-
veqci6n
en
el
arrefidamiento de solares.
Diw,
Patria
y
Libertad.-Repfiblica Dominicana.-Ulises
Heureaux.-General de Divisi6n en Jefe del
Ejhrcib
ELigu5onS1,
Pacificador de
la
Patria
y
Presidente Constitucional de
la
Re-
piiblica
.
Considerando
:
que
el
proyecto de estzbleccr industrias
agri-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR