Resolución Nº 3505. Resolución de la Camara de Diputados, que Aprueba una Resolucion del Ayuntamiento de Santiago, sobre Arrendamientos y Ventas de Terrenos Propiedad de la Comun.

Fecha de disposición26 Marzo 1953
Número de resolución3505
Fecha de publicación01 Enero 1953
Número de registro3359821
Número de Gaceta7573
Llaverias, como Primer Secretario de la Embajada Dominica-
na. en Santiago de Chile.
DADA en la Sala de Sesiones de1 Palacio del Senado, en
Ciudad Trujillo, Dlistrito de Santo Domingo, Capital de la
Re-
piiblica
Dominicans,
a 10s veinticuatro dias del mes de marzo
ldel afio mil novecientos cincuenta y tres; aiios 1110P de la Inde
pendencia,
900
de la Restauraci6n y 230. de la Era de Trujillo.
N.
de
J.
Troncoso de la Concha,
Presidente.
Julio A. Cambier,
Seeretario.
Jos6 Garcia,
Secretario.
Resoluci6n
No
3505, de la Climara de Diputados, que aprueba una Resolu-
ci6n del Ayuntamiento de Santiago, sobre arrendamientos y ventas de
terrenos propiedad de la 1Com6n.-
G.
0.
NP
7573, del 13 de Junio de
1953.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE
LA
{REPUBLICA DOMINICAN&
NUMERlOl
3505.
VISTOS 10s articulos 71, 72, 73, 74 y
80
de la Ley de
Or-
ganizczci6n Municipal,
NO
3455, del 21 de diciembre de
1952,
VISTA la Resoluci6n
NQ
824
de fecha dieciocho del mes
de febrero del aiio mil novecientos cincuenta
y
tres, del Ayun-
tamiento de la Comun de Santiago, por medio de la cual
y
en
cumplimiento
de
la expresada ley, ha votado una nueva tari-
fa para
la
venta
y
arrendamiento de terrenos propiedad do
dicho Ayuntalniento
;
VISTO
el
articulo
22,
phrrafo
29
de
la
Constituciijn
del
Estado,
RESUELVE:
ARTI'CULO
UNICO: Aprobar, como a1 efecto aprueba,
la
Besoluci6n votada
en
fecha dieciocho del mes de febrero del
a50 mil novecientos cincuenta
y
tres, por el Ayuntamiento
de
la Comiin de Santiaglo que copiadsl a la letra dice asi:
N6m. 824.
En
uso de sus facultades
y
vistos 10s artictllos 71, 72,
73,
74
y
80 de la Ley de Organizaci6n Municipal Niimi. 34515, pu-
blicada en la Gaceta Oficial
No
7521, de fecha
29
de enero de
1953,
-
1RESUELVE:
!
ARTICULO
1
.-
Los terrenos propiedad de la Com6n, tan-
to
urbanos como rurales, que se encuentren arrendados se
cia-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR