Resolución Nº 38-17. Resolución que Aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, Suscrito en Caracas, Venezuela, y su Protocolo de Enmienda, Suscrito en Córdoba, España, para Contribuir Al Desarrollo de la Cinematografía Dentro del Espacio Audiovisual de los Países Iberoamericanos.

Fecha de disposición08 Febrero 2017
Número de resolución38-17
Fecha de publicación17 Febrero 2017
Número de registro3383284
Número de Gaceta10874
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Res. No. 38-17 que aprueba el Convenio de Integración Cinematográfica
Iberoamericana, suscrito en Caracas, Venezuela, y su Protocolo de Enmienda, suscrito
en Córdoba, España, para contribuir al desarrollo de la cinematografía dentro del
espacio audiovisual de los países iberoamericanos. G. O. No. 10874 del 17 de febrero de
2017.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 38-17
VISTOS: El Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, de fecha 11 de
noviembre de 1989, y su Protocolo de Enmienda, de fecha 28 de noviembre de 2007.
VISTA: La Sentencia del Tribunal Constitucional TC/0626/15, de fecha 18 de diciembre de
2015.
R E S U E L V E:
ÚNICO: APROBAR el Convenio de Integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito
en Caracas, Venezuela, el 11 de noviembre de 1989 y su Protocolo de Enmienda, suscrito
en Córdoba, España, el 28 de noviembre de 2007. Dicho convenio tiene como objetivo
contribuir al desarrollo de la cinematografía dentro del espacio audiovisual de los países
iberoamericanos, y a la integración de los referidos países, mediante una participación
equitativa en la actividad cinematográfica regional, que copiados a la letra dicen así:
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CONVENIO DE INTEGRACIÓN
CINEMATOGRÁFICA IBEROAMERICANA
Los Estados signatarios del presente Convenio
Conscientes de que la actividad cinematográfica debe contribuir al desarrollo cultural de la
región y a su identidad.
Convencidos de la necesidad de impulsar el desarrollo cinematográfico y audiovisual de la
región y de manera especial la de aquellos países con infraestructura insuficiente.
Con el propósito de contribuir a un efectivo desarrollo de la comunidad cinematográfica de
los Estados Miembros.
Han acordado lo siguiente:
ARTÍCULO I
El propósito del presente Convenio es contribuir al desarrollo de la cinematografía dentro
del espacio audiovisual de los países iberoamericanos, y a la integración de los referidos
países, mediante una participación equitativa en la actividad cinematográfica regional.
ARTÍCULO II
A los fines del presente Convenio se considera obra cinematográfica aquella de carácter
audiovisual registrada, producida y difundida por cualquier sistema, proceso o tecnología.
ARTÍCULO III
Las Partes en el presente Convenio, a fin de cumplir sus objetivos, se comprometen a
realizar esfuerzos conjuntos para:
Apoyar iniciativas, a través de la cinematografía, para el desarrollo cultural de los
pueblos de la región.
Armonizar las políticas cinematográficas y audiovisuales de las Partes.
Resolver los problemas de producción, distribución y exhibición de la cinematografía
de la región.
Preservar y promover el producto cinematográfico de las Partes.
Ampliar el mercado para el producto cinematográfico en cualquiera de sus formas de
difusión, mediante la adopción en cada uno de los países de la región, de normas que
tiendan a su fomento y a la constitución de un mercado común cinematográfico
latinoamericano.

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