Resolución Nº 459-19. Resolución que Aprueba el Contrato Entre el Estado Dominicano y el Señor José Isabel de los Santos Andújar, Relativo a la Venta por Parte del Primero Al Segundo, de una Porción de Terreno de 158.00MTS², Dentro de la Parcela No. 51, del D.C. No.31, Ubicada en el Sector los Alcarrizos, D.N.
Fecha de publicación | 22 Noviembre 2019 |
Fecha de disposición | 14 Noviembre 2019 |
Número de resolución | 459-19 |
Número de registro | 3395335 |
Número de Gaceta | 10960 |
Emisor | CONGRESO NACIONAL (CN). |
- 31 -
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María Cleofia Sánchez Lora Miguel Alejandro Bejarán Álvarez
Secretaria Secretario Ad-Hoc
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019);
año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Res. No. 459-19 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor José
Isabel de los Santos Andújar, relativo a la venta por parte del primero al segundo, de
una porción de terreno de 158.00Mts², dentro de la parcela No. 51, del D.C. No.31,
ubicada en el sector Los Alcarrizos, D.N. G. O. No. 10960 del 22 de noviembre de 2019.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 459-19
VISTO: El inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de compra venta de terrenos suscrito en fecha 11 de julio del 2003, entre
el Estado dominicano y el señor JOSÉ ISABEL DE LOS SANTOS ANDUJAR.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el contrato de compra venta de terreno s suscrito en fecha 11 de julio
del 2003, entre el Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el
administrador general de Bienes Nacionales, señor BIENVENIDO BRITO, de una parte y
de la otra parte, el señor JOSÉ ISABEL DE LOS SANTOS ANDUJAR, por medio del cual
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