Resolución Nº 3505. Resolución de la Camara de Diputados, que Aprueba una Resolucion del Ayuntamiento de Santiago, sobre Arrendamientos y Ventas de Terrenos Propiedad de la Comun.
Fecha de disposición | 26 Marzo 1953 |
Número de resolución | 3505 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1953 |
Número de registro | 3359821 |
Número de Gaceta | 7573 |
Llaverias, como Primer Secretario de la Embajada Dominica-
na. en Santiago de Chile.
DADA en la Sala de Sesiones de1 Palacio del Senado, en
Ciudad Trujillo, Dlistrito de Santo Domingo, Capital de la
Re-
piiblica
Dominicans,
a 10s veinticuatro dias del mes de marzo
ldel afio mil novecientos cincuenta y tres; aiios 1110P de la Inde
pendencia,
900
de la Restauraci6n y 230. de la Era de Trujillo.
N.
de
J.
Troncoso de la Concha,
Presidente.
Julio A. Cambier,
Seeretario.
Jos6 Garcia,
Secretario.
Resoluci6n
No
3505, de la Climara de Diputados, que aprueba una Resolu-
ci6n del Ayuntamiento de Santiago, sobre arrendamientos y ventas de
terrenos propiedad de la 1Com6n.-
G.
0.
NP
7573, del 13 de Junio de
1953.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE
LA
{REPUBLICA DOMINICAN&
NUMERlOl
3505.
VISTOS 10s articulos 71, 72, 73, 74 y
80
de la Ley de
Or-
ganizczci6n Municipal,
NO
3455, del 21 de diciembre de
1952,
VISTA la Resoluci6n
NQ
824
de fecha dieciocho del mes
de febrero del aiio mil novecientos cincuenta
y
tres, del Ayun-
tamiento de la Comun de Santiago, por medio de la cual
y
en
cumplimiento
de
la expresada ley, ha votado una nueva tari-
fa para
la
venta
y
arrendamiento de terrenos propiedad do
dicho Ayuntalniento
;
VISTO
el
articulo
22,
phrrafo
29
de
la
Constituciijn
del
Estado,
RESUELVE:
ARTI'CULO
UNICO: Aprobar, como a1 efecto aprueba,
la
Besoluci6n votada
en
fecha dieciocho del mes de febrero del
a50 mil novecientos cincuenta
y
tres, por el Ayuntamiento
de
la Comiin de Santiaglo que copiadsl a la letra dice asi:
N6m. 824.
En
uso de sus facultades
y
vistos 10s artictllos 71, 72,
73,
74
y
80 de la Ley de Organizaci6n Municipal Niimi. 34515, pu-
blicada en la Gaceta Oficial
No
7521, de fecha
29
de enero de
1953,
-
1RESUELVE:
!
ARTICULO
1
.-
Los terrenos propiedad de la Com6n, tan-
to
urbanos como rurales, que se encuentren arrendados se
cia-
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