Resolución Nº 35-17. Resolución que Aprueba el Acuerdo de Cooperación Financiera Entre la República Dominicana y la República Federal de Alemania, para el Proyecto Programa de Eficiencia Energética, Formalizado por Canje de Notas el 27 de Marzo de 2014.

Fecha de disposición04 Febrero 2017
Número de resolución35-17
Fecha de publicación29 Diciembre 2017
Número de registro3387901
Número de Gaceta10901
EmisorCONGRESO NACIONAL (CN).
-10-
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Res. No. 35-17 que aprueba el Acuerdo de Cooperación Financiera entre la República
Dominicana y la República Federal de Alemania, para el Proyecto Programa de
Eficiencia Energética, formalizado por Canje de Notas el 27 de marzo de 2014. G. O.
No. 10872 del 14 de febrero de 2017.
La Res. No. 35-17 del 4 de febrero de 2017, se publica nuevamente en esta edición por
haberse deslizado un error en la fecha de su promulgación en la Gaceta Oficial No.
10872 del 14 de febrero de 2017.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 35-17
VISTO: El Acuerdo de Cooperación Financiera entre el Gobierno de la República
Dominicana y el Gobierno la República Federal de Alemania, formalizado el 27 de marzo de
2014.
VISTA: La Sentencia No.TC/0407/2014, del Tribunal Constitucional, de fecha 30 de
diciembre de 2014.
R E S U E L V E:
ÚNICO: APROBAR el Acuerdo de Cooperación Financiera entre el Go bierno de la
República Dominicana y el Gobierno de la República Federal de Alemania, formalizado por
Canje de Notas, de fecha 27 de marzo de 2014. Mediante este Acuerdo el Gobierno de la
República Federal de Alemania otorgará al Gobierno de la República D ominicana o a otros
receptores que ambos gobiernos designen de común acuerdo, la posibilidad de obtener del
Kreditanstalt fur Wiederaufbau-Instituto de Crédito para la Reconstrucción (KFW), un
préstamo de hasta 10,000,000.00 EUR (diez millones de euros), para el proyecto “Programa
de Eficiencia Energética”, que copiado a la letra dice así:
-11-
_________________________________________________________________________
REPUBLICA DOMINICANA
Ministerio de
Relaciones Exteriores
Santo Domingo, D.N.
17 MAR. 2014
DEJ/STI 06868
Señora Embajadora,
Tengo el honor de confirmar la recepción de su Nota número Wz-10-444 FH 10, del 9 de
mayo de 2013, mediante la cual propone, en nombre de su Gobierno, la conclusión de un
Acuerdo sobre Cooperación Financiera entre el Gobierno de la República Dominicana y el
Gobierno de la República Federal de Alemania, cuyo texto es literalmente el siguiente:
Señor Ministro:
Con referencia a las negociaciones intergubernamentales celebradas del 13 al 14 de abril de
1999 y al punto 3.1 del Acta de las Negociaciones Intergubernamentales celebradas del 15 al
16 de junio de 2005, así como a los convenios sobre Cooperación Financiera, concertados el
27 de junio de 1984 y el 26 de julio de 2000, respectivamente, y al compromiso de la
Embajada de la República Federal de Alemania (Nota Verbal número 186/2009) del 22 de
septiembre de 2009, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del
Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo sobre Cooperación
Financiera:
Señora
Victoria Zimmermann von Siefart
Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria
de la República Federal de Alemania
Ciudad.
-12-
_________________________________________________________________________
1. El Gobierno de la República Federal de Alemania otorgará al Gobierno de la República
Dominicana o a otros receptores que ambos Gobiernos designen de común acuerdo la
posibilidad de obtener del Kreditanstalt für Wiederaufbau Instituto de Crédito para
la Reconstrucción (KfW), un préstamo de hasta 10.000.000,EUR (en letras: diez
millones de euros) para el proyecto “Programa de Eficiencia Energética”, si dicho
proyecto, después de examinado, resulta digno de apoyo.
2. El proyecto especificado en el Párrafo 1 podrá ser reemplazado por otros si el Gobierno
de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República Dominicana así lo
convienen.
3. En caso de que el Gobierno de la República Federal de Alemania otorgue en un
momento posterior al Gobierno de la República Dominicana la posibilidad de obtener
del KfW nuevos préstamos o aportaciones financieras para la preparación del proyecto
especificado en el Párrafo 1, se aplicará el presente Acuerdo.
4. El empleo de la suma mencionada en el Párrafo 1, las condiciones de su concesión y el
procedimiento de adjudicación de encargos se fijarán por los contratos que habrán de
concertarse entre el KfW y los receptores del préstamo, contratos que estarán sujetos a
las disposiciones legales vigentes en la República Federal de Alemania.
5. La suma mencionada en el Párrafo 1 no se autorizará si el respectivo contrato de
préstamo no se concierta dentro de un plazo de ocho años, contado a partir del año de
autorización del compromiso. Para el monto en cuestión el plazo concluirá el 31 de
diciembre de 2017.
6. El Gobierno de la República Dominicana, si no es él mismo el Prestatario, garantizará
ante el KfW todos los pagos en euros que deban efectuarse en cumplimiento de los
compromisos que los prestatarios asuman en virtud de los contratos que habrán de
concertarse conforme al Párrafo 4.
7. El Gobierno de la República Dominicana eximirá al KfW de todos los impuestos y
demás gravámenes públicos que se devenguen en la República Dominicana en relación
con la concertación y ejecución de los contratos mencionados en el Párrafo 4.
8. Respecto a los transportes marítimos, terrestres y aéreos de personas y mercancías
resultantes de la concesión del préstamo, el Gobierno de la República Dominicana
permitirá a los pasajeros y proveedores elegir libremente entre las empresas de
transporte, no adoptará medidas que excluyan o dificulten la participación en pie de
igualdad de las empresas de transporte con sede en la República Federal de Alemania y
otorgará en su caso las autorizaciones necesarias para la participación de dichas
empresas.
9. El préstamo previsto en el Convenio sobre Cooperación Financiera concertado entre el
Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República

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